| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 045 DE 2001 (Febrero) Por la cual se modifica en algunas de sus partes la Resolución No. 138 LA SUSCRITA GERENTE DEL HOSPITAL USME EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO En uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO: Que es importante analizar el estado de cartera y el manejo de glosas de la misma, por ser factor central de apoyo de la gestión administrativa y financiera. Que la información que arroje esa área es de vital importancia para la toma de decisiones generales. Que es fundamental contar con un equipo multiprofesional para el desarrollo de estas funciones. Que es obligación perentoria el recaudo de la cartera. Que el no recaudo efectivo de dinero puede generar serios problemas financieros y de efectivo para el funcionamiento Hospital. Que se hace necesario que los contratos de venta de servicios y manejo de glosas cuente con la participación efectiva del equipo multiprofesional. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la conformación del COMITÉ DE CARTERA, el cual estará constituido por el Coordinador de Cartera, Cobranzas, Subdirector Administrativo, Subdirector Científico, Gerente o su delegado, quienes de reunirán mensualmente para analizar el manejo de la misma, incluyendo acciones definidas, entre otras: *Evaluar y redefinir criterios y/o procedimientos que aseguren la eficiencia de cobros. *Análisis de rotación de la misma para toma de decisiones *Toma de decisiones y actuaciones para el recaudo de dineros *Análisis de vencimiento de cartera por edades *Establecer metas de recaudo *Sugerencia de suspensiones de contratos con cartera mayor de 120 días *Evaluar informe de cartera susceptible de cobro prejurídico y jurídico *Cobro de intereses (propuestas) *Conocimiento y análisis del registro de cheques cobrados *Análisis de PAGARES *Conocimiento y establecimiento de acuerdos de pagos. Presentación informe mensual de Gerencia. *Demás acciones que considere pertinentes. ARTÍCULO SEGUNDO. Como coordinador del presente Comité actuará el Coordinador de cartera y como Secretario Operativo, el responsable de cobranzas. ARTÍCULO TERCERO. Modificar la conformación del COMITÉ DE FACTURACIÓN Y GLOSAS, el cual estará conformado por: Subdirector Científico, (Médico), Coordinador de Promoción y Prevención PAB, Auditor de losas, Coordinador de Cartera, Asesor Ofician Jurídica. El Comité tendrá como Coordinador al Auditor de Glosas, cuando se considere conveniente. Este Comité tendrá entre otras, las siguientes funciones: *Determinar políticas, criterios y concepto al contestar las glosas de las entidades compradores de servicios. *Asegurar que se presenten los soportes pertinentes para cada E.P.S. y/o A.R.S. dejando constancia de los mismos. *Elaborar cuadro mensual que refleje valor y responsable de glosas, tarea exclusiva del Analista de glosas. *Presentar informes y charlas dirigidos a las personas encargadas de manejar y dirigir la facturación de los Centros. *Garantizar que se contesten o soporten oportunamente las glosas *El equipo involucrará a los Directores de Cada Centro, para dar respuesta a las glosas. *Asesorar y apoyar los Comités de glosas en los diferentes Centros. *Presentar informe mensual a Gerencia. *De cada reunión se levantará un acta, la cual debe llevarse en orden consecutivo. ARTÍCULO CUARTO. Crear el COMITÉ EVALUADOR DEL PROCESO CONTRACTUAL Y POST CONTRACTUAL DE VENTAS DE SERVICIOS que sirva de apoyo a la Gerencia, para la toma de decisiones en la contratación. ARTÍCULO QUINTO. El Comité Evaluador estará conformado por: *Subdirector Científico, quien actuará como coordinador *Jefe de Oficina Jurídica *Coordinador de Mercadeo, quien actuará como Secretario *Auditora de Cuentas *Coordinador de Contabilidad ARTÍCULO SEXTO. Las funciones del Comité Evaluador serán las siguientes: *Cerciorarse de que los contratos que firma la Gerencia, garanticen las condiciones adecuadas para prestar los servicios, facturarlos y cobrarlos sin detrimento patrimonial. *En forma conjunta o independiente, emitirán su concepto de viabilidad y conveniencia técnica y financiera. *Liquidar mediante actas, contratos especificando claramente lo convenido y sustentado con anexos. *Presentar un informe mensual a Gerencia mediante formato único se establecerá conceptos de viabilidad técnica, financiera y legal. *De cada reunión se levantará un Acta, la cual debe llevarse en orden consecutivo. ARTÍCULO SEPTIMO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Bogotá, D.C., (sic) Febrero de 2001 GLADYS MYRIAM SIERRA PEREZ GERENTE HOSPITAL USME E.S.E |