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RESOLUCIÓN 0587 DE 2007 (Julio 11) Derogada por el art. 3, Resolución E.A.A.B. 874 de 2007 Por la cual se adiciona la Resolución 576 del 4 de julio de 2007 EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P., en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 y CONSIDERANDO: Que el principio de delegación es de rango constitucional y está consagrado en el artículo 209 de la Carta, en los siguientes términos: "La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, desarrolla en el anterior principio constitucional al preceptuar que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias". Que el Acuerdo No 11 del 25 de Junio de 2007, modificó la estructura organizacional de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., derogando todas las normas vigentes hasta ese momento sobre delegación de funciones. Que el 4 de julio de 2007, se expidió la Resolución 576 por medio de la cual se delegan las funciones de gasto y pago para el eficiente cumplimiento de la misión de la Empresa de acuerdo con la estructura organizacional vigente. Que es necesario delegar unas funciones relacionadas con la ordenación del gasto y del gasto de la dirección de Servicios Administrativos. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Adicionar el inciso 4 del Artículo Quinto de la Resolución 576 del 4 de julio de 2007, el cual quedará así: "ARTÍCULO QUINTO.- Delegar la representación legal para el ejercicio de las siguientes funciones específicas en los siguientes Directores: (...) Director de Servicios Administrativos: La ordenación del gasto y del pago en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de su dependencia, de la caja menor de la central de operaciones, así como la planeación y administración del presupuesto asignado, dentro de los parámetros fijados por la EAAB para tal fin". ARTÍCULO SEGUNDO.- Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá, D.C. a los once (11) días del mes de julio de dos mil siete (2007). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. ÉDGAR ANTONIO RUÍZ RUÍZ Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3804 de julio 24 de 2007. |