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Decreto 843 de 1995 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/1995
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/1995
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1079 de enero 2 de 1996
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 843 DE 1995

(Diciembre 26)

"Por medio del cual se adopta el Plan de Descentralización del Sector de la Educación en Santa Fe de Bogotá. D. C. de acuerdo con la Ley 60 de 1993"

El ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, D. C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del articulo 38 del Decreto-ley 1421 de 1993 y.

CONSIDERANDO:

Que la ley 60 de 1993 determina los requisitos para asumir la administración de los recursos del situado fiscal por parte de los distritos.

Que en el artículo 14 de la misma ley se determina como requisito la formulación de un plan de descentralización para asumir las responsabilidades de ampliación de coberturas, mejoramiento de la calidad y la eficiencia en la prestación del servicio educativo.

Que el artículo 4 del decreto 2886 de 1994 determina que para acreditar este requisito es necesario presentar al Ministerio de Educación Nacional una copia del plan de descentralización y del acto administrativo que lo adopte.

Que mediante Decreto Distrital No 295 el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., promulgó el Plan de Desarrollo Económico, Social, y de Obras Públicas "Formar Ciudad".

Que el plan de descentralización del sector de la educación para Santa Fe de Bogotá, D.C. obedece a los parámetros establecidos en el capitulo II del documento CONPES Social No 024 del 11 de mayo de 1994, a las pautas del Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con lo establecido en el decreto 2886 de 1994 y desarrolla el Decreto Distrital 295 de 1994

Ver el art. 20, inciso 4, Ley 715 de 2001

DECRETA:

ARTICULO 1. Adóptase el plan de descentralización del sector de la educación, en cumplimiento de la Ley 60 de 1993, para la acreditación del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá ante la Nación - Ministerio de Educación Nacional, con el fin de asumir la autonomía administrativa y financiera del sector mencionado.

ARTICULO 2. Plan de descentralización. El plan tuvo corno base el diagnóstico del documento técnico No 1 (agosto 30 de 1995 SED) y consta de: Objetivo General. Objetivos Específicos, Metas y Proyectos.

ARTICULO 3. Objetivo General. El plan tiene como objetivo general permitir al Distrito Capital asumir las responsabilidades frente a las coberturas, la calidad y la eficiencia en la prestación del servicio educativo.

ARTICULO 4. Objetivos Específicos. Con el desarrollo del plan de descentralización en coordinación con los demás proyectos de la Secretaría de Educación Distrital se busca en el Distrito Capital:

-. Mejorar la calidad de la educación.

-. Ampliar la cobertura.

-. Mejorar la relación entre la educación y el mundo del trabajo.

-. Mejorar la articulación entre la educación y el cuidado del medio ambiente.

-. Mejorar la comunicación entre la ciudadanía y la Secretaria de Educación.

-. Coordinar el proceso de descentralización de la educación en el Distrito Capital.

-. Mejorar el desarrollo institucional de la Secretaria de Educación.

ARTICULO 5. Metas. Con el desarrollo del Plan de descentralización del sector de la educación en el Distrito Capital se obtendrán las siguientes metas:

-. Reestructurar la Secretaría de Educación Distrital

-. Incorporar a la estructura administrativa distrital los Centros Experimentales Piloto, el Fondo Educativo Regional y la Oficina de Escalafón.

-. Incorporar los establecimientos educativos que entrega la nación a la administración distrital.

-. Determinar la estructura y administración de la planta de personal de acuerdo con lo previsto en la ley 60 de 1993.

ARTICULO 6. Proyectos. Para desarrollar el plan de descentralización del sector de la educación se adelantan cinco proyectos, durante el trienio 1995 -1998, que hacen parte del plan de desarrollo sectorial de la educación.

-. Reestructuración de la Secretar fa de Educación.

-. Red integrada de participación ciudadana.

-. Montaje y actualización del Sistema de información educativa.

-. Modernización de la Secretaría de Educación.

-. Implementación de los CADELES.

ARTICULO 7. Reestructuración de la Secretaria de Educación. Este proyecto tiene los siguientes objetivos:

-. Adecuar la organización de la Secretaría a las nuevas condiciones del servicio educativo.

-. Mejorar la atención a los usuarios.

-. Apoyar la descentralización de la administración del servicio educativo.

Metas:

-. Diseñar una estructura orgánica de la Secretaria de Educación a nivel central.

-. Crear los 20 centros administrativos de educación local.

-. Elaborar los nuevos manuales de funciones y procedimientos.

-. Capacitar al personal administrativo acorde con las necesidades de la nueva organización.

-. Obtener la certificación del MEN, para el manejo del situado fiscal.

El responsable directo del proyecto es el Subsecretario de Educación la evaluación y seguimiento del mismo esta a cargo de la Dirección de Planeación Educativa.

