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DECRETO 1088 DE 1997 (Noviembre 14) por el cual se establece el horario de trabajo de los servidores públicos de la Unidad Administrativa Laboratorio de Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que es necesario ampliar el horario de atención en la Unidad Administrativa Laboratorio de Salud Pública, la cual es una dependencia de la Secretaría Distrital de Salud; con el objeto de satisfacer los altos niveles de demanda de servicios que se presentan en esta dependencia. Que realizado un análisis por parte de esa dependencia se ha definido la necesidad de establecer un Horario de Atención de Lunes a Sábado de las 7:00 A.M. a las 7:00 P.M. en Jornada Continua. Que para garantizar la continuidad del servicio en este horario se debe establecer el sistema de turnos de acuerdo con las necesidades administrativas. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1º.- El horario de atención de la Unidad Administrativa Laboratorio de Salud Pública será de Lunes a Sábado de 7:00 A.M. a 7:00 P.M. en Jornada Continua. Artículo 2º.- El Secretario Distrital de Salud mediante Resolución determinará el Horario de Trabajo de los funcionarios de esa dependencia de acuerdo con las necesidades del servicio. Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 14 de noviembre de 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. La Secretaria Distrital de Salud, BEATRIZ LONDOÑO SOTO NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 1538 de noviembre 14 de 1997 |