| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
ACTA 24 DE 2002 (Octubre 21) COMITÉ DE CONCILIACIONES DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR. En Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de octubre del año dos mil dos (2002), a la hora de las cuatro de la tarde (4:00 p.m.), previa convocatoria efectuada por la Gerente de la Entidad, se reunieron en la sala de juntas de la Gerencia los siguientes miembros:
TEMA DE LA REUNIÓN : Demanda instaurada por los usuarios del Proyecto Parque Metropolitano contra la Fiduciaria Tequendama y Otros. INTERVENCIONES: La Doctora NUBIA CONSTANZA VELÁSQUEZ DE IBÁÑEZ, Jefe Oficina Asesora Jurídica, toma la palabra y explica el tema relacionado con las demandas instauradas por los prometientes compradores de apartamentos del Proyecto Portales 1 Parque Metropolitano contra la Fiduciaria Tequendama y Otros, en los siguientes términos y teniendo en cuenta el concepto emitido por la abogada externa doctora Leyla Pinzón quien es la apoderada de la Caja que lleva el caso Mediante contrato de Fiducia Mercantil, formalizado mediante escritura 1408 de 28 de mayo de 1993, aclarado mediante escritura 1996 de 23 de julio del mismo año, de la Notaría 41 de esta ciudad, la Caja de la Vivienda Popular (Fiduciante) le transfirió el predio distinguido con el número 50S-40146612 a Fiduciaria Tequendama S.A. (Fiduciario), quien se obligó a mantener dichos bienes para la escrituración, desarrollo y ventas del Proyecto Inmobiliario Parque Metropolitano. Es de explicarles a los demás miembros del comité que la Fiducia Mercantil es un negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada Fiduciante o Fideicomitente, transfiere uno o mas bienes especificados a otra, llamada Fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente provecho de este de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario. En desarrollo del proyecto, Constructora Normandía, quien igualmente es beneficiario del fideicomiso, vende los 120 apartamentos de la etapa Portales I a través de promesa de venta en 1999. La construcción se suspende por la cesación de pagos de Interbanco, entidad que financiaba el proyecto, lo que originó el incumplimiento en la entrega de los apartamentos a los prometientes compradores, por lo cual han instaurado varias demandas ejecutivas, acciones populares y penales contra los fideicomitentes, en particular una acción de grupo que se encuentra en etapa de conciliación, por lo que este comité se debe pronunciar al respecto. La doctora Martha Yolanda Nieto Lemus, comenta que la CVP como Fideicomitente no tiene porque conciliar en forma independiente las pretensiones de los demandantes, pero que en la Junta se aprobó que para resolver el problema que afecta a los compradores de Portales I y en el marco de la liquidación parcial del fideicomiso, se venderá el área libre de la supe rmanzana 3 al consorcio Arpro Napi, con el fin de darle liquidez a la Etapa de Portales I, de manera que se devuelvan las cuotas iniciales a quienes deseen o se continúe con la construcción y se les entregue el respectivo apartamento prometido en venta a quienes opten quedarse en el proyecto. Por tanto, se determinó en la Junta No. 69 que la conciliación con los prometientes compradores se hará a través de Fiduciaria Tequendama en calidad de vocera del patrimonio autónomo en los términos anteriormente descritos. Con el fin de concretar la negociación con el Consorcio Arpro Napi y darle cumplimento a los términos en que se realice la conciliación, en fecha 30 de septiembre del año en curso, la Fiduciaria Tequendama en cabeza de la doctora Martha Patricia Hernández Limongi celebró contrato de promesa de compraventa con el Consorcio Arpro Napi, representado por Roberto Camacho Hernández, con el objeto de transferir en venta el derecho de dominio, propiedad y posesión material que tiene y ejerce sobre el inmueble de 17.000 M2, denominado SUPERMANZANA 3 Proyecto PARQUE METROPOLITANO, que forma parte de uno de mayor extensión, por un valor de $1.500.000.000.oo. Así mismo las partes anteriormente señaladas celebraron contrato de Gerencia de Proyecto y Construcción por Administración Delegada, el día 30 de septiembre del 2002, con el objeto de desarrollar la gerencia y construcción de la etapa Portales 1 del Proyecto Inmobiliario Parque Metropolitano. El doctor Carlos Alberto Lovera Restrepo, Director de Urbanizaciones, toma la palabra y manifiesta que como producto del avance en las negociaciones con el Consorcio Apro - Napi, la Fiduciaria y el nuevo Constructor han realizado dos asambleas con los prometientes compradores, a fin de llegar a acuerdos que permitan, o bien devolver los dineros consignados por ellos más unos intereses de acuerdo al contrato firmado, o la entrega de los apartamentos debidamente terminados, en unos términos y plazos a definir. La mayoría de los afectados se han inclinado por la devolución de los dineros, lo cual se ha previsto para los primeros días dé'' diciembre de 2002, previo, a que todos los 107 prometientes compradores acepten la propuesta antes mencionada. Escuchados los planteamientos y luego de un análisis de los mismos, los miembros del Comité de Conciliación consideran que las alternativas de solución a que a llegado la junta del Fideicomiso, son las más apropiadas para responderles a los prometientes compradores, culminar el desarrollo del proyecto y que la Caja de la Vivienda Popular obtenga los resultados esperados.
|