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Acta de Conciliación 6 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
26/09/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/09/2003
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 06 DE 2003

(Septiembre 26)

COMITÉ DE CONCILIACIÓN CONTRALORÍA DE BOGOTA D.C.

Ver el Acta de Conciliación de la Contraloría Distrital 001 de 2003

LUGAR: Oficina Asesora Jurídica

FECHA: Septiembre 26/03

HORA INICIO: 9:00

HORA FIN: 10:50

OBJETIVO

El comité de conciliación se reunió con el fin de continuar con los temas propuesta en el pasado Comité, convocado para 18 de septiembre del presente año, el cual lúe aplazado, relacionado con la Conciliación sobre primas técnicas que se le adeudan a unos funcionarios de la Entidad y acciones de repetición.

ORDEN DEL DÍA

1. Verificación del quórum

2. Primas técnicas

3. Acciones de repetición

DESARROLLO TEMÁTICO

TEMAS TRATADOS

Primas Técnicas. El comité procedió a revisar cuidadosamente las disposiciones contenidas en la Resolución 020 de 2001, encontrando que es necesario ajustaría a los requisitos que exige la Ley 446/98 y su Decreto Reglamentario 1412 de2000, con el fin de proteger en todos los casos los intereses de la entidad frente a los conflictos de carácter particular y contenido económico. Se encontró que entre otras cosas, no es conveniente que se concentre en la Oficina Asesora Jurídica la delegación del Contralor, cuando precisamente esta dependencia hace parte del Comité por así disponerlo la Resolución 020 de 2001. Se advirtió que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Reglamentario 1214/00 el Comité tiene más atribuciones de igual transcendencia, que es importante conocer e incluir en la Resolución Interna que también es necesario ampliar la conformación del comité, de acuerdo con las exigencias de la ley y su Decreto Reglamentario.

Con fundamento en el examen realizado por el Comité de Conciliación para su debido funcionamiento y en especial, atendiendo las observaciones realizadas por la Oficina Asesora Jurídica a la Dirección de Talento Humano, según memorando 15000-611 del 2 de septiembre de 2003, sobre el procedimiento que deberá adelantarse para tornar la decisión que finalmente debe tomarse sobre las primas técnicas solicitadas, los miembros del Comité decidieron dejar sin efecto el contenido del Acta del Comité de Conciliación aprobado el 25 de marzo de 2003, para ser nuevamente sometido a su consideración

Acciones de Repetición: La doctora Julieta Margarita Franco Daza manifestó a los asistentes que al tenor de lo dispuesto en los artículos 4º y 8º de la Ley 678 de 2001, la Contraloría tiene seis (6) meses para iniciar las acciones de repetición o el llamamiento en garantía cuando, el daño causado por la Entidad haya sido consecuencia de la conducía dolosa o gravemente culposa de sus agentes. Como consecuencia de lo anterior, El comité decidió hacer un barrido de las sentencias condenatorias que ha pagado la Contraloría durante los dos últimos años, y en caso de no haberse vencido plazo, someter a consideración del el Comité de Conciliación, para que adopte la decisión, dejando constancia de las razones en que se fundamente.

Oficiar a la Subdirección Financiera para que envíe el informe de los pagos realizados por la Entidad por concepto de conciliación y condenas contra la entidad durante los dos últimos años.

RESULTADOS

Hasta tanto no se modifique la Resolución Reglamentaria 020 de 2001 y se recojan todas la Exigencias de la reglamentación, lo recomendable es aplazar la decisión que se había de tomarse sobre las primas técnicas

ACCIONES A EJECUTAR

Oficiar a la Subdirección Financiera para que envíe el informe de los pagos realizados por la Entidad por concepto de conciliación y condenas contra la entidad durante los dos últimos años

Modificar a Resolución Reglamentaria 020 de 2001 previo estudio que se haga de Su reglamentación actual y Conforme al procedimiento que para en efecto se adopte por la Oficina Asesora Jurídica

RELACIÓN DE ANEXOS

No. de ORDEN

TITULO

RELACIÓN CON EL DESARROLLO TEMÁTICO

COMPROMISOS

ACCIÓN

RESPONSABLE

FECHA LIMITE EJECUCION

1

La Directora de Tálenlo Humano doctora Margarita Ruiz Verjel se comprometió a retomar el tema del reconocimiento del reajuste de la prima técnica para ser presentado en próximo comité

Dirección de Talento Humano

Octubre 15 de 2003

2

Oficiar a la Subdirección Financiera para que envíe la relación de pagos de conciliación y condenas impuestas contra la Entidad, durante los últimos dos (2)años

Oficina Asesora Jurídica

Octubre 15 de 2003

 

JULIETA MARGARITA FRANCO DAZA

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

MARGARITA RUIZ VERJE

DIRECTORA DEL TALENTO HUMANO

PEDRO ALEJANDRO FRANCO G

DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINAC.

MARIO BARRIGA MOLINA

VEEDOR OFICINA CONTROL INTERNO

ALVARO BARRAGAN RAMÍREZ

DIRECTOR RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCIÓN COACTIVA (INVITADO)

LUZ MYRIAM CASTRO PASCUAS.

NOMBRE COMPLETO DE QUIÉN ELABORA Y TRANSCRIBE EL ACTA