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DECRETO 1242 DE 1997 (Diciembre 30) Derogado por el art. 8, Decreto Distrital 681 de 1998 Por el cual se adopta el Manual de identidad Corporativa del Distrito Capital EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, D.C. En uso de sus atribuciones legales y, CONSIDERANDO: Que la Administración de Santa Fe de Bogotá, D.C., debe presentarse como un solo cuerpo, permitiendo reconocer su carácter total y sus componentes de manera clara, ordenada y unificada. Que dado el desarrollo tecnológico de los medios visuales e impresos, es necesario ajustar las características visuales que identifican la ciudad a los sistemas productivos contemporáneos, medio de producción masivos y aplicaciones objetuales y arquitectónicas en las cuales se desarrolla una imagen corporativa. Que entre las características visuales para el desarrollo de una imagen corporativa es necesario reconocer al escudo como el símbolo que ha identificado la ciudad y la administración a lo largo de su historia; reglamentar los usos del escudo de la ciudad, crear un logosímbolo que identifique y represente la administración distrital, de tal manera que se unifique su imagen, y a la vez los diferentes niveles de la misma y actualizar la imagen del escudo de acuerdo con las exigencias técnicas de los medios visuales e impresos contemporáneos. DECRETA: ARTICULO 1. Adoptar el Manual de Identidad Corporativa del Distrito Capital que se señala a continuación: MANUAL DE IDENTIFICACION CORPORATIVA DEL DISTRITO CAPITAL CAPITULO I DEL ESCUDO ARTICULO 1. Se utilizará el escudo otorgado a la ciudad y aprobado por el Concejo, actualizado (modernizado), con los siguientes elementos: Un águila rampante y coronada, en campo de oro, con una granada abierta en cada garra y por orla, algunos ramos de oro en campo azul. ARTICULO 2. COLORES DEL ESCUDO Los colores del escudo serán: . Rojo (PROCESS M 100% -Y 91 %. Pantone rojo 485 C) Amarillo (PROCESS M 15% -Y 94%. Pantone amarillo 116 C) Azul (PROCESS C 100% -M 69% -K 11 %. Pantone azul 287 C) Negro (PROCESS K 100%. Pantone Slack c) Estos colores serán planos y sin texturas. ARTICULO 3. MANEJO DE COLOR DEL ESCUDO: El manejo de color del escudo se hará a cuatro, dos y una tinta e invertido, de acuerdo con las especificaciones técnicas de color descritas en el artículo 2. A. Cuatro tintas: El águila en color negro; el campo de oro y las granadas dentro de la orla en amarillo; las granadas en cada garra en rojo y la orla en azul. B. Cuando el soporte gráfico sea de fondo oscuro, el escudo tendrá una reserva blanca y los textos del logosímbolo serán blancos. C. Dos tintas: La orla, el águila y granadas que están en cada garra en negro, y en amarillo el campo de oro y las granadas de la orla. D. Una tinta: Cuando el soporte gráfico sea blanco, el escudo será en negro: La orla, el águila y las granadas que están en cada garra serán en negro. En blanco, el campo de oro y las granadas de la orla. E. Cuando el soporte gráfico sea de color (papel a color o sobre fondo de fotografía), el escudo que debe ir a blanco y negro y utilizará dos tintas. F. Invertido : G. O Tintas: Repujado (Este manejo de color sólo se utilizará para el escudo y los logosímbolos de la ciudad y la Alcaldía Mayor). , CAPITULO II DEL LOGOSÍMBOLO ARTICULO 4. El logosímbolo utilizado para las entidades distritales tendrá los siguientes elementos, debidamente centrados así: A. El escudo en la parte superior. B. El nombre de la Alcaldía Menor o las entidades distritales debajo del escudo. C. Una banda de color con las especificaciones de los siguientes numerales, debajo del nombre. D. En algunos casos como se describe posteriormente el logosímbolo podrá incluir la sigla. ARTICULO 5. PROPORCIONES DEL LOGOSÍMBOLO: El escudo será la unidad de medida que regirá las proporciones del logosímbolo (proporciones de X) así: A. La medida X será igual al ancho de la banda correspondiente a la orla del escudo. B. De acuerdo a esta medida el escudo será de 5X de ancho por 6X de alto. C. La banda de color de las entidades distritales tendrá siempre un ancho de 18X de ancho y 1X de alto. D. La banda de color que identifica a las Alcaldía Locales tendrá 11X de ancho por 1Xde alto. E. Para los logosímbolos verticales, la distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto, el final del texto y el borde superior de la banda será de 1/2 de X. F. La altura del texto será de 1 X. G. La sigla tendrá una altura de. 1 2/3 de X. H. La altura del texto de la banda será de 9/20 de X. ARTICULO 6. COLORES DEL LOGOSIMBOLO: Los colores del logosímbolo y su manejo serán los utilizados para el escudo, como lo describen los artículos 2 y 3 del presente manual, con las siguientes especificaciones: . Para los textos de los nombres de las Alcaldías Locales y las entidades distritales se utilizará el