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Acta de Conciliación 3 de 2000 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
21/09/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2000
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

HOSPITAL USME I NIVEL

ACTA 03 DE 2000

(Septiembre 21)

HOSPITAL USME I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En Bogotá, D.C, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil (2000), siendo la hora de las 8:00 a.m. se reunieron en el despacho de gerencia los miembros del comité, con el propósito de llevar acabo el orden del día propuesto en el memorando interno del día dieciocho (18) de septiembre de dos mil (2000), por el secretario ejecutivo ad-hoc, previo envío de citación al ministerio de Justicia para lo pertinente

Orden del día propuesto:

1. Instalación por parte de la Gerencia o su delegado.

2. Designación de Secretario ad-hoc

3. lectura y aprobación del acta anterior,

4. Presentación de las diferentes alternativas de solución de conflictos, arreglo directo, transacción conciliación y arbitraje.

5. Presentación, aprobación o improbación de las solicitudes de conciliación de:

- Labsco E.A.T., Servicios prestados por mayor valor del contrato.

- Optivisión E.A.T. Servicios prestados por mayor valor del contrato,

- Dentiexpress E.A.T, Servicios prestados por mayor valor del contrato.

- Surgimedical E.A.T. Servicios prestados por mayor valor del contrato.

- Cooperativa Medicoop E.A.T. Servicios prestados por mayor valor del contrato.

- Cryogas, Servicios prestados sin contrato.

- Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC". Servicios prestados sin contrato y por mayor valor del contrato.

6. Proposiciones y varios.

7. Conclusiones.

Desarrollo de la reunión:

Se pone en discusión el orden del día propuesto adicionándose como punto primero la constatación del quórum.

1. Verificada el quórum. Se constato la asistencia de la Gerente, Dra. Gladys Sierra Pérez; Subdirector científico, Dr. Fredy de Jesús Montenegro; Jefe de Planeación y Sistemas, Dra. Martha Liliana Cruz; El Jefe de la Oficina Jurídica, Dr. Henry Negro Torres.

En calidad de asistente, por derecho propio se encuentra la Dra. Magda Montaño Lucena, Jefe de la Oficina de Gestión Pública y Autogestión. No asistieron los miembros del comité: El subdirector administrativo y financiero, por encontrarse vacante el cargo.

2 La señora gerente procede a dar la correspondiente instalación al comité.

3 Se Continua delegando como secretario ad-hoc al Doctor Henry Negro Torres, mientras que se logra tener los recursos disponibles para contratar al personal necesario.

4. Se procede a la lectura del acta anterior la cual es aprobada por unanimidad.

5. El Jefe de la Oficina Jurídica, Dr. Negro Torres, procede a hacer una explicación detallada de los medios alternativos de solución de conflictos, explicando sus consecuencias, forma de conformación, implicación legal, de esta exposición concluye que la transacción es uno de los medios más eficaces para aplicar en el Hospital por cuanto es una medida de tipo legal, contractual y teniendo en cuenta que el Hospital puede suscribir contratos de derecho privado es legal hacerlas.

6. Se procede a la exposición por parte del Dr. Negro de las diferentes solicitudes de conciliación de las cuales según la exposición se aprueba que se celebren contratos de transacción con las firmas Labsco EAT, Cooperativa Medicoop y Cryogas S.A., según la solicitud por cada uno de ellos presentada, las tres restantes no se aprueba transar por cuanto no se posee la suficiente información, específicamente respecto a la firma Surgimedical EAT existe una glosa de parte de la Secretaria Distrital de Salud que esta por decidir.

La Señora Gerente manifiesta que es responsabilidad exclusiva de cada uno de los supervisores el que los contratos se ejecuten de acuerdo al texto contractual y la disponibilidad presupuestal, y de no ser así estos deberán de asumir el mayor valor de servicios prestados y se iniciaran investigaciones de tipo administrativo y disciplinario.

7. En proposiciones se inicia a exponer los diferentes riesgos que la entidad puede afrontar y que le implican responsabilidad legal, determinándose la necesidad de que la totalidad de los contratistas de prestación de servicios se vinculen mediante empresas y no seguir contratando con personas naturales.

El Dr. Negro Torres procede a exponer la situación de cada uno de los procesos que están a su cargo por delegación de la gerencia, exponiendo las razones por las cuales se presenta mora en su impulso aclarando que este no se debe a la voluntad del profesional del derecho sino a la congestión en los despachos judiciales en que debe atender las acciones; a lo cual la Señora gerente expresa su inconformismo por no existir de manera individual un plan de acción y que este es responsabilidad de quien representa la entidad.

El Dr. negro aclara que durante su gestión el Hospital no ha perdido caso judicial alguno, de la misma manera que no ha perdido ninguna tutela, que le haya sido encargada su respuesta.

8. Se determinan las siguientes conclusiones:

a. Existen diferentes mecanismos de solución de conflictos, b. La transacción al estar prevista en la legislación civil es la herramienta más efectiva para que la entidad pueda solucionar los diferentes conflictos que se le presentan, c. Los interventores de los contratos están llamados a responder disciplinaria y administrativamente por la ejecución de los contratos.

No habiendo otro punto más que tratar, se da por terminada la sesión siendo la hora de las l0:30 a.m.

En constancia.

GLADYS MYRIAM SIERRA PÉREZ

Gerente

HENRY NEGRO TORRES

Secretario técnico

Jefe Oficina Jurídica

Hospital de Usme I nivel, E.S.E.