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Acta de Conciliación 3 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
19/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/08/2004
Medio de Publicación:
No se pública
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA DE REUNION No

ACTA 03 DE 2004

(Agosto 19)

HOSPITAL USME I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En Bogotá D.C., dentro de las Instalaciones del HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E., siendo las 2:30 P.M., se reunieron la Doctora GLADYS MYRIAM SIERRA PÉREZ Gerente del HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E., quien además preside la presente reunión, el Doctor WILSON DARIO BUSTOS GUARIN quien actúa en calidad de Subgerente (E) de Servicios de Salud, el Doctor FABIO BARRERA BARÓN quien actúa en calidad de Subgerente Administrativo y Financiero, la Doctora MYRIAM HERRERA DURAN quien actúa como Jefe de Planeación y sistemas, quienes a su vez actúan con voz y voto en la decisión que a continuación se presenta:

Dra. BETTY PULIDO (CONTRATISTA) - Invitada Oficina Jurídica.

1 Verificación del Quórum.

2 Lectura del Acta Anterior.

3 Caso: Puesta en consideración del Comité de Conciliación el pago pendiente con la UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO - Contratista

4 Caso: Puesta en consideración del Comité de Conciliación el pago pendiente CARLOS ARTURO CELIS GÓMEZ.- Contratista.

5 Caso: Puesta en consideración del Comité de Conciliación el pago pendiente con la firma DISPAPELES - Contratista

6 Proposiciones y varios.

(En este punto se pondrán a consideración los casos allegados posteriormente a la elaboración del orden del día pero antes de la celebración del presente Comité).

7 Caso: CRYOGAS - Contratista.

7 Lectura de correspondencia.

1. UNA VEZ VERIFICADO EL QUÓRUM SE PROCEDE COMO SIGUE:

2. SE DA LECTURA AL ACTA ANTERIOR Y SE APRUEBA.

3. CASO UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO: Manifiesta la Dra. BETTY PULIDO BUITRAGO, La Universidad Antonio Nariño prestó los servicios de esterilización de caninos y felinas bajo el contrato No.101-2002, suscrito con el Hospital de Usme el 26-02-02 y hasta el 27-02-03, por la suma de $13.650.000, se hizo un primer pago por valor de $6.300.000 correspondiente 300 esterilizaciones realizadas quedando un saldo de 300 esterilizaciones por pagar. En diciembre 26 de 2003 la Universidad allega cuenta de cobro por la suma de $6.300.000 junto con la certificación del supervisor del contrato, correspondiente a 300 esterilizaciones realizadas, cuenta que no fue cancelada en el momento toda vez el contrato 101 no se encontraba publicado. El día 19-02-04 El Contratista (Universidad Antonio Nariño), allega la publicación del contrato y en razón a la mora en la legalización de la respectiva cuenta se reintegro el saldo respectivo.

Una vez revisada y analizada la petición de la Universidad y teniendo en cuenta certificación de cumplimiento de las actividades objeto del contrato 101-2002 ante el Comité se encuentra lo siguiente:

Manifiesta la Dra. GLADYS MYRIAM SIERRA PEREZ, que se debe revisar el movimiento de liberación de saldos y evaluar el procedimiento de liberación de los mismos el cual lo debe hacer la Oficina Jurídica avalado por el Interventor.

Por todo lo anterior, el Comité en Pleno aprueba el pago toda vez que el servicio se prestó como se puede verificar en la documentación anexa.

4 CASO - CARLOS ARTURO CELIS GÓMEZ - CONTRATISTA

El Ingeniero CELIS GÓMEZ prestó sus servicios a ésta Entidad como Contratista, servicios que correspondían a obras en la UBA LA FLORA mediante el contrato No.268 de 2003, contrato que ascendía a la suma de $8.528.426. El pasado 15-10-03 el contratista presenta un informe sobre obras no previstas en donde éstas son avaluadas en $1.562.570 Y $100.000, correspondientes al contrato 307-2003, que se adeudan por concepto de mano, toda vez que no fueron incluidos dentro del contrato 307-2003 porque quedo mal y hecha la suma, siendo por pagar el total de $1.662.570.