color gris (PROCESS K 50 %. Pantone Cool Gray 7c.) A. El color utilizado para las siglas será negro. B. Los colores de la banda del logosímbolo se utilizarán de acuerdo a las especificaciones de los siguientes numerales. C. El texto de la banda de color será blanco o negro según se especifica en los siguientes numerales. ARTICULO 7. TIPOGRAFIA DEL LOGOSIMBOLO: La tipografía básica que se utilizará para los logosímbolos será la Fuente Bogotá Normal. ARTICULO 8. FUENTES COMPLEMENTARIAS: Se utilizarán las siguientes, fuentes complementarias así : A. Bogotá Light para efectos gráficos. B. Futura Condensed regular para las tarjetas personales. C. Futura Condensed regular bold para datos personales y textos del carné personal. D. Avant Garde normal, Futura Book y 65 Helvética Medium se recomiendan para los textos en avisos de publicidad. E. La Times Roman se recomienda para las cartas oficiales. ARTICULO 9. LOGOSIMBOLO DE LA CIUDAD: La ciudad será representada por su escudo y debajo de él, el texto Santa Fe de Bogotá O.C. de acuerdo con los colores y proporciones básicas descritas en los artículos l, 2, 3, y 5, con las siguientes especificaciones: , A. El texto estará escrito en la fuente Bogotá Normal, en mayúscula B. El color del texto será negro. ARTICULO 10. LOGOSIMBOLO DE LA ALCALDIA MAYOR: La Alcaldía Mayor será representada por el escudo y debajo de el, el texto Alcaldía Mayor en el primer renglón y Santa Fe de Bogotá D.C. en el segundo en la fuente Bogotá Normal, en mayúsculas y en color negro. ARTICULO 11. PROPORCIONES Y MANEJO DE COLOR DEL LOGOSIMBOLO DE LA ALCALDIA MAYOR: Las proporciones básicas y el manejo de color del logosímbolo de la Alcaldía Mayor serán los mismos descritos en los artículos 2,3 y 5, con las siguientes especificaciones: A. La altura del texto será de 1 x. B. La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto será de 1/2 de X. C. La distancia del interlineado del texto será de 2/5 de X. ARTICULO 12. LOGOSIMBOLO ALCALDIAS LOCALES: Las Alcaldías Locales adoptarán el logosímbolo con las siguientes especificaciones: A. El escudo en la parte superior. B. Debajo del escudo el siguiente texto: En el primer renglón Alcaldía Local en altas y bajas y su número correspondiente. En el segundo renglón el nombre de la Alcaldía Local en mayúscula, en la fuente Bogotá Normal y en color gris según las especificaciones técnicas de color descritas en el artículo 6. C. Debajo del texto, la banda con el color correspondiente a cada localidad y dentro el texto Santa Fe de Bogotá D.C. ARTICULO 13. PROPORCIONES LOGOSÍMBOLO ALCALDIAS LOCALES: Las proporciones básicas del logosímbolo de las Alcaldías Locales serán las mismas descritas en el artículo 5, con las siguientes especificaciones: A. La altura del texto será de 1 X. B. La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto, y el final del texto y el borde superior de la banda será de ½ de X. C. La distancia del interlineado del texto será de 2/5 de x. D. Las proporciones de la banda serán de 11X de ancho por X de, alto. E. Para la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe se utilizarán todas las proporciones descritas anteriormente, pero el texto del nombre de la localidad tendrá una altura de 4/5 de X. ARTICULO 14. COLORES DE LAS ALCALDIAS LOCALES: La banda del logosímbolo de cada una de las Alcaldía Locales adoptará un color específico, que es el mismo utilizado para el reconocimiento de las localidades en las placas esquineras. Los colores asignados para cada Alcaldía Local son: A. Usaquén y Teusaquillo: PANTONE 269 CVC. B. Chapinero y Antonio Nariño: PANTONE 215CVC C. Santa Fe y Fontibón: PANTONE 300 CVC. D. San Cristobal y Ciudad Bolívar: PANTONE 137 CVC E. Usme y Kennedy: PANTONE 227 CVC. F. Tunjuelito y Suba: PANTONE PROCESS CYAN CVC. G. Bosa y Rafael Uribe Uribe: PANTONE 294 CVC. H. Engativa y Puente Aranda: PANTONE: 1665 CVC. I. Barrios Unidos y Los Mártires: PANTONE 124 CVC. J. Candelaria y Sumapaz: PANTONE 483 CVC. El texto dentro de la banda será en color blanco para las siguientes Alcaldías Locales: Fontibón, Santa Fe, Usaquen, Teusaquillo, Chapinero, Antonio Nariño, Usme, Kennedy, Engativa, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Bosa, Sumapaz y Candelaria. El texto dentro de la banda será de color negro para las siguientes Alcaldías Locales : San Cristobal, Tunjuelito, Suba, Barrios Unidos, Los Mártires y Ciudad Bolívar. ARTICULO 15. MANEJO DE COLOR LOGOSIMBOLO ALCALDIAS LOCALES: El manejo de color de los logosímbolos de las Alcaldías Locales será el siguiente: A. Cuatro Tintas: El escudo con el manejo de color descrito en los artículos 2,3 y 6; la banda del color asignado para cada localidad y su texto en blanco o negro, según lo descrito en el artículo 14. Cuando el soporte gráfico sea oscuro se hará el mismo manejo para estos casos descrito en el artículo 3 y la