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Decreto 4665 de 2007 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
29/11/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/11/2007
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46827 de noviembre 29 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 4665 DE 2007

(Noviembre 29)

Por el cual se adopta la actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 3° literal b) del Decreto-ley 1567 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 1567 de 1998, corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública formular y actualizar el Plan Nacional de Capacitación conjuntamente con la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP;

Que el numeral 2, literal b), del artículo 19, de Ley 909 de 2004 determina que el diseño de cada empleo debe contener el perfil de competencias, y el numeral 1 del artículo 36 de la citada ley señala que la capacitación y la formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal) y organizacional de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios;

Que se consultó a las entidades del nivel territorial sobre las necesidades concretas en materia de capacitación, con el fin de incorporar sus prioridades y propuestas en las orientaciones y estrategias de la de formación y capacitación;

Que se hace necesario adoptar un nuevo Plan Nacional de Formación y Capacitación que incluya las orientaciones de la capacitación por competencias y los requerimientos de las entidades territoriales en materia de formación y capacitación para cumplir con eficiencia los objetivos del citado Plan y las políticas del Gobierno Nacional;

Que mediante el documento "Política Nacional de Formación y Capacitación de Empleados Públicos para el Desarrollo en Competencias" de fecha 1° de octubre de 2007, el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública y el Director de la Escuela Superior de Administración Pública, formularon el nuevo Plan Nacional de Formación y Capacitación;

Teniendo en cuenta lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1°. Adoptar la actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos, formulado por el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, a que hace referencia la parte motiva de este decreto, el cual hace parte integral del presente decreto.

Artículo 2°. El Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública, tendrán el término de seis meses para el diseño y divulgación de los instrumentos necesarios, para la formulación e implementación de los Planes Institucionales de Capacitación con base en Proyectos de Aprendizaje por Competencias.

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y deroga el Plan Nacional de Formación y Capacitación al que hace referencia el Decreto 682 del 16 de abril de 2001.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2007.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46827 de noviembre 29 de 2007.

Los anexos pueden ser consultados en el medio impreso o virtual del Diario Oficial referido.