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ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA 03 DE 2007 (Enero 2) Derogado en lo pertinente por el Acuerdo del FONCEP 11 de 2007 "Por el cual se establece la Planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP- y se dictan otras disposiciones" LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE PRESTACIONES ECONOMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES -FONCEP- En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal f) del artículo 67 del Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. CONSIDERANDO Que el artículo 60 del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, transformó el Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital -FAVIDI- en el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP- , como un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría de Hacienda.Que el artículo 119 del Acuerdo 257 de 2006, fijó como término para la implementación de la organización Distrital un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia del mismo, es decir, del 30 de noviembre de 2006, fecha de su publicación. Que mediante oficio No. 3402 del 26 de diciembre de 2006, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emite concepto técnico favorable para el establecimiento de la planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones. Que la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para el establecimiento de la planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones. Que como consecuencia de la citada transformación y de la adopción de la estructura organizacional del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones, efectuada mediante Acuerdo No. 02 del 2 de enero de 2007, se hace necesario establecer la planta de personal con la cual realizará los fines institucionales. Que en mérito de lo expuesto, Ver la Resolución de FAVIDI 10 de 2006, Ver la Resolución del FONCEP 01 de 2007 ACUERDA ARTICULO PRIMERO.- Derogado por el art. 4, Acuerdo FONCEP 10 de 2007. Establécese la siguiente planta global de cargos para la realización de los fines institucionales del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP- :
TOTAL CARGOS PLANTA DE FONCEP: OCHENTA (80) ARTICULO SEGUNDO .- Los servidores públicos del Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital -FAVIDI- y los treinta y seis (36) de la _subdirección de Obligaciones Pensionales de la Secretaría de Hacienda Distrital, con los cuales se provean los cargos previstos en el artículo anterior, mediante Resolución del Director General del FONCEP serán incorporados sin solución de continuidad y conservarán los derechos consolidados y las garantías laborales protegidas por la ley.ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de enero de dos mil siete (2007). (Original Firmado) Presidente Junta Directiva (Original Firmado) Secretario Junta Directiva NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3681 de enero 02 de 2007. |