banda será del color asignado para cada localidad. B. Dos Tintas: El escudo en blanco y negro con el manejo de color descrito en los artículos 3y 6 y la banda del color asignado para cada localidad u el texto en blanco o negro, según el artículo 14. También se puede utilizar con un recuadro blanco que tenga las siguientes proporciones: 14X de alto por 10X de ancho y el logosímbolo debidamente: C. Una tinta: El escudo en blanco y negro según lo descrito en los artículos 3 y 6 y la banda negra con su texto en blanco. D. El manejo de color invertido se utilizará únicamente sobre el fondo de color asignado para cada localidad. ARTICULO 16. LOGOSIMBOLO DE LAS ENTIDADES DISTRITALES: Las entidades distritales adoptarán el logosímbolo con las siguientes especificaciones: A. El escudo en la parte superior. B. Debajo del escudo el texto con el nombre de la entidad en altas y bajas en color gris según las especificaciones técnicas de color descritas en el artículo 6. C. Debajo del texto la banda con el color correspondiente a cada grupo de entidades, y dentro el texto Alcaldía Mayor Santa Fe de Bogotá D.C. ARTICULO 17. PROPORCIONES LOGOSIMBOLO ENTIDADES DISTRITALES: Las proporciones básicas del logosímbolo de las Entidades Distritales serán las mismas descritas en el artículo 5, con las siguientes especificaciones: Para las Secretarías: - La altura del texto será de 1 ¼ de X. - La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto, y el final del texto y el borde superior de la banda será de ½ de X. - La distancia del interlineado del texto será de 2/5 de X. Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por 1 X de alto. Para los Departamentos Administrativos: - La altura del texto será de 1 X. - La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto, y el final del texto y el borde superior de la banda será de ½ de X. - La distancia del interlineado del texto será de 1/3 de X. - Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por X de alto. Para las Entidades Descentralizadas: - La altura del texto será de 1 X. - La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio del texto, y el final del texto y el borde superior de la banda será de ½ de X. La distancia del interlineado del texto será de 1/3 de X Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por 1 X de alto. ARTICULO 18. COLORES DE LAS ENTIDADES DISTRITALES: Los colores asignados para cada grupo de entidades tendrán las mismas especificaciones técnicas descritas en el artículo 2, y son los siguientes: - Las Secretarías (Secretaría General, Distrital de Salud, de Educación, de Hacienda, de Obras Públicas, de Tránsito y Transporte y de Gobierno) adoptarán la banda de color negro y su texto será blanco. - Los Departamentos Administrativos (Planeación Distrital, Acción Comunal, Catastro Distrital, Servicio Civil Distrital, Bienestar Social del Distrito y el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente); adoptarán la banda de color azul y su texto en color blanco. - Las Entidades Descentralizadas (Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital, Caja de Vivienda Popular, Instituto Distrital de Cultura y Turismo, Orquesta Filarmónica de Santa Fe de Bogotá, Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y de la Juventud, Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Jardín Botánico José Celestino Mutis, Corporación La Candelaria, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico, Instituto de Desarrollo Urbano, Lotería de Bogotá, Centro Distrital de Sistematización '." y Servicios, Veeduría Distrital y Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos) c adoptarán la banda de color amarillo con su texto en color negro. : ARTICULO 19. MANEJO DE COLOR DE LAS ENTIDADES DISTRITALES: El manejo de color de los logosímbolos de las Entidades Distritales será el siguiente: A. Cuatro tintas: El escudo con el manejo de color descrito en los artículos 2,3 y 6; la banda del color asignado para cada grupo de entidades y el texto en blanco o negro, según lo describe el artículo 18. B. Dos tintas: El escudo en amarillo y negro, según lo descrito en los artículos 3 y 6; la banda del color asignado para cada grupo de entidades y el texto en blanco o negro, según lo describe el artículo 18. C. Una tinta: El escudo en blanco y negro según lo descrito en los artículos 3 y 6 ; la banda negra con el texto en blanco. ARTICULO 20. LOGOSIMBOLO DEL CONCEJO, LA PERSONERIA y LA CONTRALORIA: El Concejo, La Personería y la Contraloría de Santa Fe de Bogotá adoptarán el logosímbolo con las siguientes especificaciones: A. El escudo se ubicará al lado izquierdo. B. La banda se ubicará a la derecha del escudo y se justificará en su parte baja, al centro del escudo. C. El nombre de estas entidades irá justificado a la izquierda respecto a la banda en mayúsculas y color negro. D. En la banda, el texto. Santa