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ACTA 30 DE 2003 (Septiembre 25) COMITÉ DE CONCILIACIONES DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR En Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil tres (2003), a la hora de las diez de la mañana (10:00 a.m.), previa convocatoria efectuada por el Secretario Técnico del Comité de Conciliaciones, se reunieron en la sala de juntas de la Gerencia los siguientes miembros:
Funcionarios Públicos invitados al Comité de Conciliaciones: Dra. María Constanza Alonso Guzmán, delegada del Ministerio de Justicia y del Derecho. Catalina Santos Ortíz Angela María Pérez Mejía Contratistas de la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular. TEMAS A TRATAR: 1 Conciliación Acción Popular No.025/03, incoada por NUBIA YOLANDA GAITAN CUBILLOS. Actualmente cursa en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección A, la Audiencia Conciliatoria esta prevista por el Tribunal, para el día primero (1º.) de octubre, a las 9:30 A.M. se solicita que la Entidad se comprometa a reubicar a los habitantes de la Zona de Santa Inés (calle del Cartucho). 2 Informes Procesos Laborales a favor de la Entidad. La Doctora NUBIA CONSTANZA VELASQUEZ DE IBAÑEZ, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica da inicio a la reunión haciendo un recuento de los fundamentos y pretensiones de la demanda. Así: Se promueve Acción Popular en contra de la Alcaldía Mayor, entidad pública y los demás entes administrativos y funcionarios que resulten responsables, para que mediante los trámites dispuestos en la Ley 472 de 1998, se ordene al señor Alcalde la reubicación de los habitantes de la calle del cartucho, ubicados en la calle 10 entre Avenida Caracas y Carrera décima, por cuanto considera que se están desalojando a estas personas sin ninguna consideración frente a su situación y causan vulneración y agravio de los intereses colectivos al goce de la tranquilidad y seguridad de la comunidad, vulnerando los derechos de los indigentes a tener un lugar digno donde vivir. Argumenta que las Alcaldías menores competentes, a pesar de que han transcurrido varios años de iniciar el desalojo, hasta la fecha no han presentado soluciones reales frente al desalojo de los indigentes, ya que estos no tienen un lugar a donde ir a reubicarse, anomalías resultantes de un programa de desalojo aplicado sin tener en cuenta ni a los desarraigados ni mucho menos a la comunidad, ni ha realizado diligencia alguna que resulte efectiva para reubicar a los indigentes y que si se inició trámite administrativo, lo ha retardado injustificadamente durante mucho tiempo, omitiendo así un acto propio de sus funciones. Explica la señora Gerente, Dra. LUZ ESTELLA MORENO GARCIA, que la Caja de la Vivienda Popular, de acuerdo con los compromisos y metas, a través de su Programa de Reasentamientos Humanos, actuó bajo dos modalidades, con el fin de buscar el mejoramiento de la calidad de vida de los hogares y contribuir con el proceso de ordenamiento territorial. En desarrollo de esta gestión y conforme al compromiso acordado con cada entidad del Distrito; la Caja atendía a las familias que le fuera posible dentro de sus potestades, como efectivamente lo hizo con las 259 familias que cumplían los requisitos como fueron: - Hogares con ingresos igual o menor a 1.5.SMMLV, sin ahorros, en vulnerabilidad, con referente habitacional en residencia de pago diario o semanal. - Hogares con referente habitacional como arrendatarios o inquilinos formales, con ingresos superiores a 1.5. SMMLV, con cuota inicial y capacidad de pago. - Hogares propietarios residentes con avalúos hasta de 70 SMMLV A través de dos Programas diferentes a saber: 1 PROGRAMA ARRIENDO PROTEGIDO CON ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL, para el grupo poblacional de inquilinos bajo un esquema de coordinación interinstitucional con Renovación Urbana. RESULTADOS El Programa benefició a un total de 127 familias con el siguiente perfil: hogares inquilinos; ingresos iguales o inferiores a 1.5 SMLVM, referente habitacional en el sector; sin problemas de consumo crónico ni psiquiátricos recurrentes; con tradición y hábitos de empleo en el sector 2 ASESORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PROPIA, para el grupo poblacional de arrendatarios, inquilinos formales o propietarios residentes. El Proyecto buscaba acompañar a las familias en el proceso de reasentamiento, para la adquisición de vivienda nueva, usada o construcción en sitio propio. RESULTADOS. Mediante el desarrollo del Proyecto se logró la reubicación de 132 hogares, bajo la modalidad de vivienda Nueva en las siguientes Localidades:
Aclara el Comité, que la Caja de la Vivienda cumplió con lo acordado con cada Entidad del Distrito conforme al programa de Renovación Urbana, porque la Entidad tenía capacidad de pago y las familias reunían los requisitos. Ante la inquietud de cuales son las personas que reclaman por medio de la Acción Popular, se requiere la presencia de las doctoras, CATALINA SANTOS y ANGELA MARIA PÉREZ MEJÍA quienes al respecto manifestaron: La Doctora Catalina Santos, explica que las personas que quedan aún en la Calle del Cartucho son aquellas que requieren tratamientos especiales, que deben ser asumidos por personal especializado dado el alto grado de consumo de drogas, de las cuales muchas requieren tratamiento psiquiátrico. La Doctora ANGELA MARIA, explica: La Caja de la Vivienda no atiende a personas solas, únicamente su atención va dirigida a las familias constituidas como tales. Quedan en la calle del cartucho, la población con alto grado de consumo, alcohólicos, delincuentes, pacientes psiquiátrico, que son personas de difícil trato, que requieren un trabajo especial, como son procesos de desintoxicación para lograr adaptarse y reinsertarse a la sociedad, que se escapa a la esfera de competencia de la Caja de la Vivienda, por eso otras Entidades a nivel Distrital, se encuentran cumpliendo esta misión, Por ejemplo, el Departamento Administrativo de Bienestar Social, esta atendiendo los adultos que conforman esta población; mientras que el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez atiende los menores de edad, en servicios de paso diurnos y nocturnos, en los que se les brinda atención a través de actividades básicas, como alimentación y aseo, y otros servicios de desintoxicación y rehabilitación en donde además de la atención diaria pernoctan, son personas que para buscar la inclusión en la ciudad deben pasar como se dijo por servicios especializados siendo bastante complicada su reinserción a la ciudad. La representante del Ministerio de Justicia, dice que en realidad este es un problema social de difícil tratamiento. Ratifica el Comité, que en lo que tiene que ver con la injerencia en este programa, la Caja de la Vivienda ya cumplió e invirtió los recursos que le fueron encomendados, tan es así que en la presente vigencia no se destinó presupuesto para tal fin. En consecuencia el Comité por unanimidad acuerda no conciliar, por considerar que la misma ya cumplió con lo encomendado en dicho programa. 2 Informes Procesos Laborales a favor de la Entidad La Secretario Técnico del Comité informa de los procesos Laborales a favor de la Entidad, así: VICTOR JULIO RODRIGUEZ BIRRAYES TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA Sentencia del 27 de enero de 2003-09-29 CONCLUSION: No se demostró que las labores desarrolladas por el demandante se encontraban enmarcadas por la excepción contemplada en el Decreto Ley 1421 de julio de 1993. MARIA CLEMENCIA ROMERO DE RUIZ JUZGADO DIECIOCHO LABORAL DEL CIRCUITO Conclusión: El Juzgado concluye que la demandante no se encontraba realizando funciones descritas en el artículo 125 del Decreto 1421 de 1993. En estas condiciones, a las 11:30 a.m. se da por terminada la sesión y se firma por quienes en ella intervinieron.
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