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Acta de Conciliación 25 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
02/07/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2003
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

COMITÉ DE CONCILIACIÓN DEL HOSPITAL EL TUNAL III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

ACTA No. 25

En Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de julio del año 2.003, siendo las 2:15 p.m. se reunieron los integrantes del Comité de Conciliación para dar inicio a la reunión, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No.367 de 2.000; con el siguiente orden del día:

1. Verificación del Quórum

2. Lectura del acta anterior

3. Propuesta de conciliación por parte de la Sociedad de Oftalmólogos de la Universidad Nacional

4. Propuesta de conciliación por parte de la firma Gases Industriales de Colombia S.A.

5. Propuesta de conciliación por parte del doctor Oscar Mario Ramírez Restrepo

1. Verificación del Quórum

Integrantes Asistentes: Doctora Mónica Arroyave Sampedro Presidente delegado por la Gerencia de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 367/00, Doctora Patricia Lozano Guarnizo (Subgerente Administrativa y Financiera), Doctor Erick William Bausano Guerra (Subgerente Científico), Doctor Carlos Humberto Agón Llanos (Jefe Oficina Jurídica) y Germán Darío Téllez Sánchez (Secretario).

Invitados: Doctora María Constanza Alonso (Dirección de Defensa Judicial de la Nación del Ministerio del Interior y de Justicia)

2. Lectura del acta anterior

Leída por Germán Darío Téllez, a la cual no se realizó ninguna observación.

3. Propuesta de conciliación por parte de la Sociedad de Oftalmólogos de la Universidad Nacional

Ante el Comité de Conciliación el Gerente de la sociedad, solicita se cancele la prestación de servicios de oftalmología de los meses de enero, febrero y marzo de 2003 por $57.549.500,oo.

El Doctor Erick William Bausano, supervisor de los contratos suscritos con la Sociedad de Oftalmólogos certifica que efectivamente se prestaron los servicios de oftalmología durante los meses de enero, febrero y marzo del año en curso y cuyo valor adeudado es de $57.549.500,oo. Que debido a inconvenientes de disponibilidad presupuestal, no fue posible elaborar y legalizar el contrato oportunamente y debido a la alta demanda de los servicios de Oftalmología no se podía suspender la prestación de éste.

La doctora Patricia Lozano Jefe del Departamento Financiero, informa que no se han cancelado los honorarios correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo del año 2003, a la firma Sociedad de Oftalmólogos de la Universidad Nacional "SOUN". Ver el Acta de Conciliación del Hospital El Tunal 19 de 2003

4. Propuesta de conciliación por parte de la firma Gases Industriales de Colombia S.A.

Ante la Procuraduría General de la Nación el Apoderado de la firma Cryogas solicita, se cancele la suma de $16.350.500,oo discriminadas en las facturas Nos. 186399, 186400 y 186401 por el suministro integral Goxm Dom elemento esencial para garantizar la prestación del servicio de salud y la vida de los usuarios de acuerdo a los mandatos constitucionales.

La doctora Flor Delia Garzón, Coordinadora de Internación y supervisora del contrato informa que Cryogas suministra el servicio de oxígeno domiciliario al programa de atención en casa, pero por problemas presupuestales no fue posible adicionar el contrato, sin embargo, la empresa continuó suministrando el servicio, dado que por tratarse de un insumo que al retirar al paciente puede implicar su muerte. A la fecha se le adeuda el valor de $16.350.500,oo.

La doctora Patricia Lozano, Jefe del Departamento Financiero, comunica que las facturas solicitadas en la conciliación no se encuentran en el sistema de información y no han sido canceladas.