Fe de Bogotá D.C. irá justificado a la derecha. ARTICULO 21. PROPORCIONES LOGOSIMBOLO DEL CONCEJO, LA PERSONERIA y LA CONTRALORIA: Las proporciones básicas del logosímbolo del Concejo, La Personería y La Contraloría serán las mismas descritas en el artículo 5, con las siguientes especificaciones: A. La banda será de 18X de ancho por 1 X de alto. B. La distancia entre el borde izquierdo de la banda y el borde derecho del escudo será de 2/3 de X. C. La altura del texto será de 1X. D. La distancia entre el final del texto y el borde superior de la banda será de ½ X. ARTICULO 22. COLORES DEL CONCEJO, LA PERSONERIA y LA CONTRALORIA: Los colores asignados para estas entidades tendrán las mismas especificaciones técnicas descritas en el artículo 2, y son los siguientes: - Para Concejo: La banda será roja y su texto en color blanco. - Para Personería y Contraloría: La banda será negra y su texto en color blanco. El color del texto de los nombres de estas entidades será en color negro. ARTICULO 23. LOGOSIMBOLO EN FORMATO HORIZONTAL PARA LAS ENTIDADES DISTRITALES: Las Secretarías, Departamentos Administrativos y Entidades Descentralizadas podrán utilizar el logosímbolo en formato horizontal en aquellos casos en que el espacio vertical sea muy reducido. El manejo de color para el logosímbolo horizontal será el mismo descrito en los artículos 18 y 19. Este formato de logosímbolo debe utilizarse en comunicaciones, publicidad, avisos de prensa y vallas y en ningún caso podrá usarse para papelerías ARTICULO 24. COMPOSICION DEL LOGOSIMBOLO HORIZONTAL: La composición del logosímbolo horizontal será la siguiente: A. El escudo se ubicará al lado izquierdo tomando como referencia la base " de la banda. La banda y el escudo se justificarán en su parte inferior. B. El nombre de las entidades irá justificado a la derecha con respecto a la banda en Altas y Bajas. 3. La banda debajo del nombre, con las especificaciones de color y textos descritas en el artículo 18. El texto de la banda irá centrado. ARTICULO 25. PROPORCIONES DEL LOGOSIMBOLO HORIZONTAL: Las proporciones básicas de los elementos del logosímbolo horizontal serán los mismos descritos en el artículo 5,con las siguientes especificaciones: A. Para las Secretarías: - La altura del texto será de 1 1/4 de X. - La distancia entre el borde derecho del escudo y el borde izquierdo de la , banda será de 1/2 de X. - La distancia entre el borde superior de la banda y el final del texto será de 1/2 de X. - La distancia del interlineado del texto será de 2/5 de X - Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por 1 X de alto.
- La altura del texto será de 1 X. - La distancia entre el borde derecho del escudo y el borde izquierdo de la banda será de ½ de X. - La distancia entre el borde superior de la banda y el final del texto será de ½ de X. - La distancia del interlineado del texto será de 1/3 de X. - Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por X de alto. ARTICULO 26. LOGOSIMBOLO CON SIGLAS: Las Secretarías, Departamentos Administrativos y las Entidades Descentralizadas podrán utilizar el logosímbolo con siglas con el mismo manejo de color descrito en los artículos 6, 18 y 19, así: A. Escudo, sigla y barra B. Escudo, sigla, nombre y barra ARTICULO 27. PROPORCIONES DEL LOGOSIMBOLO CON SIGLAS: Las proporciones básicas del logosímbolo con siglas serán las mismas descritas en el artículo 5, con las siguientes especificaciones: - La altura del texto será de 1 X y para las Secretarias se conservará la altura del texto de 1 ¼ de X. - La altura de la sigla será de 1 2/3 de X. - La distancia entre el borde inferior del escudo y el inicio de la sigla; el final de la sigla. y el inicio del texto y el final del texto y el borde superior de la banda será de 1/2 de X. La distancia del interlineado del texto será de 1/3 de X. Las proporciones de la banda serán de 18X de ancho por X de alto. ARTICULO 28. MANEJO HORIZONTAL DEL LOGOSIMBOLO CON SIGLAS: El manejo horizontal de los logosímbolos cuando tengan sigla será el mismo descrito en los artículos 23, 24 y 25, con las siguientes especificaciones: A. La sigla se ubicará sobre el nombre de la entidad justificada a la derecha respecto a la banda. B. La sigla no sobrepasará la altura del escudo. ARTICULO 29. PROPORCIONES DEL LOGOSIMBOLO HORIZONTAL CON SIGLAS: Las proporciones básicas de los elementos del logosímbolo horizontal serán los mismos descritos en los artículos 5 y 25 con las siguientes especificaciones:
