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ACUERDO LOCAL 05-06 (Octubre 5 de 2006) "Por el cual se modifica el Acuerdo Local No. 002 de 2003 en su Articulo Primero y se suprime el literal J del articulo 4º del acuerdo 002 de junio 15 de 1995" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO En uso de sus atribuciones legales conferidas en la Constitución y Decreto Ley 1421 de 1993 en sus artículos 75 y 76 y, CONSIDERANDO: Que se hace necesario revisar la composición del Consejo Local de Educación y sus funciones, integrando a las Juntas Administradoras de las Unidades Residenciales de Propiedad Horizontal de la localidad Sexta y con el fin de hacer mas ágil y operativo el funcionamiento del organismo, teniendo en cuenta que el literal J, articulo 4º del acuerdo 002 de junio 15 de 1995 por ser contrario a las normas vigentes de la secretaria de educación se hace necesario suprimirlo. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Local de Educación quedara conformado por representantes de la localidad, así: - El Alcalde Local o su delegado - El Edil Presidente de la Comisión de Educación - Un representante del CADEL - Un Representante de los educadores de colegios oficiales - Un Representante de los Colegios Privados - Un representante de los consejos de Padres de Familia de colegios Oficiales. - Un representante de los consejos estudiantiles de Colegios Oficiales - Un representante de los consejos de padres de familia de Colegios privados - Un representante de los consejos estudiantiles de Colegios privados. - Un representante rector de colegios oficiales - Un Representante de las Universidades de Educación privada con presencia en la Localidad - Un Representante de las Universidades de Educación publica con presencia en la Localidad - Un Representante de las Instituciones de Educación No Formal con presencia en la Localidad - Un Representante de Asojuntas de la localidad - Un representante de la asociación de padres de familia de los colegios privados - Un representante de la asociación de padres de familia de los colegios públicos - Un Representante de las Juntas Administradoras de las Unidades Residenciales de Propiedad Horizontal en la Localidad. ARTÍCULO SEGUNDO: Suprime el literal J, del articulo 4º, del acuerdo 002 de junio 15 de 1995, por ser contrario a las normas vigentes de la Secretaria de Educación. ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de octubre de (2006). ARGEMIRO RAMÍREZ MENDIVELSO Presidente JAL RAFAEL CALDERON NUÑEZ Secretario JAL Sancionado: a los 15 del mes octubre de 2006 GLADYS ALEXANDRA CÁRDENAS RIVERA Alcaldesa Local de Tunjuelito NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3642 de octubre 30 de 2006. |