ARTICULO 8. Red Integrada de participación ciudadana. Este proyecto tiene los siguientes objetivos:

-. Crear instrumentos de comunicación que contribuyan a mejorar las relaciones sociales entre los habitantes de Santa Fe de Bogotá y las dependencias distritales, mediante el uso eficiente y racional de la información.

-. Ofrecer un sistema educativo más dinámico que permita fomentar habilidades científicas y tecnológicas en beneficio del progreso y desarrollo de la comunidad bogotana.

-. Impulsar sistemas de información y comunicación entre las instituciones, distritales para poner a disposición de la comunidad información que permita agilizar procesos de consulta y procesos de gestión con y por el ciudadano.

-. Fomentar ciudadanos con una cultura informática y de comunicaciones tendiente al aprovechamiento de los recursos.

Metas:

-. Vincular a la Secretaría a Internet.

-. Vincular 200 planteles a la Red - SED

-. Crear un centro de capacitación RED -SED

-. Implementar 5 centros locales.

-. Obtener la financiación de por lo menos la cantidad presupuestada en Formar Ciudad.

-. Vincular 10 entidades distritales y cinco nacionales a la RED. SED.

-. Desarrollar y fortalecer el prototipo.

El responsable directo del proyecto es la Oficina de Informática Educativa la educación y seguimiento del mismo está a cargo de la Dirección de Planeación Educativa.

ARTICULO 9. Montaje y actualización del Sistema de Información educativa. Este proyecto tiene los siguientes objetivos:

-. Proporcionar información confiable y oportuna del sector educativo capitalino.

-. Actualizar los inventarios físicos y los censos de personal.

-. Actualizar las estadísticas educativas.

Metas:

- . Lograr la intercomunicación con Internet.

-. Actualizar la información sobre plantas de personal docente, directivo docente y administrativo que presta sus servicios en el sector educativo oficial en el Distrito Capital.

-. Actualizar el inventario de plantas físicas.

-. Ampliar y montar el sistema de información computarizado.

-. Capacitar en su uso a 60 funcionarios del nivel central.

-. Desarrollar el software necesario para la administración de la educación en la secretaría.

-. Implementar en los planteles oficiales del Distrito el SABE-50

El responsable directo del proyecto es el Director de Planeación Educativa; la evaluación y seguimiento del mismo está a cargo de la Subsecretaría Académica.

Articulo 10. Modernización de la Secretaría de Educación. Este proyecto tiene los siguientes objetivos:

-. Aplicar los principios de ergonomía dentro ge la práctica laboral de la Secretaria.

-. Aplicación de tecnologías para la simplificación, agilización y racionalización de los procesos administrativos.

-. Redefinir la distribución de espacios para elevar la motivación, productividad y calidad del servicio.

Metas:

-. Mejoramiento de los usuarios y funcionarios.

-. Adecuar los espacios de trabajo de la planta central.

-. Adquirir 30 computadores con sus estaciones de trabajo.

-. Adquirir el equipo para modernizar y tecnificar el trabajo en la Secretaria.

El responsable directo del proyecto es el Director Administrativo; la evaluación y seguimiento del mismo está a cargo de la Dirección de Planeación Educativa.

ARTICULO 11. Implementación de los CADELES. Este proyecto tiene los siguientes objetivos:

-. Desconcentrar la Secretaría de Educación en la prestación de servicios educativos.

-. Integrar a la comunidad educativa al desarrollo de los proyectos educativos locales.

Metas:

-. Implementar los 20 centros administrativos de educación local del Distrito Capital.

-. Construir una comisión de educación local en cada una de las. 20 localidades.

El responsable directo del proyecto es el Coordinador de CADELES de la SED la evaluación y seguimiento del mismo está a cargo de la Dirección de Planeación Educativa.

ARTICULO 12. Los proyectos Que hacen parte de este plan tienen un costo aproximado de nueve mil novecientos millones de pesos y se desarrollarán entre 1995 y 1998.

Cuadro No. 1

El siguiente cuadro presenta el presupuesto para los años 1995 a 1998 de los Proyectos de Reestructuración de la Secretaria, Montaje y actualización del Sistema de Información SINIED. La Red de Participación Ciudadana, la modernización de la Secretaría y la implementación de los CÁDELes.

PROYECTO

MONTO TOTAL

1995

1996

1997

1998

Red de participación Ciudadana

25160

60

4600

20500

 

Reestructuración de la Secretaria

270

100

60

60

50

Montaje y actualización SIDINED

445

145

150

150

 

Modernización de la Secretaria

2100

100

1000

1000

686

Implementación de los CADELES

2000

180

600

600

600

Nota: Valores en millones de pesos.

ARTICULO 13. El desarrollo del presente plan es responsabilidad de la Secretaria de Educación Distrital.

ARTICULO 14. El presente decreto rige a partir de la firma.

CÚMPLASE

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde mayor

JOSÉ LUIS VILLA VECES CARDOSO

Secretario de Educación

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1079 de enero 2 de 1996.