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ACUERDO LOCAL 03-2007 (Abril 4 de 2007) "Por el cual se fomenta la participación e información de la comunidad para eficiente Veeduría Ciudadana y/o el Control Político" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO CONSIDERANDO: Que la Ley 80 de 1993 por la cual se expide el estatuto de contratación de la administración publica y sus decretos reglamentarios como el Decreto 2160 de 2002, buscan que en la contratación general se garantice el cumplimiento de los principios de transparencia economía, probidad, eficacia, celeridad, honestidad y responsabilidad. Que el Decreto Ley 1421 en su artículo 69" atribuciones de las juntas administradoras locales, que en su numeral 7 y 9 señala: Numeral Séptimo: Promover la participación y veeduría ciudadana y comunitaria en el manejo del control de los asuntos locales Numeral Noveno: "Vigilar la ejecución de los contratos de la localidad y formular ante las autoridades competentes las recomendaciones que estimen convenientes para el mejor desarrollo de esos contratos, en el ejercicio de esta función los ediles podrán solicitar y obtener los informes y demás documentos que requiera". Ver el Acuerdo Local 03 de 1999 ACUERDA: ARTÍCULO 1. Inclúyase en todos los proyectos financiados y/o cofinanciados por el fondo de desarrollo local de Tunjuelito, una presentación publica ante las comunidades beneficiarias del proyecto antes de iniciar cualquier actividad, en un lugar adecuado dentro de la localidad para tal evento, organizada por el respectivo contratista. ARTÍCULO 2. La presentación pública ante la comunidad se deberá invitar al interventor del proyecto al consejo local relacionado con el tema, si este existe a la Junta Administradora Local de Tunjuelito y la alcaldía local, los presidentes de la juntas de acción comunal y a la comunidad beneficiaria ARTÍCULO 3. Inclúyase en todos los proyectos financiados y/o cofinanciados por el fondo de desarrollo local de Tunjuelito una presentación ante la Junta Administradora Local en una de sus sesiones. ARTÍCULO 4. La presentación pública en la junta Administradora Local de Tunjuelito se deberá solicitar ante la secretaria de la misma, para que la corporación decida la fecha y el horario en el cual se atenderá la solicitud. ARTÍCULO 5. Inclúyase en la formulación de los términos de referencia de los proyectos financiados y/o cofinanciados por el Fondo de desarrollo local de Tunjuelito como obligación que toda pieza publicitaria que se realice como pendones, boletines, revistas, afiches, valla informativas y demás deberán contar con los respectivos logos de la alcaldía local y la junta administradora local, e igualmente número de contrato, presupuesto y tiempo de ejecución del mismo. ARTÍCULO 6. La presentación publica ante la comunidad y la Junta Administradora Local debe contener los siguientes temas: a). Fecha de inicio y terminación del contrato. b). Nombre e información del contratista. c). Actividades y responsabilidad contractuales. d). Presupuesto oficial y cronograma. e). Objeto del contrato y desarrollo del mismo f). Nombre e información del inventor ARTÍCULO 7. Vigencia al presente acuerdo rige a partir de su promulgación y publicación. ARTÍCULO 8. Pasados 30 días de su sanción y publicación, la alcaldesa reglamentara el mismo. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Bogotá, D.C., a los cuatro (04) días del mes de abril de dos mil siete (2007). MARIO SOLANO PUENTES Presidente SABRINA BERNAL POVEDA Secretaria Ad-Hoc. Sancionado el __________ GLADYS ALEXANDRA CÁRDENAS RIVERA Alcaldesa Local de Tunjuelito NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3800 de julio 17 de 2007. |