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ACTA 004 DE 2002 (Octubre 04) DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO CATASTRO COMITÉ DE CONCILIACIÓN En Bogotá, D.C, a cuatro (4) días del mes de octubre de 2002, siendo las 2:30 p.m., se instaló en la Sala de Juntas de la Dirección del Departamento Administrativo de Catastro Distrital, la sesión del Comité de Conciliaciones. Acto seguido, el Secretario Técnico Suplente dio apertura formal al Comité y se procedió a evacuar el orden del día, conforme con la citación realizada: I. Llamado a lista y verificación de Quórum. II. Presentación y ponencia de la solicitud de conciliación prejudicial efectuada por el CONSORCIO GEOVIAL LTDA - ESTUCON LTDA -JMG LTDA - COLGRAVAR LTDA. III. Deliberaciones y conclusiones. IV. Proposiciones y varios. I. LLAMADO A LISTA Y VERIFICACIÓN DEL QUORUM. De conformidad con las Resoluciones No. 0026 y 0225 de 2002 se procedió al llamado a lista de los integrantes del Comité, para lo cual se hicieron presentes: 1. RAFAEL ALCIDES VILLARREALCIFUENTES, Director. 2. IVAN EDUARDO MATIZ SÁNCHEZ, Jefe Oficina Asesora Jurídica. 3. BEATRIZ EUGENIA CONTRERAS MONROY, Asesora de la Dirección. 4. JANNET VILLALBA MAHECHA, Asesora de la Dirección. Con la presencia de todos los miembros permanentes del Comité de Conciliación, existió Quórum para deliberar y sesionar. Igualmente asistieron: 1. DIANA LUCIA GIRALDO GÓMEZ, Subdirectora Administrativa y Financiera. 2. JAIME ALBERTO VERA VILLAMIZAR, Jefe Oficina Asesora Control Interno. 3. ALBA YANNET SALMANCA, Abogado designado para presentar la ponencia en el caso de CONSORCIO GEOVIAL LTDA - ESTUCON LTDA - JMG LTDA - COLGRAVAR LTDA. 4. JAIRO ALFONSO GARZÓN MORA, Secretario Técnico Suplente. 5. LUIS MANUEL ESPINOSA, Jefe Oficina Control Disciplinario. 6. EDGAR TORRES CAICEDO, Subdirector Técnico. II. PRESENTACIÓN Y PONENCIA DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN PREJUDICIAL EFECTUADA POR La abogada ALBA YANNET SALAMANCA, en su calidad de ponente designado, procede a presentar y a someter a consideración del Comité el caso (ver documento): III. DELIBERACIONES Y CONCLUSIONES De la valoración de los hechos, documentos y de la normatividad vigente, presentados por la abogada ponente y contenidos en la ficha de conciliación, los miembros del Comité de Conciliación decidieron por unanimidad que no existe para el presente caso posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, en tanto que se considera que las decisiones adoptadas por el Departamento en su momento están ajustadas a derecho. En cuanto a la instauración de las acciones de repetición, se concluye que por ahora no habrá lugar a las mismas, teniendo en cuenta que dentro de la conciliación extrajudicial objeto de estudio el DACD no realizará ningún acuerdo respecto de lo solicitado por el mencionado Consorcio. Siendo las 4:00 p.m. se dio por terminada la reunión y se firmó el acta por los miembros permanentes del comité así:
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