- La altura del texto es de 1 X. - La altura de la sigla será de 1 2/3 de X - La distancia entre el final de la sigla y el inicio del texto, el final del texto y el borde superior de la banda será de 1 ½ de X. B. Cuando el nombre de la entidad es de dos o tres renglones: - La altura del texto será de 2/3 de X. - La altura de la sigla será de 1 2/3 de X - La distancia entre el final de la sigla y el inicio del texto, el final del texto y el borde superior de la banda será de 1/2 de X. - La distancia del interlineado del texto será de 1/5 de X. ARTICULO 30. PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES: En el caso de que se necesiten hacer publicaciones nombrando las entidades participantes en proyectos interinstitucionales, se utilizarán los logosímbolos con el manejo horizontal como se describe en los artículos 24 y 25. El manejo de color será el i mismo descrito en los artículos 18 y 19 y el color de la banda siempre será rojo con su texto en blanco. ARTICULO 31. PROPORCIONES DEL LOGOSIMBOLO PARA PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES: Las proporciones básicas del logosímbolo para proyectos interinstitucionales serán las mismas descritas en los artículos 5, y 25 con las siguientes especificaciones: A. Cuando el proyecto sea de dos entidades, cuyos nombres sean de un renglón, el texto conservará las mismas proporciones para el logosímbolo horizontal escritas en el artículo 5 con las siguientes especificaciones: B. La altura del texto será de 1 X. C. El interlineado del texto será de 1/2X. D. Cuando el proyecto sea de tres entidades, cuyos nombres sean de un renglón, los textos serán de ¾ de X y el interlineado de ½. E. Cuando el proyecto sea de dos entidades, una con un nombre de dos renglones y la otra con un nombre de uno, la altura del texto será de 3/4 de X. El interlineado del texto de nombre de dos renglones será de 1/4 de X. El interlineado entre los nombres de las dos entidades será de 1/2 de X. Cuando el proyecto sea de dos entidades cuyos nombres sean de dos renglones se trabajarán las mismas proporciones descritas anteriormente. En ningún caso el nombre de las entidades sobrepasarán la altura del escudo. CAPITULO III PUBLICIDAD ARTICULO 32. BANDA INSTITUCIONAL: Para comunicación en medios masivos, impresos preferiblemente, la Alcaldía Mayor y sus entidades podrán utilizar sus logosímbolos correspondientes en los formatos descritos anteriormente. También podrán utilizar la banda institucional ubicada en la parte inferior del comunicado para los siguientes casos: A. Resaltar el carácter oficial mensajes institucionales. B. Resaltar el logosímbolo cuando dentro del comunicado haya varios elementos que no faciliten su ubicación dentro del mismo, o cuando haya varios logosímbolos de participantes externos. ARTICULO 33. COMPOSICION BANDA INSTITUCIONAL: La banda institucional tendrá los siguientes elementos: A. Una banda superior negra que partirá el escudo debajo del cuello del águila. B. Debajo de la banda superior, una banda inferior de color del logosímbolo, con el texto: Alcaldía Mayor Santa Fe de Bogotá D.C. Este texto irá ubicado en la parte superior de la banda y alineado con el eje central del escudo. Cuando se utilice el logosímbolo de la Alcaldía Mayor, la banda inferior no tendrá ningún texto. C. El logosímbolo de las entidades estará situado en la parte derecha de la banda superior negra. ARTICULO 34. MANEJO DE COLOR DE LAS BANDAS: Los logosímbolos se trabajarán a cuatro tintas como se describe en los artículos 11, 18 y 19. El escudo tendrá una reserva de color blanco. La banda superior será de color negro y la inferior del color representativo de la entidad así: A. Para la Alcaldía Mayor y los proyectos interinstitucionales, la banda inferior será de color rojo y no tendrá texto. B. Para las Secretarías, la banda inferior será de color gris al 50% y su texto en blanco C. Para los Departamentos Administrativos, la banda inferior será de color azul y su texto en blanco D. Para las Entidades Descentralizadas, la banda inferior será de color amarillo y su texto en negro. E. Cuando la banda se trabaje a una sola tinta:
ARTICULO 35. PROPORCIONES BANDA INSTITUCIONAL: La banda institucional tendrá las siguientes proporciones: A. El escudo manejará su proporción básica de 5X de ancho por 6X de alto. B. La distancia entre escudo y texto con el nombre de las entidades será la misma descrita en los artículos 5, 17 y 27. C. La distancia entre el final del texto del nombre de las entidades y el borde superior de la banda de color será de 1/2X. D.La altura de la banda de color será de 1/2 X. E. La distancia del borde derecho del escudo y el borde derecho donde termina la banda será de 7 1/2X. F. La banda superior negra partirá el escudo a una distancia de 2 ½ de X del borde superior del mismo, y crecerá hacia abajo de acuerdo a las proporciones de los textos del logosímbolo. G. El texto de la banda inferior tendrá una altura de 9/20 de X. H. La distancia entre el final del texto de la banda de color y el borde superior de la misma será de 1 X. ARTICULO 36. BANDA PARA PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES: Para los proyectos interinstitucionales de hasta tres entidades, se utilizará la banda con las