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CIRCULAR 006 DE 2007
(Diciembre 26)
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PARA: |
SECRETARIOS, DIRECTORES, ALCALDES LOCALES, GERENTES DE EMPRESAS, DIRECTORES FINANCIEROS, TESOREROS, CONTADORES Y RESPONSABLES DE PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN EL PRESUPUESTO GENERAL DEL DISTRITO CAPITAL, ORGANISMO DE CONTROL Y ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO. |
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DE: |
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. |
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ASUNTO: |
CIERRE FISCAL 2007 |
Ver la Circular Distrital 06 de 2005
De conformidad con lo establecido en el artículo 38 numerales 3 y 14 del Decreto Ley 1421 de 1993 y en el inciso 2° del artículo 61 del Decreto Distrital 714 de 1996, al cierre de la vigencia fiscal cada organismo y entidad constituirá las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuestales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que le dieron origen.
No obstante lo anterior, y dado que en el artículo 102 del Decreto Distrital 714 de 1996 se faculta al Gobierno Distrital para establecer las fechas, plazos, etapas, actos, procedimientos e instructivos para darle cumplimiento al Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, se recomienda que con el fin de efectuar un adecuado cierre fiscal de la vigencia 2007 y asegurar con prontitud y debida diligencia, una ejecución presupuestal transparente, que las Entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito efectúen el cierre de la misma el día 28 de diciembre de 2007, antes de la media noche, coordinando lo pertinente con la Secretaría Distrital de Hacienda.
Cordialmente,
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
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Copia información: |
Dr. Oscar González Arana Contralor Distrital |
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Dr. Herman Arias Gaviria Personero Distrital |
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