Sin embargo el Dr. JUAN CARLOS CRISTANCHO DIAZ, certificó el 22-01-2004, que estas obras obedecían a sugerencias realizadas por el IDU.

A lo anterior manifiesta la Dra. BETTY PULIDO BUITRAGO, los pagos anteriores no se realizaron toda vez que quedo pendiente para el próximo Comité, el cual no se llevo a cabo por cuanto no había habido Quorum, teniendo en cuenta las renuncias de los integrantes del mismo como fue el Jefe de la Oficina Jurídica quien se retiro el día 20 de abril de 2004, la Jefe de Planeación y sistemas quien se retiro el día 9 de junio de 2004 y el Subgerente de atención en Servicios de Salud quien se encuentra en Licencia desde el día 21 de junio de 2004.

El Comité en Pleno Aprueba el pago teniendo en cuenta que las obras fueron realizadas en su momento y que tanto el supervisor como por el contratista presentan la documentación al día.

5. CASO - DISPAPELES - CONTRATISTA

Por necesidad del servicio en noviembre de 2003, la Subgerencia Administrativa y financiera, autorizo la compra de 3 cajas de papel forma continua a la firma DISPAPELES por valor de $229.680 para el área de facturación, en razón a que no había papel ni tampoco contrato, quedando inicialmente que el pago se haría a través de un avance, el cual nunca se hizo.

Manifiesta el Dr. FABIO BARRERA, Para el caso se identificaron los documentos de entrada y salida para el consumo del papel con el almacén y se determino realmente la necesidad del servicio.

El Comité en Pleno Aprueba el pago teniendo en cuenta que la adquisición del papel efectivamente obedeció a una necesidad.

6. PROPOSITOS Y VARIOS

Como se dijo al principio de ésta reunión, aquellos casos que fueron presentados posteriormente al establecimiento del orden del día pero que a su vez se entregaron antes de la celebración de la presente reunión se tratarán en el punto de proposiciones y varios como sigue:

CASO - CRYOGAS - CONTRATISTA.

Se presenta solicitud por parte de la Subgerencia de Servicios de Atención en Salud por valor de $3.586.484, toda vez que el contrato No.333-2003, suscrito con el Hospital el cual vencía el 30 de junio y teniendo en cuenta que el promedio de facturación es de $10.000.000, se solicitaron las adiciones correspondientes, las cuales no se dieron si se debe tener en cuenta que la oficina de presupuesto se encontraba en el proceso de armonización, además se debe tener en cuenta que El Contratista la facturación las cuentas no pasaba a cuentas.

Manifiesta la Dra. GLADYS MYRIAM SIERRA, que se debe pagar teniendo en cuenta que El Contratista suministro el oxigeno siendo este un insumo vital y que el presupuesto se demoro aproximadamente cuatro (4) meses.

A lo anterior el Comité en pleno manifiesta que el pago debe hacerse toda vez que el servicio se presto.

Por lo anteriormente expuesto el Comité de Conciliación del HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E.

DECIDE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR EL ACTA ANTERIOR.

ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR que por medio de la figura de la conciliación prejudicial prescrita por el Artículo 75 de la Ley 446 de 1998 se realice el reconocimiento y pago de las acreencias a las personas jurídicas y naturales que a continuación se relacionan: UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO - Contratista, CARLOS ARTURO CELIS - Contratista, DISPAPELES - Contratista y CRYOGAS - Contratista, lo anterior en los términos valores y cuantías estipuladas dentro de la parte considerativa de ésta decisión.

No siendo otro el objeto de la presente se lee, aprueba y suscribe por los que en ella intervinieron a los diecinueve (19) días del mes de agosto de dos mil cuatro (2.004).

FABIO BARRERA BARÓN

SUBGTE. ADTIVO. Y FINANCIERO

HOSPITAL DE USME I NIVEL

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

WILSON DARIO BUSTOS GUARIN SUBGTE. (E)SERVICIOS DE SALUD HOSPITAL DE USME I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

MYRIAM HERRERA DURAN

JEFE DE PLANEACIÓN

HOSPITAL DE USME I NIVEL

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

GLADYS MYRIAM SIERRA PÉREZ

GERENTE

HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E.