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Acta de Conciliación 1 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Simón Bolívar III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
08/01/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/01/2004
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 001 DE 2004

ACTA 001 DE 2004

(Enero 08)

HOSPITAL SIMÓN BOLÍVAR III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

Fecha: Bogotá D.C., 08 de enero de 2004

Hora: 2:10p.m.

Lugar: Sala de Juntas despacho del Gerente.

ASISTENTES:

HÉCTOR MANUEL LEMUS MONTAÑEZ

Gerente. *

DANIEL ANTONIO MONTENEGRO

Subgerente Científico.

MILTON PUENTES VEGA

Subgerente Financiero y Comercial

FANNYJUDITH OLAYA MEDELLIN

Jefe Oficina Jurídica

DR. JAIME AGUILERA SALCEDO

Representante de la Dirección de defensa Judicial de la Nación del Ministerio del Interior y de Justicia.

Orden del día:

1 Verificación del quórum.

2 Exposición, análisis y determinación del Comité frente a tos contratos de transacción y/o conciliación entre el Hospital Simón Bolívar y los contratistas del mismo.

3 Proposiciones y vahos

DESARROLLO

1.Verificación del quórum.

Una vez verificado el quórum se deja constancia de la inasistencia del Dr. WILSON MELO VELANDIA Subgerente Administrativo y se da inicio de la reunión del Comité de Conciliación del Hospital Simón Bolívar, de acuerdo con el orden del día, dejando constancia que w/i cumplimiento a lo ordenado por el Decreto 1214 de 2000, se efectuó invitación al Ministerio del Interior y de Justicia y en su representación asistió el Dr. JAIME AGUILERA SALCEDO.

2 Exposición, análisis y determinación del Comité frente a los contratos de transacción y/o conciliación entre el Hospital Simón Bolívar y los contratistas del mismo.

Acto seguido la Jefe de la Oficina Jurídica ilustra a los participantes sobre el motivo de la reunión y les informa que lo que se pretende es que por parte de los integrantes del Comité de Conciliación se defina el mecanismo para solucionar la controversia que se pueda llegar a presentar ante la falta del pago de los honorarios a los contratistas que durante el mes de diciembre de 2003, prestaron sus servicios al hospital sin contrato, por cuanto el hospital no contaba con la disponibilidad presupuestal en su momento para suscribir dicho acuerdo y no se podían suspender los servicios ya que estos son de naturaleza pública y esencial como lo es la salud, el cual debe ser continuo y permanente.

Los integrantes del Comité realizan un análisis detallado de los documentos que soportan la solicitud bien sea de conciliación o de transacción para solucionar la situación y poder entrar a realizar el pago a los contratistas.

El Dr Jaime Aguilera solicita que se le aclare a qué personal se le adeuda y cuál es la cuantía a reconocer. Al respecto el Dr. Lemus informa que 36 contratistas pertenecen al área administrativa y el valor a reconocer es de $34.378.000.00 y 102 contratistas son del Área Asistencial a quienes se les adeuda $155.570.000.oo, cuya relación se encuentra detallada en anexo que hace parte integrante de la presente acta.

Se deja constancia también que el valor que se reconocerá a cada uno de los contratistas, ya sea a través de conciliación o de la transacción no causará intereses.

Agrega el Dr. Aguilera que la transacción es una figura que se puede aplicar en este caso para que el Hospital llegue a un acuerdo con los contratistas y les pueda realizar el pago, evitando así cualquier controversia hacia futuro. Solicita que del contrato de transacción haga parte la certificación de prestación de los servicios que expida el jefe de cada una de las Áreas. Recomienda a los asistentes que se tomen los correctivos del caso para que situaciones como la que ahora se estudia no se vuelvan a repetir, ya que estamos frente a una legalización de hechos cumplidos que puede ser sancionada,

Así mismo, la Dra. Fanny Judith aclara la diferencia entre la figura de la conciliación y la transacción, recomendando también para el presente caso, el contrato de transacción por ser mes ágil.

El Dr. Millón informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para cubrir el pago a los contratistas por los servicios prestados en el mes de diciembre de 2003.

El comité una vez hecho el análisis detallado del asunto, encuentra debidamente justificado y en forma clara y precisa las razones que motiva la solicitud y dispone que teniendo en cuenta que se hace necesario cumplir en forma rápida con el pago a los contratistas, se celebre con cada uno de ellos un contrato de transacción y de esta forma se finiquite cualquier divergencia al respecto.

Siendo las 3:00 p m del día 10 de diciembre de 2003, se da por terminada la sesión y en constancia se firma por los que en ella intervinieron.

HETOR MANUEL LEMUS MONTAÑEZ

Gerente

DANIEL A MONTENEGRO

Subgerente Científico

MILTON FUENTES VEGA

Subgerente Financiero y Comercial

JAIME AGUILERA SALCEDO

Dirección de Defensa Judicial

FANNY JUDITY OLAYA MEDELLIN

Jefe Oficina Jurídica