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ACTA 01 DE 2006 (Febrero 08) HOSPITAL DE ENGATIVA II NIVEL E.S.E En Bogotá D.C., a Los ocho (8) días del mes de febrero de 2006, siendo las 14:40 se dio comienzo a la reunión del Comité de Conciliación, en las instalaciones de la sede administrativa del HOSPITAL ENGATIVA II NIVEL -E.S.E.- sesión a la cual fueron citados previamente, el Dr. JORGE SOLANO SÁNCHEZ, Subgerente Financiero.- Delegado por la Gerencia; Dr. JOSÉ ZIADE BENITEZ, Subgerente Servicios de Salud - Miembro del Comité de Conciliación; Dr. EULISES MORALES, Asesor Jurídico (E). Miembro del Comité de Conciliación y el Dr. RAFAEL MAURICIO SOPO SOLANO, Coordinador Financiero Delegado por Subgerencia Administrativa, quienes actúan con voz y voto en las decisiones que en la reunión se presentan; y la Dra. JANETH DUQUE, Tesorera - Invitada; la Dra. HELENA SANDOVAL LANCHEROS, Jefe O.G.P.A.- Invitada - quienes fueron invitados a la presente reunión y cuentan con voz pero sin voto, al igual que el Dr. REINALDO ALVARADO BERMÚDEZ, Secretario Técnico - Comité de Conciliación. 1. Funcionario Delegado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA. Se dio espera de Cuarenta (40) minutos al delegado del Ministerio del Interior y de Justicia (Dirección de Defensa Judicial de la Nación), a quien se cito previamente por medio del oficio G-AJ-011-06, quien pasado el tiempo señalado no se hizo presente. 2. Verificación del quórum. Seguidamente, se verificó el quórum y se constato la asistencia del Dr. JORGE SOLANO SÁNCHEZ, Subgerente Financiero; el Dr. JOSÉ ZIADE BENUEZ, Subgerente Servicios de Salud; el Dr. EULISES MORALES, Asesor Jurídico (E); el Dr. RAFAEL MAURICIO SOPO SOLANO, Coordinador Financiero; y el Dr. REINALDO ALVARADO BERMÚDEZ, Secretario Técnico Comité de Conciliación. 3. Enunciación de las conciliaciones extrajudiciales próximas a realizase. Una vez constatada la asistencia y el quórum para decidir, se exponen los puntos a tratar en la presente sesión, tendientes a la toma de decisiones con respecto a las próximas citaciones para Audiencias de Conciliación. Para lo anterior, se enuncia la siguiente: RELACIÓN DE CONCILIACIONES
4. Propuesta de formula de arreglo para la conciliación extrajudicial próxima a realizarse.En lo que respecta a la conciliación prejudicial solicitada por OXÍGENOS DE COLOMBIA SA, se abre la discusión para analizar la viabilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, y de ser posible establecer las fechas para realizar los pagos, de acuerdo a una proyección razonada de los presupuestos existentes y el eventual flujo de caja ya que debido a ese factor se ha visto retrasado el pago de la obligación. Debido a la ejecución a satisfacción del contrato las cuentas que hacen parte de la solicitud de conciliación se encuentran en cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2.005, razón por la cual es viable realizar un acuerdo directo de pago con el contratista sin acudir a proponer una formula de arreglo por medio de la conciliación solicitada; sin embargo se debe formular una propuesta en tiempo para realizar los correspondientes pagos. Analizados los antecedentes en estudio que dieron origen a la controversia materia de solicitud de la conciliación se aceptará y se propondrá una formula de arreglo bajo la modalidad del acuerdo directo, para lo cual se concertara con OXÍGENOS DE COLOMBIA LTDA., una reunión en la cual se estudie la cartera adeudada y se propongan formulas de arreglo para dar por terminado en conflicto suscitado. Pasando al estudio de las posibles fechas de pago para proponer al momento de la audiencia de conciliación, como formula de arreglo de la controversia presentada con el contratista mencionado; se propone realizar dos pagos de la totalidad del capital adeudado, para lo cual se formulan como fechas de pago el día dieciséis (16) de febrero y el dos (2) de marzo de 2006. 5. Varios. Se abre la posibilidad de intervenir y someter a discusión los asuntos que se consideren pertinentes en la presente sesión, para lo cual se pone de presente la situación que se suscito con la Cooperativa de Trabajo Asociado COOTRASALUD en el mes de enero del 2.005 con el contrato N° 001, cuyo objeto fue la contratación de prestación de servicios, debido a que el contrato suscrito se elevo en cuanto al presupuesto inicialmente estipulado, obstaculizando en la actualidad la liquidación del contrato. La deuda asciende a CUARENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($45.877.816.oo), debido a la prestación de los servicios, es procedente cancelar la suma adeudada procediendo a la figura de la conciliación, pues no se ha demostrado interés alguno por parte de la Cooperativa de Trabajo Asociado en recuperar su dinero, y en ejercicio de velar por el patrimonio de la entidad es injustificado del tiempo, lo cual podría generar el reconocimiento de intereses e indexaciones que es precisamente lo que se pretende evitar. DECIDE: ARTICULO PRIMERO: No Conciliar con OXÍGENOS DE COLOMBIA S.A. ARTICULO SEGUNDO: Acudir a la modalidad del acuerdo directo con OXÍGENOS DE COLOMBIA S.A., previa reunión en la cual se estudie el estado de cartera para proponer formulas de arreglo que se adoptaran en dicha reunión de existir animo de transigir. ARTICULO TERCERO: Solicitar audiencia de conciliación ante la Procuraduría Delegada ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca con el objetivo de cancelar el valor de CUARENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($45.877,816.00). No siendo otro el objeto de la presente; se lee aprueba y suscribe por los que en ella intervinieron, a los ocho (08) días del mes de febrero de 2006, en la ciudad de Bogotá. JORGE SOLANO SANCHEZ Subgerente Financiero Dr. JOSÉ ZIADE BENITEZ Subgerente Servicios de Salud. EULISES MORALES Asesor Jurídico (E). RAFAEL M. SOPO SOLANO Coordinador Financiero Dr. REINALDO ALVARADO BEF Secretario Técnico Comité de Conciliación |