siguientes especificaciones: A. Se usará la banda institucional de la Alcaldía Mayor con el manejo de color y las proporciones descritas en los artículos 34 y 35. B. Las entidades participantes podrán citarse por sus siglas cuando todas las tengan. C. Todas las siglas irán ubicadas en la banda negra, en un sólo renglón y separadas por un punto de color blanco. D. La fuente en la que irán escritas las siglas será Bogotá Normal. E. Cuando una de las entidades participantes no tenga sigla, todas utilizarán su nombre completo y cada uno de los nombres irá en renglones separados. Este i texto irá en altas y bajas y en la fuente Bogotá Normal. F. La entidad con el nombre más corto ubicará en el renglón superior y la del nombre más largo en el inferior. G. Los nombres de las entidades participantes o sus siglas irán ubicadas en el c extremo izquierdo de la banda negra y centradas con respecto al eje horizontal de la banda. H. Si en un proyecto participan más de 3 entidades, se asumirá como un proyecto general de la Alcaldía Mayor y se utilizará únicamente su banda institucional. ARTICULO 37. PROPORCIONES Y MANEJO DE COLOR DE LA BANDA PARA PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES: Las proporciones de la banda institucional para proyectos interinstitucionales serán las mismas descritas en el artículo 35, con las siguientes especificaciones: A. La altura del texto de las siglas será de 1 2/3 de X y su color será blanco. B. La altura del texto de los nombres de las entidades participantes será de 1 X y su color, al igual el de los puntos que los separa, será blanco. C. El color de la banda inferior para proyectos interinstitucionales será rojo y su altura será de 2X. D. La distancia entre el borde izquierdo donde termina la banda y el borde izquierdo del texto de las siglas o el nombre de las entidades participantes será de 2X. E. Las siglas y los nombres de las entidades irán centradas respecto al eje horizontal de la banda superior negra. ARTICULO 38. BANDA INSTITUCIONAL PARA PROYECTOS CON PARTICIPANTES EXTERNOS: Cuando se utilice la banda institucional para un proyecto con participantes externos, el logosímbolo del último deberá ubicarse encima del logosímbolo de la entidad distrital. ARTICULO 39. PROPORCIONES DE LA BANDA INSTITUCIONAL PARA PROYECTOS CON PARTICIPANTES EXTERNOS: Para proyectos con participantes externos, las proporciones de la banda institucional son los mismos descritos en el artículo 35. Las proporciones para la ubicación del logosímbolo del participante externo serán las siguientes: A. Cuando el logosímbolo del participante externo sea en formato vertical:
B. Cuando el logosímbolo del participante externo sea en formato horizontal:
ARTICULO 40. MANEJO OPCIONAL DEL ESCUDO PARA EL LOGOSIMBOLO DE LA CIUDAD Y LA ALCALDIA MAYOR: Cuando el logosímbolo de la ciudad y de la Alcaldía Mayor deban enfrentarse a otros logosímbolos cuyo logotipo sea más grande, el manejo de los logosímbolos anteriores será el siguiente:
ARTICULO 41. MANEJO DE COLOR DEL LOGOSIMBOLO PARA, PUBLICIDAD: Cuando en las aplicaciones de publicidad se presenten las situaciones que se describen posteriormente, el manejo de color del logosímbolo será el siguiente: A. Si el logosímbolo se encuentra sobre un fondo oscuro o fotografía con fondo de diferentes colores, el logosímbolo irá a una sola tinta en positivo o invertido, según criterios de visibilidad. B. Si el color del fondo es el mismo gris del texto del nombre de la entidad (al 50%), el manejo de color será el mismo descrito en el artículo 19 para una tinta, pero el color del nombre de la entidad que será en blanco. C. Si el color del fondo es gris con un porcentaje igualo menor del 20%, el manejo de color será el mismo descrito en el artículo 19 para una tinta, pero el nombre de la entidad será de color blanco. D. Si el fondo es del mismo color de la banda de la entidad (negro, azul o amarillo), podrán usarse dos tipos de manejo de color: - El primero, genérico, admitirá el logosímbolo en cuatro, dos y una tinta utilizando un recuadro blanco sobre el cual se pondrá el logosímbolo con el manejo de color descrito en el artículo 19. Las distancias entre el logosímbolo y el borde del recuadro serán las siguientes: Entre los bordes laterales de la banda y el recuadro, la distancia será de 5/2 de X y, de los bordes superior e inferior del logosímbolo a los mismos bordes del recuadro, La distancia será de 6/2 de X. - El segundo sólo admitirá el manejo del logosímbolo en blanco y negro y tendrá las siguientes especificaciones de acuerdo al tipo de entidad: a. Para Secretarías: El logosímbolo irá completamente en invertido (la orla, el águila, el nombre de la entidad y la banda serán de color blanco y los demás elementos del, logosímbolo en negro). b. Para Departamentos Administrativos: El escudo en blanco y negro con una reserva de color