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Acta de Conciliación 2 de 2000 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital Fontibón II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
20/11/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2000
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 02 DE 2000

ACTA 02 DE 2000

(Noviembre 20)

HOSPITAL DE FONTIBON E.S.E

En Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de noviembre de 2000, siendo las 8:00 a.m., se reunieron en la Gerencia del Hospital los miembros del Comité de Defensa Judicial y Conciliación, Dr. EDGAR ZAMUDIO PULIDO Gerente, la Dra. XIMENA DEL ROCÍO POVEDA TRUJILLO Subgerente Administrativa y Financiera, la Dra. CLARA INÉS RODRÍGUEZ ABRIL Asesora de Planeación, Mercadeo y Sistemas, el Dr. HUGO VASQUEZ CRUZ Jefe Oficina Gestión Pública y Autocontrol y la Dra. ELBA SALAMANCA VALENZUELA Asesora Jurídica, con el fin de llevar a cabo la sesión extraordinaria convocada para someter a consideración de la deuda existente del Fondo Financiero Distrital de Salud con los Hospitales, Fontibon II Nivel y San Pablo Fontibon I Nivel fusionados por el Acuerdo Distrital N° 11 de 2000, en Hospital Fontibon Empresa Social del Estado, siendo que los Gerentes de los Hospitales acreedores del Fondo también, se han venido reuniendo en la Secretaria Distrital de Salud con el fin de depurar los estados financieros, siendo que los diferentes Hospitales de la Red han prestado servicios de salud a la población más pobre y vulnerable, conforme los postulados de la Constitución Nacional, en donde dispone que la Salud es un Derecho, a cargo del Estado. Toma la palabra el gerente para informar que sean reunido en la Secretaria Distrital de Salud para revisar las cuentas soporte por soporte, la Secretaria de Salud Distrital encontró que efectivamente los Servicios de Salud fueron prestados por cada uno de los Hospitales adscritos a la Red Distrital y concretamente con lo que atañe a este Hospital, una vez efectuada la respectiva revisión minuciosa, llegó a la conclusión que reconocería y pagaría a este Hospital la suma de CIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS TRES MIL CERO OCHENTA PESOS ($186.503.080) M/CTE que corresponde a: Los Servicios de Salud prestados entre los días 1° de Febrero al 16 de Marzo de 2000, época en cual se estaba negociando la respectiva contratación con las ARS, pero los Servicios de Salud, por ser un Servicio Público, a cargo del Estado y a Nivel Territorial a cargo de la Secretaria Distrital de Salud, no se podía suspender este servicio público conexo a la vida como derecho fundamental, es tutelable. Servicios segregados así: al Hospital Fontibon II Nivel la suma de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS ($173.901.841) M/CTE y al Hospital San Pablo Fontibon I Nivel la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($12.601,239) M/CTE. Acreencia que de conformidad con el Acuerdo 11 de 2000 que ordenó la Fusión de estos dos (2) Hospitales le corresponde al Hospital Fontibon Empresa social del Estado. Toma la palabra la Dra. Ximena del Roció Poveda Trujillo para informar que efectivamente es el valor que de conformidad con las normas de Seguridad Social debe ser reconocido y cancelado a este Hospital por el Fondo Distrital de Salud, En este estado la Asesora Jurídica del Hospital manifiesta que el cobro de esta suma puede iniciarse mediante el Trámite de una Conciliación prejudicial ante el Ministerio Público, para lo cual en coordinación con el Fondo, reunirán los documentos para su respectiva presentación el cual se procurará presentar antes del vencimiento de esta vigencia. Sometido a votación por unanimidad se aprueba y siendo que la cartera del Hospital es alta, se recomienda que en lo posible el pago para su cancelación no exceda de tres (3) meses una vez el Tribunal apruebe la Conciliación. No siendo otro el objeto de esta reunión se da por terminada y se firma por el Gerente y la Secretaria, como aparece una vez leída y aprobada por todos los asistentes al Comité.

Dr. EDGAR ZAMUDIO PULIDO

Gerente

Presidente

Dra. ELBA SALAMANCA VALENZUELA

Asesora Jurídica

Secretaria