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Decreto 397 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/08/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2007
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 397 DE 2007

(Agosto 30)

"Por el cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 en relación con los periodos de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado - Hospital Santa Clara, Hospital Chapinero y Hospital Nazareth."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 "por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones" prescribe: "Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados por períodos institucionales de cuatro (4) años, mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres meses, contados desde el inicio del período del Presidente de la República o del Jefe de la Entidad Territorial respectiva, según el caso. Para lo anterior, la Junta Directiva conformará una terna, previo proceso de selección de la cual, el nominador, según estatutos, tendrá que nombrar el respectivo Gerente.

Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado podrán ser reelegidos por una sola vez, cuando la Junta Directiva así lo proponga al nominador, siempre y cuando cumpla con los indicadores de evaluación conforme lo señale el Reglamento, o previo concurso de méritos.

En caso de vacancia absoluta del gerente deberá adelantarse el mismo proceso de selección y el período del gerente seleccionado culminará al vencimiento del período institucional. Cuando la vacancia se produzca a menos de doce meses de terminar el respectivo período, el Presidente de la República o el jefe de la administración Territorial a la que pertenece la ESE, designará gerente".

Que el inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 prescribe que: "Los Gerentes de las ESE de los niveles Departamental, Distrital y Municipal cuyo período de tres años termina el 31 de diciembre de 2006 o durante el año 2007 continuarán ejerciendo el cargo hasta el 31 de marzo de 2008."

Que mediante el Decreto Número 244 del 13 de agosto de 2004, se nombró por el término de tres (3) años al doctor GERMAN DE LA CRUZ ARRIETA VIOLET, identificado con la cédula de ciudadanía número 15.040.241 en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Chapinero I Nivel, quien tomó posesión el día 19 de agosto de 2004, cuyo período vencería el día 18 de agosto de 2007.

Que mediante el Decreto Número 245 del 13 de agosto de 2004, se nombró por el término de tres (3) años al doctor GILBERTO RODRÍGUEZ DAZA, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.381.836 en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Nazareth I Nivel, quien tomó posesión el día 27 de agosto de 2004, cuyo período vencería el día 26 de agosto de 2007.

Que mediante el Decreto 247 de fecha 13 de agosto de 2004 se prorrogó el nombramiento del gerente del Hospital Santa Clara III nivel doctor MILTON NÚÑEZ PAZ, hasta la designación y posesión del nuevo gerente.

Que la Administración Distrital optó mediante el Decreto 361 de fecha 8 de noviembre de 2004 adicionar el Decreto 247 de 2004 en el sentido de solicitar a la Junta Directiva del Hospital Santa Clara que efectué el proceso de convocatoria pública tendiente a la conformación de la terna para el nombramiento del Gerente de dicha entidad, de conformidad con lo señalado en el Decreto Nacional 3344 de 2003 y la Resolución 793 de 2003 del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que mediante Decreto Número 504 del 14 de diciembre de 2006, se prorrogó el período del Gerente del Hospital Santa Clara III Nivel - Empresa Social del Estado doctor MILTON NUÑEZ PAZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 19.360.240 en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Santa Clara III Nivel, quien tomó posesión el día 22 de diciembre de 2006 y cuyo periodo iba hasta el 12 de agosto de 2007.

Que es necesario adecuar el período inicial a que hacen referencia los decretos anteriores a lo estipulado en el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 556 de 2007

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. El doctor GERMAN DE LA CRUZ ARRIETA VIOLET, identificado con la cédula de ciudadanía número 15.040.241 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Chapinero I Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008, en virtud del inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO 2°. El doctor GILBERTO RODRÍGUEZ DAZA, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.381.836 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Nazareth I Nivel, hasta el 31 de marzo de 2008, en virtud del inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO 3°. El doctor MILTON NÚÑEZ PAZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 19.360.240 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Santa Clara III Nivel, hasta el 31 de marzo de 2008, en virtud del inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO  4°.  Aclarado por el art. 1, Decreto Distrital 051 de 2008. El concurso de méritos que deba realizarse para el nombramiento en propiedad de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado, en virtud del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, estará a cargo de la Secretaría Distrital de Salud.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de Agosto de 2007

LUÍS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor