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Resolución 2641 de 2007 Ministerio de Hacienda

Fecha de Expedición:
02/10/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/10/2007
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46776 de octubre 09 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 2641 DE 2007

(octubre 2)

por la cual se autoriza a la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP para gestionar la asunción hasta de ciento cincuenta millones de dólares (US$150.000.000) de los Estados Unidos de América, del empréstito externo contratado por Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, el 12 de junio de 2007 con un grupo de bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6° de la Ley 781 de 2002 y el artículo 10 del Decreto Reglamentario 2681 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1243 del 31 de mayo de 2007 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, para asumir parte del empréstito externo contratado por la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, con un grupo de bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V. hasta por la suma de novecientos millones de dólares ($900.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que en desarrollo de la autorización mencionada en el considerando anterior, Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, celebró el 12 de junio de 2007 el contrato de empréstito externo con un Grupo de Bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V. por la suma de novecientos millones de dólares ($900.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que mediante Resolución número 1774 del 24 de julio de 2007, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, para celebrar una operación de manejo de deuda, consistente en la reestructuración del plazo, intereses y demás condiciones del contrato de empréstito externo mencionado en el considerando anterior;

Que dado que el monto de la operación de manejo de deuda celebrada por Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, ascendió a la suma de setecientos cincuenta millones de dólares ($750.000.000) de los Estados Unidos de América, la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, asumirá la suma de ciento cincuenta millones de dólares ($150.000.000), porcentaje del contrato de empréstito que no fue objeto de dicha operación de manejo de deuda;

Que mediante Oficio número S-CL73-2007-006395 del 28 de septiembre de 2007 la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para gestionar operaciones de crédito público consistentes en la asunción de ciento cincuenta millones de dólares (US$150.000.000) de los Estados Unidos de América, del endeudamiento adquirido por Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, en desarrollo del contrato de empréstito externo celebrado el 12 de junio de 2007 con un Grupo de Bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V. por la suma de novecientos millones de dólares ($900.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que el artículo 6° de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el literal a) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 establece que la iniciación de gestiones de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional y de las entidades territoriales y sus descentralizadas requiere autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficios números SC-20072300380821 y SC-20072300382001 del 1° y 2 de octubre de 2007 respectivamente, conceptuó favorablemente entre otros, para que la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, asuma el monto de ciento cincuenta millones de dólares (US$150.000.000) de los Estados Unidos de América del endeudamiento adquirido por Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, en desarrollo del contrato de empréstito externo celebrado el 12 de junio de 2007 con un Grupo de Bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V.;

Que según consta en certificación del 2 de octubre de 2007 suscrita por la Secretaría General (E) de la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, la Junta Directiva de la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2007 autorizó al representante legal entre otros, para asumir la deuda de que trata la presente resolución;

Que teniendo en cuenta que la Empresa de Energía de Bogotá S. A. ESP, ha cumplido con los requisitos señalados por el Decreto número 2681 de 1993,

Ver la Resolución del Min. Hacienda 155 de 2007, Ver la Resolución del Min. Hacienda 2693 de 2007

RESUELVE:

Artículo 1°. Autorizar a la Empresa de Energía de Bogotá S. A. ESP para que gestione la asunción hasta de ciento cincuenta millones de dólares (US$150.000.000) de los Estados Unidos de América, del endeudamiento adquirido por Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP-TGI. S. A. ESP, en desarrollo del contrato de empréstito externo celebrado el 12 de junio de 2007 con un Grupo de Bancos actuando como agente administrativo el ABN AMRO Bank N.V. por la suma de novecientos millones de dólares ($900.000.000) de los Estados Unidos de América.

Artículo 2°. Los términos y condiciones financieras a los cuales deberá sujetarse la gestión, autorizada por el artículo anterior de la presente resolución, serán:

• Amortización: En una (1) cuota, pagadera el 31 de octubre de 2007.

• Interés: Sobre el monto asumido por la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP se pagará un interés anual de Libor más un margen, de uno punto cincuenta por ciento (1.50%), o una base alterna de conformidad con lo que se establezca en el respectivo contrato de empréstito.

• Gastos: Los propios de este tipo de operaciones.

Artículo 3°. La presente autorización no exime a la Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP del cumplimiento de lo estipulado en el literal b) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 y de las demás normas de cualquier naturaleza que le sean aplicables, en especial la Resolución número 08 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular DODM -145 del 19 de julio de 2007 y demás normas que las modifiquen o adicionen.

Artículo 4°. La Empresa de Energía de Bogotá, S. A. ESP, deberá mantener informado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, sobre las gestiones que adelante con base en la presente resolución.

Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18 de la Ley 185 de 1995.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 2007.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46776 de octubre 09 de 2007.