blanco. El texto del nombre de la entidad irá en blanco y la banda en negro con su texto en blanco. c. Para Entidades Descentralizadas: El escudo en blanco y negro, el texto del nombre de la entidad en negro y la banda negra con su texto en blanco. Si el logosímbolo de la Alcaldía Mayor está sobre fondo rojo el escudo irá en blanco y negro con una reserva de color blanco. El texto podrá ser negro o blanco. CAPITULO IV DE LA PAPELERIA ARTICULO 42. ELEMENTOS BASICOS: La papelería básica oficial (Hojas, tarjetas personales, carnés y sobres carta y de manila) para la Alcaldía, sus entidades y las Alcaldías Locales tendrán los siguientes elementos básicos: A. Una banda que representa la ciudad en una trama de color negro "al 8%. B. El logosímbolo de cada entidad con las proporciones y manejo de color a cuatro tintas, descritas en los artículos 11' 13, 15, 17, 19, 21 y .22. Para la papelería, el logosímbolo siempre se utilizará en formato vertical sin siglas. C. Cinco cuadrados de 1 mm por 1 mm, del color de la banda del logos Símbolo. ARTICULO 43. COMPOSICION y DIAGRAMACION DE LAS HOJAS.FORMATO CARTA: Para correspondencia interna y externa, La Alcaldía Mayor, sus entidades y las Alcaldías Locales, utilizarán las hojas formato carta (215.9 mm de ancho x 279.5 mm de alto) con la siguiente composición: A. El eje de la hoja, respecto al cual se centrarán todos los elementos gráficos estará ubicado a 122.95 mm del borde izquierdo de la hoja. B. El escudo del logosímbolo tendrá las siguientes dimensiones: 12.9 mm de ancho por 15.5 mm de alto. C. La distancia entre el borde superior de la hoja y el borde superior del escudo del logosímbolo será siempre de 15 mm (Así el nombre de la entidad sea de dos o tres líneas). El logosímbolo irá centrado respecto al eje de la hoja. D. La banda que representa la ciudad se ubicará sangrada por el borde izquierdo de la hoja y tendrá un ancho de 30 mm. E. La dirección y el teléfono de la entidad se ubicarán en la parte inferior de la hoja con las siguientes especificaciones: - La distancia entre el final del texto y el borde inferior de la hoja será de 15 mm. - El texto irá centrado respecto al eje de la hoja. - Estos datos se escribirán en la fuente Bogotá Normal en 9 puntos en altas y bajas. F. La distancia entre el centro de los cuadrados y el borde inferior de la hoja será de 7.5 mm. - La distancia entre el centro de cada cuadrado será de 20 mm. - Su ubicación se hará centrando el cuadrado de la mitad con el eje de la hoja. ARTICULO 44- MANEJO DE COLOR DE LAS HOJAS FORMATO CARTA: El manejo de color de las hojas formato carta será el siguiente: A. El logosímbolo se utilizará a cuatro tintas de acuerdo a lo descrito en el artículo 42. B. La banda que representa la ciudad tendrá una trama de negro al 8%. C. Los textos de la dirección y el teléfono de la entidad irán en negro. D. Los 5 cuadrados tendrán el color de la banda del logosímbolo de cada: entidad. Para la Alcaldía Mayor, los cuadrados serán de color rojo. ARTICULO 45. COMPOSICION y DIAGRAMACION DE LOS SOBRES CARTA: Para la correspondencia externa de la Alcaldía Mayor, sus entidades y las Alcaldías Locales se utilizarán los sobres carta (235 mm de ancho por 119 mm de alto) y tendrán la siguiente composición: A. El eje del sobre, respecto al cual se centrarán todos los elementos gráficos, estará ubicado a 132.5 mm del borde izquierdo del sobre. B. El escudo del logosímbolo tendrá las siguientes dimensiones: 12.9 mm de ancho por 15.5 mm de alto. C. La distancia entre el borde superior del sobre y el borde superior del escudo del logosímbolo será de 10 mm. El logosímbolo irá centrado respecto al eje del sobre. D. La banda que representa la ciudad irá sangrada por el borde izquierdo del sobre y tendrá un ancho de 30 mm. E. La dirección y el teléfono de la entidad se ubicarán en la parte inferior de la hoja. - La distancia del borde del final de texto y el borde inferior del sobre será de 8 mm. - Este texto irá centrado respecto al eje del sobre. - Estos datos se escribirán en la fuente Bogotá normal en 9 puntos en altas y bajas. F. La distancia entre el centro de los cuadrados y el borde inferior de la hoja será de 4 mm. - La distancia entre el centro de cada cuadrado será de 20 mm. - Su ubicación se hará centrando el cuadrado de la mitad con el eje del sobre. ARTICULO 46. MANEJO DE COLOR DE LOS SOBRES CARTA: El manejo de color de los sobres carta será el mismo para las hojas carta, descrito en el artículo 44. ARTICULO 47. COMPOSICION y DIAGRAMACIÓN DE LAS TARJETAS PERSONALES: Los funcionarios de la Alcaldía Mayor, sus entidades y las Alcaldías Locales podrán utilizar tarjetas personajes (90 mm de ancho por 55 mm de alto) con la siguiente composición: A .El eje de la tarjeta, respecto al cual se centrarán todos los elementos gráficos estará ubicado a 50 mm del borde izquierdo de la tarjeta. B. El