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RESOLUCIÓN 0649 DE 2007 (Noviembre 6) Por medio de la cual se deroga la Resolución Número 0090 del 16 de febrero de 2007 expedida por la Secretaría de Gobierno de Bogotá. EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ En uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 261 del 19 de julio de 2006, el señor Alcalde Mayor de Bogotá designó al Secretario de Gobierno de Bogotá D.C, como el funcionario encargado de autorizar el funcionamiento de los Hogares de Paz en el territorio del Distrito Capital. Que el Programa de Atención complementaria a la población reincorporada con presencia en Bogotá, programó y realizó una serie de visitas conjuntas entre los días 8 y 23 de octubre del presente año, con la Secretaría de Salud y la Alcaldía Local respectiva, a cincuenta (50) inmuebles ubicados en el territorio del Distrito Capital. Que con base en las actas elaboradas durante dichas visitas, el Subsecretario de asuntos parar la Convivencia y Seguridad ciudadana, elaboró un concepto de viabilidad sobre todos y cada uno de los inmuebles examinados, con destino al Secretario de Gobierno de Bogotá quien, mediante Resolución motivada, autorizará o negará su funcionamiento como Hogares de Paz en esta ciudad. Que una vez analizado el resultado de las visitas realizadas durante el mes de octubre del presente año, se consideró pertinente iniciar un proceso de implantación a nivel local consistente en la sensibilización y apropiación por parte de las comunidades de acogida sobre su decisiva participación respecto de la instalación y funcionamiento de los hogares de paz en el Distrito Capital. Que dentro de esta nueva etapa del control ejercido sobre los mencionados inmuebles, se busca una mayor claridad y definición, para lo cual se considera necesario simplificar la normatividad sobre el tema. Que en mérito de lo expuesto, Ver la Resolución de la Sec. Distrital de Gobierno 650 de 2007 RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Derógase la totalidad de la Resolución No. 0090 del 16 de febrero de 2007: "Por medio de la cual se modifica la Resolución Número 903, expedida por la Secretaría de Gobierno de Bogotá". ARTÍCULO SEGUNDO.- En consecuencia, revócanse todos los permisos provisionales otorgados por la Secretaría de Gobierno de Bogotá, para el funcionamiento de los Hogares de Paz. ARTÍCULO TERCERO.- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir del 9 de diciembre de 2007. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de noviembre de dos mil siete (2007). JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO Secretario de Gobierno NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3874 de noviembre 15 de 2007. |