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Decreto Local 14 de 2007 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
15/11/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/11/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3882 de noviembre 27 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local 014 de 2007

DECRETO LOCAL 014 DE 2007

(Noviembre 15)

"Por medio del cual se institucionaliza el día de la localidad de Rafael Uribe Uribe "

LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por la constitución nacional, el Decreto Ley 1421 de 1993 , y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Distrital 7 del 4 de diciembre de 1974, se crea la Alcaldía Menor de Rafael Uribe Uribe y se fijan sus límites.

Que la denominación de la localidad se hace en honor a Rafael Uribe Uribe, jurisconsulto, orador, militar, polemista, periodista y diplomático antioqueño, general de la Guerra de Los Mil Días y mártir de la democracia que cae asesinado en 1914 en las propias gradas del Capitolio Nacional cuando se encaminaba al Senado con un proyecto de Ley sobre indemnización para accidentes de trabajo. Precursor del Derecho Laboral en Colombia, defensor de los indígenas y campesinos, parlamentario de gran trayectoria luchó hasta su muerte por redimir la miseria que tanto ha aquejado al pueblo colombiano durante su historia.

Que el numeral 7 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece como atribución de la alcaldesa local la de dictar los actos y ejecutar las operaciones necesarias para la protección, recuperación y conservación del patrimonio cultural, arquitectónico e histórico de la localidad.

Que se estima necesario institucionalizar un día de la localidad de Rafael Uribe Uribe, a fin de preservar la memoria histórica y promover espacios de discusión que permitan la protección y conservación del patrimonio cultural e histórico y se estima que la fecha de creación de la Alcaldía es un hito histórico importante que debe preservarse.

Que a partir de esta institucionalización del día de la localidad, se propone realizar actividades que promuevan el sentido de pertenencia de la población, al tiempo que facilite un espacio de discusión y encuentro para proponer acciones que mejoren las condiciones de vida de la localidad.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Institucionalizar el 4 de diciembre como el día de la localidad de Rafael Uribe Uribe a fin de promover la realización de actividades que fomenten la discusión y espacios de encuentro para proponer acciones que mejoren las condiciones de vida de la población que habita o labora en la localidad.

ARTÍCULO SEGUNDO.- En el marco de la conmemoración del día de la localidad de Rafael Uribe Uribe, las autoridades locales promoverán el desarrollo de actividades y eventos que permitan contar con una amplia participación de la comunidad fomentando el sentido de pertenencia y la preservación del patrimonio cultural e histórico local.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de noviembre de dos mil siete (2007).

IRMA SOCORRO ESTUPIÑAN BOHÓRQUEZ

Alcaldesa Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3882 de noviembre 27 de 2007.