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Acta de Conciliación 1 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital La Victoria III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
03/02/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/02/2004
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA DE 2004

ACTA 01* DE 2004

(Febrero 03)

HOSPITAL LA VICTORIA III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

A los tres (3) días del mes de febrero de 2004, siendo las 2:00 P.M en la Sala de Juntas del Hospital la Victoria, se instaló y dio inicio al comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad con el siguiente orden del día:

1. Verificación del Quórum.

2. Instalación del Comité.

3. Presentación de procesos de conciliación y defensa así:

a) Cuentas en trámite con el Instituto departamental de Salud de Boyacá.

b) Contraprestación de servicios con el Hospital Santa Clara.

c) Reintegro de la ex - funcionarla Lucila Rodríguez por decisión judicial.

4. Proposiciones y varios.

5. Cierre del Comité.

Conforme a lo establecido en el Orden del día, se dio inició al Comité mediante la verificación del Quórum.

1. Verificación del Quórum.

Al momento de la verificación del Quórum de asistentes, según notificaciones remitidas con anterioridad le hicieron presentes: El Dr. Gerardo Cano Villate (Gerente del Hospital), El Dr. Rafael Mauricio Sopo Solano (Subgerente Administrativo y Financiero del Hospital). Edwin HeImán Garrido Corredor, (Subgerente de Servicios de salud del Hospital) Argemiro Nleto Ojeda (Jefe oficina Jurídica), Héctor Manuel Castellanos (Jefe Oficina Gestión Pública y Autocontrol), Luz Marina Galindo (Jefe oficina Desarrollo Institucional).

Se deja constancia que no se hizo presente al Comité el representante del Ministerio de Justicia y del Derecho pese a habérsele enviado citación para asistir a dicha sesión.

Asisten como invitados a fin de exponer y presentar proyecto de conciliación la Dra. Flor Alba Vega, la Ingeniero María Esperanza Moreno, el Dr. Orlando Martínez y el Dr. Gerardo Jiménez.

Así mismo asiste al presente comité de conciliación y defensa judicial del Hospital en condición de secretaria, con función de voz sin voto, la Dra. Tulia Inés Castañeda T, abogada de la Oficina Jurídica.

Una vez establecida la participación de los miembros del comité, de los invitados y asistentes, definida la existencia del Quórum necesario para deliberar y decidir, se comunicó y se dispuso seguir al segundo punto del orden del día.

2. Instalación del Comité.

EI Dr. Luis Gerardo Cano Villate, Gerente del Hospital, quien preside el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Hospital, se dirige a los presentes dando por Instalado y sesionado el comité con la evaluación de los puntos a deliberar.

3. Presentación de procesos a Conciliar o a defensa Judicial así:

a) Instituto Departamental de Salud de Boyacá.

La Dra. Flor Alba Vega invitada al Comité, como responsable de cobro y recuperación de cartera, manifiesta que conforme al oficio enviado por el departamento de Boyacá con referencia a la Caja de previsión de Boyacá, el Hospital la Victoria no tiene cuentas en trámite con dicha Caja de Previsión, que únicamente se tienen cuentas en trámite con el Departamento de Boyacá Secretaria de Salud.

Así mismo el Gerente del Hospital pregunta a la Dra. Flor Alba Vega que en que estado se encuentran las cuentas con la Secretaria de Salud del departamento de Boyacá. La Dra. Flor Alba Vega manifiesta que la secretaria de salud del departamento de Boyacá, ya canceló lo referente al acuerdo de pago estipulado en el comité anterior, y que las cuentas pendientes anteriores a lo ya conciliado se tramitaran mediante un proceso de cobro coactivo por parte del Hospital. De igual manera Orlando Martínez solicita autorización para que las cuentas pendientes del 2003 con entes territoriales se lleven a conciliación a través de la Dra. Flor Alba Vega y Edna Patricia Perla.

El Dr. Gerardo Cano pregunta al comité si considera oportuno y necesario aprobar la conciliación de las cuentas pendientes con los entes territoriales.

El comité establece como resultado que se autoriza la conciliación y se dan plenas facultades a la entidad recaudadora para la recuperación de los valores de las cuentas.

b) Contraprestación con el Hospital Santa Clara.

EL Dr. Argemiro Mirlo hace uso de la palabra y manifiesta que debido al convenio Interadministrativo con el Hospital santa Clara que consistía en contraprestación de servicios. El Hospital la Victoria hizo uso de gran cantidad de servicios del Hospital Santa Clara durante la duración del convenio, mientras que el Hospital Santa Clara no requirió de tantos servicios por parte del Hospital la Victoria generando un sobre costo.

El Gerente del Hospital manifiesta que dicho convenio ha sido modificado en varías oportunidades con el fin de compensar y nivelar la contraprestación de servicios sin que esto haya ayudado a aminorar el sobre costo de los servicios que el Hospital la Victoria requiere.

