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Decreto Local 8 de 2006 Alcaldía Local de Barrios Unidos

Fecha de Expedición:
29/09/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/10/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3625 de octubre 03 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2006

(Septiembre 29)

"Por el cual se convoca el Foro Educativo Local"

LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS

En uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto Distrital No. 379 de septiembre 13 de 2006 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Articulo 103 establece que "El estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión publica que se establezcan"

Que la Constitución Nacional consagra la participación como un derecho de los ciudadanos y como uno de los fines esenciales del Estado.

Que la Constitución Nacional al referirse a los deberes y obligaciones de los ciudadanos, consagra en su artículo 95, literal 5, el deber de participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.

Que la ley 115 de 1994, artículo 164, creó los Foros Educativos Nacional, departamentales, distritales y municipales con el fin de reflexionar sobre el estado de la educación y hacer recomendaciones a las autoridades educativas para mejorar la calidad y ampliar la cobertura del servicio.

Que el Decreto Nacional 1581 de Julio 22 de 1994 reglamento el funcionamiento general de los foros educativos y estableció que en la convocatoria deberá definirse la temática a tratar.

Que el Decreto Distrital 379 de Septiembre 13 de 2006 convocó los Foros Educativos Institucionales, Locales, y el Foro Distrital en Bogotá D.C para el año 2006, en cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 165 de la Ley 115 de 1994.

Que el plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas para Bogotá D.C, 2004 -2008 "Un Compromiso Social contra la pobreza y la exclusión", y el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas para la Localidad de barrios Unidos 2005 - 2008 "Barrios Unidos Produciendo sin Indiferencia" tienen entre sus principios la participación, que busca involucrar a los ciudadanos y ciudadanas en la toma decisiones públicas y promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social, y la autonomía que propende el reconocimiento de la dignidad humana para fortalecer el ejercicio de libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

Que el Plan Sectorial de Educación 2004 - 2008: "Bogotá una gran escuela, para que niños, niñas y jóvenes aprendan mas y mejor", contempla el reconocimiento y participación de la comunidad educativa, la académica y las organizaciones sociales como uno de sus programas, y como principio y practica fundamental para la formulación y gestión de la política publica de educación en la ciudad.

Que los Foros Distrital y Local de 2005 permitieron el estudio de las políticas educativas del Distrito Capital y concluyeron en la necesidad de avanzar en el formulación participativa de los Planes Educativos en cada Localidad.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar el Foro Educativo Locas del año 2006, como espacio para fortalecer la participación y organización de las comunidades locales alrededor de la solución de los problemas de la educación.

ARTÍCULO SEGUNDO: Establecer como Temática general del foro local del año 2006: "LA ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD PARA INCIDIR EN LA POLÍTICA EDUCATIVA DEL DISTRITO CAPITAL"

ARTÍCULO TERCERO OBJETIVOS: Son objetos de los Foro educativo del presente año, los siguientes:

1. Fortalecer las organizaciones de base de los diferentes estamentos de la comunidad educativa: padres y madres de familia y acudientes: alumnos y alumnas; exalumnos y exalumnas; maestros y maestras; directivos y directivas docentes.

2. Consolidar los organismos representativos del gobierno escolar y de la comunidad educativa: consejo directivo, consejo académico, personero estudiantil, consejo de padres y madres de familia, consejo de estudiantes, entre otros.

3. Generar un sistema local de participación de los estamentos de la comunidad educativa, que les permita al lado de otros sectores de la sociedad y del estado, incidir de manera real y eficaz en la política educativa local.

4. Promover la generación de otros mecanismos y espacios de participación de los diferentes actores de la educación en las instituciones educativas y las locales.

5. Propiciar el encuentro de los diferentes estamentos de la comunidad educativa con otros sectores sociales interesados en el destino de la educación, como la académica, los empresarios y los movimientos sociales.

6. Avanzar en la construcción participativa y democrática los Planes Locales de Educación.

ARTÍCULO CUARTO: Fijar como fecha para el desarrollo del los foro educativo local, la establecida en el Artículo Cuarto del Decreto Distrital 379 de Septiembre 13 de 2006.

ARTÍCULO QUINTO: El Consejo Local de Educación, o en su defecto el Comité Local de Educación, precedido por la Alcaldesa o Alcalde Local o su delegado, será el encargado de organizar y dirigir el Foro en la Localidad. El CADEL hará la secretaria técnica del comité.

ARTÍCULO SEXTO. RESULTADOS ESPERADOS DE LOS FOROS-2006.

Como resultado del proceso participativo y organizativo de estos Foros, se espera:

· La creación y el fortalecimiento de las mesas de participación local en educación como instancias de participación organizada de la comunidad.

· La creación de los Consejos Locales Asesores de Política educativa como mecanismo de participación permanente en la política educativa local.

· Avanzar en la formulación del Plan Local de Educación en Barrios Unidos. .

· La creación o fortalecimiento de las mesas locales de participación y del Consejo.

· Las memorias y conclusiones del foro Local serán dados a conocer a la ciudadanía en general, a través de la página Web de la Secretaria de Educación.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El Foro Educativo Local se desarrollará siguiendo el documento de lineamientos generales del foro que para el efecto expida la Secretaría de Educación del Distrito Capital, el cual orientará su desarrollo metodológico.

ARTÍCULO OCTAVO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su aplicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días de septiembre 2006.

MARÍA CATERINE MATEUS ARANGO

Alcaldesa Local Barrios Unidos

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3627 de octubre 05 de 2006.