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Acta de Conciliación 62 de 2006 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
08/11/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/11/2006
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

COMITÉ DE CONCILIACIÓN

COMITÉ DE CONCILIACIÓN DEL HOSPITAL EL TUNAL III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

Acta No. 62

En Bogotá, D.C., a los ocho (08) días del mes de noviembre del año 2.006, siendo las 7:00 a.m. se reunieron los integrantes del Comité de Conciliación para dar inicio a la reunión, previa convocatoria y de conformidad con lo establecido en la Resolución No.367 de 2.000; según el siguiente orden del día:

1. Verificación del Quórum

2. Propuesta de Conciliación presentada por la firma COMPENSAR

1. Verificación del Quórum

Integrantes Asistentes: Dr. Juan Carlos García Ubaque (Subgerente Científico), Dra. Hilda Guerrero Avellaneda (Subgerente Administrativo y Financiero (e)), Dra. Adriana Posada Suárez (Asesora Financiera), Dra. Marleny Barrera López (Jefe Oficina Asesora Jurídica), Dra. Bibiana Castellanos González (Secretaria).

2. Solicitud de conciliación COMPENSAR

Se presenta al Comité, propuesta de conciliación elevada ante la Procuraduría 56, Judicial delegada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por parte de COMPENSAR, por medio de la cual pretende le sea cancelada la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHO PESOS ($381.008.00) MONEDA LEGAL, correspondientes a la prestación de un servicio de capacitación del portafolio de servicios de la Red del Sur. Aduce la referida Empresa que dicha obligación se deriva del contrato No. 306-04 suscrito entre el HOSPITAL EL TUNAL E.S.E. Y COMPENSAR, y que a la fecha la misma no se ha cancelado debido a que la factura fue extraviada por el Hospital.

Analizada la documentación soporte por parte de la Oficina Asesora Jurídica, informa al Comité que efectivamente la Institución celebró el contrato 306-04 con COMPENSAR y la factura fue recibida y extraviada por el Hospital, empero, dicha obligación no puede reconocerse con cargo al referido contrato debido a que revisada la copia de la factura aportada se encuentra que se trata de un hecho cumplido, teniendo en cuenta que la prestación del servicio se efectuó en marzo de 2004 y la firma del contrato se llevó a cabo en mayo de dicho año, por la cual el reconocimiento de dicha obligación debe intentarse por la vía de la conciliación.

Se aporta al Comité certificación expedida el día 24 de octubre de 2006 por el Tesoro del Hospital por medio de la cual informa que a la fecha no se ha cancelado la factura pretendida. De otro lado, al no encontrar documento alguno acreditando que efectivamente se prestó el servicio de capacitación, se toma la determinación de aplazar el estudio de la propuesta presentada hasta contar con los documentos que acrediten la prestación del servicio. Así mismo, se ordena a la Responsable de Recursos Físicos instaurar la denuncia por el extravío de la factura C045-1501 dado que al observar la copia aportada por Compensar se establece un recibido de dicha área. Finalmente, se ordena compulsar copias a la Oficina de Control Interno Disciplinario para que determine si se presentaron o no inconsistencias en la celebración del contrato No. 306-04, con fundamento en lo expuesto en precedencia.

JUAN CARLOS GARCÍA UBAQUE

Subgerente Científico

HILDA GUERRERO AVELLANEDA

Subgerente Administrativo y Financiero (e)

ADRIANA POSADA SÚAREZ

Área Financiera

MARLENY BARRERA LÓPEZ

Jefe Oficina Asesora Jurídica

BIBIANA CASTELLANOS GONZÁLEZ

Secretaria