5. Propuesta de conciliación por parte del doctor Oscar Mario Ramírez Restrepo

El doctor Oscar Mario Ramírez solicita ante la Cámara de Comercio se le cancelen los honorarios correspondientes la prestación de servicios de Optometría los meses de marzo y abril del año en curso, debido a la falta de contrato por inconvenientes administrativos. Dichos servicios se discriminan así: Cuenta de cobro ET 03/03 $2.608.480 y Cuenta de cobro ET 04/03 $9.712.610,oo para un total de $12.321.090,oo

El doctor Erick William Bausano informa que debido a inconvenientes de disponibilidad presupuestal, no posible elaborar y legalizar el contrato oportunamente y por la alta demanda de los servicios de optometría, no se podía suspender la prestación de servicio de éste, por lo cual a la fecha se adeuda la suma de $12.321.090,oo.

La doctora Patricia Lozano, informa que las cuentas ET 03/03 y 04/03 no han sido canceladas a la fecha.

Por lo dicho, el Comité de Conciliaciones, habrá de resolver previas las siguientes;

CONSIDERACIONES

De acuerdo al artículo 70 de la Ley 446/98 y el artículo 56 del Decreto 1818 de 1998 "(...) podrán conciliar, total o parcialmente, en las etapas prejudicial o judicial, las personas de derecho público, sobre conflictos de carácter particular y contenido económico (...).

En el presente caso se determinó que las propuestas son de carácter particular y contenido económico, por lo cual son susceptibles de llegar a un acuerdo conciliatorio, luego de realizar el estudio correspondiente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 23 de 1991, se debe proceder a analizar si las propuestas de conciliación resultan lesivas para los intereses patrimoniales del Estado, si las acciones no han caducado o si pueden hallarse viciadas de nulidad absoluta.

Respecto al primer aspecto, según certificaciones aportadas y de la manifestación que las áreas involucradas hicieron de las respectivas partes del Hospital que se debe el valor relacionado al final de ésta Acta a la Sociedad de Oftalmólogos de la Universidad Nacional "SOUN", a la firma Gases Industriales de Colombia S.A. "CRYOGAS S.A." y al doctor Oscar Mario Ramírez Restrepo, las cuales fueron aprobadas al no encontrar detrimento patrimonial, ni que afectan el interés de la Institución.

En el segundo aspecto, se determina que las solicitudes no se encuentran caducas y se propusieron dentro de los términos legalmente establecidos para ello.

Con relación al tercer aspecto, nuestra legislación prevé que un acto es nulo absolutamente cuando tiene objeto y causa ilícita, cuando se omite algún requisito o formalidad que la ley ha previsto para el valor de ciertos actos, o cuando es realizado por personas absolutamente incapaces (artículo 1741 del C.C.). Del análisis realizado a las propuestas no se desprenden vicios de nulidad que las invaliden.

En mérito de lo antes expuesto, el Comité de Conciliaciones del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, decide:

- Aprobar el conciliar con la SOCIEDAD DE OFTALMÓLOGOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL LTDA por el valor de CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($57.549.500,oo), correspondiente a la prestación de servicios de Oftalmología de los meses de enero, febrero y marzo de 2003.

- Aprobar el conciliar con la firma GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA S.A. por el valor de DIEZ Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($16.350.500,oo), correspondiente al suministro de oxígeno domiciliario discriminados en las facturas Nos. 186399, 186400 y 186401.

- Aprobar el conciliar con el doctor OSCAR MARIO RAMÍREZ RESTREPO, por el valor de DOCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL NOVENTA PESOS M/CTE ($12.321.090,oo), correspondiente a la prestación del servicio de Optometría correspondiente a los meses de marzo y abril del año 2003, según Cuentas de Cobro ET 03/03 y 04/03.

Firman quien en ella intervinieron,

MÓNICA ARROYAVE SAMPEDRO

Presidente

PATRICIA LOZANO GUARNIZO

Subgerente Administrativa y Financiera

ERICK WILLIAM E. BAUSANO

Subgerente Científico

CARLOS HUMBERTO AGÓN LLANOS

Jefe Oficina Jurídica

GERMÁN DARÍO TÉLLEZ SÁNCHEZ

Secretario Comité Conciliación