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ACTA 1 DE 2005 (Febrero 08) CORPORACION LA CANDERLARIA SESIÓN EXTRAORDINARIA FECHA: 08 de febrero de 2005HORA: 16:00 horas LUGAR: Gerencia General ASISTENTES: Arq. GABRIEL PARDO GARCÍA-PEÑA, Gerente General. Ing. ROBERTO ANTONIO CONTRERAS MORA, Subgerente Administrativo y Financiero. Arq. ALBERTO ESCOVAR WILSON-WHITE, Subgerente Técnico. Arq. ILONA MURCIA IJJASZ, Asesora de Planeación. Abg. LIZETHE SALAZAR SÁNCHEZ, Asesora Jurídica. INVITADOS Abg. BIVIANA AGUILLÓN MAYORGA, Asesora de Control Interno. Arq. MARGARITA CECILIA MARINO VON HILDEBRAND, Asesora de Proyectos Especiales. ORDEN DEL DÍA: 1. Verificación del quórum. 2. Analizar las fórmulas de conciliación judicial dentro del proceso ordinario de menor cuantía instaurado por la Corporación La Candelaria contra el Banco de Bogotá, Expediente No. 2003-1126. DESARROLLO: 1. VERIFICACIÓN DEL QUORUM: Una vez verificado el quórum, se da inicio a la reunión. 2. Analizar las fórmulas de conciliación judicial dentro del proceso ordinario de menor cuantía instaurado por la Corporación La Candelaria contra el Banco de Bogotá, Expediente No. 2003-1126. La Asesora Jurídica de la Corporación, LIZETHE SALAZAR SÁNCHEZ, explica a los miembros del Comité los hechos que fundamentaron la demanda, enfatizando en el pago de cuatro (4) cheques hurtado de la Corporación, por valor de $3.790.000, por parte del Banco de Bogotá, sin que los mismos cumplieran con los requisitos previamente establecidos por la Entidad y el Banco al momento de la apertura de la Cuenta Corriente. Manifiesta que el Juzgado Trece Civil Municipal, despacho que conoce el proceso, fijó fecha de audiencia de conciliación para el día 11 de febrero de 2005 a las 2:00 p.m., razón por la cual este Comité debe analizar las posibles fórmulas para conciliar y autorizar al Representante Legal de la Corporación para presentarlas en audiencia. Señala que previo análisis efectuado por el apoderado externo de la Corporación, abogado RAMIRO RODRÍGUEZ LÓPEZ y la Asesora Jurídica, se concluyó que, en caso de que el Banco decida conciliar, las fórmulas a proponer serían las siguientes: - El pago del valor total de los cheques ($3.790.000) más el pago de intereses corrientes, renunciando al pago de intereses moratorios. - El pago del valor nominal de los cheques únicamente, renunciando al pago de los intereses corrientes y moratorios. Seguidamente se dan a conocer los motivos de hecho y de derecho que fundamentan dichas propuestas. Concluye su intervención la Asesora Jurídica manifestando que en el caso analizado, es procedente la conciliación, a fin de evitar mayores gastos en el acompañamiento del proceso y la defensa de la Entidad, además de evitar desgaste administrativo. Previo análisis de los argumentos expuestos por la Asesora Jurídica de la Corporación, la totalidad de los miembros del Comité deciden autorizar al Gerente General para que concilie bajo las fórmulas analizadas. No siendo otro el objeto de la presente reunión se suscribe la correspondiente Acta por los que en ella intervinieron, a las 16:30 horas.
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