El Dr. Argemiro Niño manifiesta que teniendo en cuenta que no se hablan apropiado los recursos de los servicios requeridos de más por el Hospital La Victoria, es necesario llevar dichas cuentas a conciliación prejudicial, y una vez obtenida decisión judicial apropiar los recursos por el rubro de sentencias judiciales.

El Dr. Gerardo Cano pregunta al comité si esta de acuerdo con la decisión, expuesta por el Dr. Argemiro Niño Ojeda Jefe de la oficina Jurídica.

Establece el comité como resultado, que se aprueba la decisión tomada por el Jefe de la Oficina Jurídica el Dr. Argemiro Niño Ojeda.

c) Reintegro de la Ex funcionaria Lucila Rodríguez por decisión Judicial.

El Dr. Argemiro Niño expone el caso de la Funcionarla para conocimiento del comité, manifestando que dicha funcionarla en el año de 1996-1997 fue calificada negativamente por su superior inmediato, generando esto que la gerencia solicitara su desvinculación. Estando en trámite su desvinculación se genera una nueva calificación la cual es positiva y posteriormente la funcionarla es retirada de la entidad.

El Gerente manifiesta que según sentencia judicial la funcionarla Lucila Rodríguez debe ser reintegrada Inmediatamente a ocupar el cargo que venia desempeñando.

La Ingeniero Esperanza Moreno manifiesta que en este momento existen cuatro cargos de auxiliar de información, uno de ellos es el cargo que la funcionaría tenia al momento de su desvinculación.

La Ingeniero Luz Marina Galindo pregunta que cual de las cuatro funcionarías que están desempeñando dicho cargo en condición de provisional debe ser desvinculada para realizar el reintegro de la Sra. Lucila Rodríguez.

El Dr. Argemíro niño Ojeda, responde que debe ser desvinculada la persona que ingresó inmediatamente posterior a la desvinculación de la funcionaría Lucila Rodríguez, que en este caso corresponde a la funcionaría provisional que cubrió la vacante que quedó con el despido de la demandante.

En consecuencia las Ingenieros Luz Marina Galindo, María Esperanza Moreno, y el Sub gerente Administrativo Mauricio Sopo manifiestan que se debería efectuar una evaluación de las personas que están desempeñando el cargo y de esa manera determinar qué funcionaría debe ser retirada de su cargo con el fin de reintegrar a Lucila Rodríguez.

El Dr. Argemiro Niño reitera que debe ser la persona que se vinculó con el Hospital inmediatamente posterior al retiro de Lucila Rodríguez, esto con el fin de evitar una demanda subsiguiente por cualquiera de las demás funcionarías en provisionalidad.

El Gerente del Hospital y el Subgerente Administrativo y Financiero preguntan si se debe realizar la liquidación de la funcionarla una vez sea reintegrada al cargo.

El Jefe de la oficina Jurídica responde que al momento de Ingresar al cargo «e deben negociar los valores de la liquidación con el fin de darle tiempo para presentar acción de tutela frente a la sentencia judicial que ordenó el reintegro de la funcionaría ya que existe Inepta demanda en el proceso inicial, violando tos derechos del Hospital la Victoria.

La Coordinadora del Área de Talento Humano, ing. María Esperanza Moreno, manifiesta que realizara la Resolución de reintegro de la ex funcionaría y de igual forma desvinculara a la funcionaría que haya ingresado posteriormente a ocupar la vacante, de acuerdo a la decisión judicial.

El Gerente Dr. Gerardo Cano Villate pregunta al comité, si esta de acuerdo con lo expuesto anteriormente.

El comité como resultado manifiesta que la decisión anterior es la más conveniente y por lo tanto aprueba dicho planteamiento y procedimiento para reintegrar a la funcionarla y establecer el mecanismo para el pago de las obligaciones laboradas adeudadas.

4. Proposiciones y varios

Una vez agotados los temas centrales presentados en el orden del día se da inicio al punto correspondiente a proposiciones y varios.

El Dr. Cano Villate pregunta al comité si existen otros temas que deban ser tratados en el comité de Conciliación y defensa judicial El comité manifiesta que no hay otros temas para tratar.

Sin otro tema por el cual disponer se declara cerrado el punto y se procede al siguiente de acuerdo con el Orden del día.

5. Cierre del comité.

El Dr. Cano pregunta al Comité si se encuentran pendientes algunos otros puntos sobre los cuales debatir o decidir en esta sesión y ante la respuesta negativa, siendo las 4:00 P.M. se da por cerrado formalmente el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Hospital La Victoria, correspondiente al primer semestre del año 2004.

Para constancia siendo las 4:00 p.m. se suscribe la presente acta a los tres (3) días del mes de febrero de 2004, en la ciudad de Bogotá D.C.

Dr. Luis Gerardo Cano Villate

Dr. Rafael Mauricio Sopo S.

Dr. Edwin Helman Garrido

Dr. Argémiro Niño Ojeda

Dr. Hechor Manuel Castellanos

Ing. Luz Marina Galindo

Dra. Tulia Inés castañeda T

*Nota: Se ingresa a Régimen Legal como Acta de Conciliación 01 de 2004 del Hospital la Victoria