| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO 06 DE 2007 (Junio 21) "Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo Local No. 001 de marzo de 2007, por medio del cual se crea el "Sistema Ambiental Local de Usaquén SALU". LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1993, Articulo 86, numeral 2 y el Acuerdo Local No. 001 de Marzo de 2007, artículo 12; y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Distrital 697 de 1993 y el Decreto Distrital No.612 de 2006 y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Distrital 697 de 1993, organiza las Comisiones Ambientales Locales CAL, en el Distrito Capital de Bogotá. Que el Acuerdo Local No. 001 de Marzo de 2007, proferido por la Junta Administradora Local de Usaquén, creó el Sistema Ambiental Local -SALU- Que el Acuerdo Local No. 001 de Marzo de 2007, proferido por la Junta Administradora Local de Usaquén, en su artículo 12 faculta a la Alcaldía Local para que reglamente el Acuerdo No. 001 de 2007. Que se hace necesario reglamentar el Acuerdo 01 de 2007, proferido por la Junta Administradora Local "Por medio del cual se crea el Sistema Ambiental Local de Usaquén SALU" en sus: ARTÍCULO 9. Conformación de la Comisión Ambiental Local. La Comisión Ambiental Local, estará conformada por: 1. (…) 2. (…) 3. (…) 4. (…) 5. (…) 6. (…) 7. Representante de las organizaciones sociales de la localidad 8. Representante de las comunidades estudiantiles de la localidad de Usaquèn. 9. (…) 10. Representante de las Unidades Ambientales de Investigación y Acción ARTÍCULO 11. Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico: Las Comisiones Ambientales contarán con la asesoría de un Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico, DECRETA: ARTÍCULO 1. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES, CÍVICAS, AMBIENTALES O ECOLÓGICAS DE LA LOCALIDAD. Para efectos de las designaciones de que habla el artículo 9 Numeral 7, convoquese mediante aviso público por cualquier medio de comunicación a las Organizaciones Sociales, Cívicas, Ambientales o Ecológicas que desarrollen su actividad en la localidad con el objeto de que designen a un representante de cada una de las mismas ante la Comisión Ambiental Local. PARÁGRAFO 1. DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria se realizara por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir del primer día hábil del mes de julio. PARÁGRAFO 2. DE LA INSCRIPCIÓN. La inscripción de cada uno de los representantes de las organizaciones convocadas se llevara a cabo durante los cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la terminación de la convocatoria, en la Alcaldía Local de Usaquén. Para la inscripción de los representantes designados, de que tratan los parágrafos anteriores, se deberá presentar la siguiente documentación: 1. Documento que acredite la representación legal de la organización, si la tuviere o en su defecto, copia del acta de constitución de la organización. 2. Fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal de la organización o de la persona delegada. 3. Documento de la respectiva Organización, suscrito por su representante legal o quien haga sus veces, en donde conste, con nombres, apellidos e identificación, la respectiva designación. ARTÍCULO 2. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS COMUNIDAD ESTUDIANTIL DE LA LOCALIDAD DE USAQUÉN. A través del CADEL se coordinarà la elección para la representación de la comunidad estudiantil, con la elección de un principal y un suplente, designaciones que se definirán atendiendo la primera y segunda mayor votación. PARÁGRAFO. Cada Rector enviarà un estudiante delegado a la Asamblea convocada por la Alcaldía Local, que se realizarà el último día hábil del mes de julio, donde se elegirá por mayoría simple, el representante y su suplente ante la Comisión Ambiental Local. Cada estudiante delegado, previo a la elección, deberá presentar una problemática ambiental local ante la Asamblea. ARTÍCULO 3. DE LA ELECCIÓN REPRESENTANTE DE LAS UNIDADES AMBIENTALES DE INVESTIGACIÓN Y ACCIÓN: La elección del representante de las Unidades Ambientales, se hará por parte de los rectores de las Universidades o sus delegados. Con tal fin, La Alcaldía Local de Usaquèn convocará la realización de una Asamblea de delegados enviados por los Rectores en la que se efectuará la elección, la cual se realizara el último día hábil del mes de julio. ARTÍCULO 4: DEL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO: Para efectos de la conformación del Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico, La Alcaldía local convocarà a las respectivas Universidades y /o instituciones de educación superior con asiento en la localidad y que cuenten con Unidad de Investigación Ambiental, para que previa designación de un representante de cada una de ellas, en asamblea general se elija un representante principal y otro suplente, a mas tardar el 31 de julio. Parágrafo 1. Una vez conformado el Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico, junto con la Secretaria técnica de La Comisión Ambiental Local y la secretaria técnica de la Unidad de Apoyo Técnico Ambiental - UATA- se establecerá el procedimiento para la coordinación y armonización de sus acciones tendientes al el cumplimiento de los objetivos del SALU. Parágrafo 2. En caso de no existir Unidades Ambientales de Investigación y Acción en las Universidades y/o instituciones de centros de educación superior en la localidad, la Alcaldía Local convocarà a los rectores de las mismas para que designen a un representante del área ambiental con el fin de dar cumplimiento consignado en el artìculo anterior. ARTÍCULO 5: Si por cualquier circunstancia de fuerza mayor, a la fecha de instalación de la Comisión Ambiental Local, no hubiese sido posible la elección de cualquiera los representantes de que habla los numerales 7, 8 y 10, del Articulo 9 del Acuerdo 001 de 2007, la misma se instalarà y funcionarà. Sin perjuicio de que superadas las circunstancias de fuerza mayor, de inmediato, se realice la correspondiente elección. ARTÍCULO 6: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Bogotá, D.C., a los 21 del mes de junio de 2007 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA EUGENIA BOTERO TERREROS Alcaldesa Local de Usaquén NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3785 de junio 22 de 2007 |