escudo del logosímbolo tendrá las siguientes dimensiones: 8.05 mm de ancho por 9.65 mm de alto. C. La distancia entre el borde superior de la tarjeta y el borde superior del escudo del logosímbolo será de 5 mm. El logosímbolo irá centrado respecto al eje de la tarjeta. D. La banda que representa la ciudad irá sangrada al borde izquierdo de la tarjeta y tendrá un ancho de 10 mm. E. El borde inferior del texto del nombre de la persona se ubicará a 33 mm del borde superior de la tarjeta. -Éste texto irá centrado respecto al eje de la tarjeta. -Éste texto estará escrito en la fuente Futura Condensed a 9 puntos en altas y bajas y en color negro. F. El final del texto del cargo de la persona se ubicará a 36 mm del borde superior de la tarjeta, centrado respecto al eje de la misma. G. Este texto estará escrito en la fuente Bogotá normal a 7 puntos y en mayúscula y en color negro. H. La distancia entre el final del texto de la dirección y el teléfono de la entidad y el borde inferior de la tarjeta será de 5 mm. - Este texto irá centrado respecto al eje de la tarjeta. - Estos datos se escribirán en la fuente Bogotá normal a 6.5 puntos, en altas y bajas y en color negro. I. La distancia entre el centro de los cuadrados y el borde inferior de la tarjeta será de 2.5 mm. - La distancia entre el centro de cada cuadrado será de 7.5 mm. - Su ubicación se hará centrando el cuadrado de la mitad con el eje de la tarjeta. ARTICULO 48. MANEJO DE COLOR DE LAS TARJETAS PERSONALES: El manejo de color de las tarjetas personales será el mismo para las hojas carta, descrito en el artículo 44. Todos los textos de las tarjetas personales, excepto el del logosímbolo irán en color negro. ARTICULO 49. COMPOSICION y DIAGRAMACIÓN DE LOS SOBRES DE MANILA: Para correspondencia externa de la Alcaldía, sus entidades y las Alcaldías Locales se utilizará los sobres de manila (224 mm de ancho x 289.5 mm de alto) con la siguiente composición: A. El eje del sobre, respecto al cual se centrarán todos los elementos gráficos estará ubicado a 127 mm del borde izquierdo del sobre. B. El escudo del logosímbolo tendrá las siguientes dimensiones: 12.9 mm de: ancho por 15.5 mm de alto. C. La distancia entre el borde superior del sobre y el borde superior del escudo del logosímbolo será de 20 mm. El logosímbolo irá centrado respecto al eje del sobre. D. La banda que representa la ciudad irá sangrada por el borde izquierdo y tendrá un ancho de 30 mm. E. La dirección y el teléfono de la entidad se ubicarán en la parte inferior del sobre. - La distancia entre el final del texto y el borde inferior del sobre será de 15 mm. - Este texto irá centrado respecto al eje del sobre. - Estos datos se escribirán en la fuente Bogotá normal en 9 puntos en altas y bajas y su color será negro. F. La distancia entre el centro de los cuadrados y el borde inferior del sobre Será de 7.5 mm. - La distancia entre el centro de cada cuadrado será de 20 mm. - Su ubicación se hará centrando el cuadrado de la mitad con el eje del sobre. ARTICULO 50. MANEJO DE COLOR DE LOS SOBRES DE MANILA: Cuando el sobre de manila sea de color blanco, este tendrá el mismo manejo de color de la hojas carta descrito en el artículo 44. Cuando el sobre de manila es en color Kraft, el logosímbolo se manejará a una sola tinta (negro). ARTICULO 51. COMPOSICION y DIAGRAMACIÓN DEL CARNE: Para la Identidad del personal de la Alcaldía, sus entidades y las Alcaldías Locales se utilizará el carné (90 mm de ancho x 55 mm de alto) con la siguiente composición: A. Por el tiro (frente): - El logosímbolo tendrá las siguientes dimensiones: 8.05 mm de ancho por 9.65 mm de alto. - La distancia entre el borde superior del carné y el borde superior del escudo del logosímbolo será de 5.5 mm. La distancia entre el borde izquierdo del carné y el eje central del logosímbolo será de 60.5 mm - La banda que representa a la ciudad será el reborde del carné y tendrá un espesor de 2.3 mm. . - El recuadro para las fotos tendrá las siguientes dimensiones: 27.2 mm de ancho por 34 mm de alto. - La distancia entre el borde superior del carné y el borde superior del recuadro será de 5.5 mm. La distancia entre el borde izquierdo del carné y el borde izquierdo del recuadro será de 7 mm. - Los datos del carné serán los siguientes: nombre, apellidos, C.C. (Cédula de Ciudadanía), cargo y RH y estarán escritos en la fuente Futura Book a 6 puntos leading 230% y en color negro. Todos tendrán una línea de referencia para poder completar los datos. - La distancia entre el final del texto del último dato y el borde inferior del carné será de 5.5 mm. - La distancia entre el borde izquierdo del carné y el borde izquierdo del texto de los datos será de 36.6 mm. - La distancia entre el borde derecho del carné y el final de la línea de referencia de los datos será de 5.5 mm B. Por el retiro (revés) : - La banda que representa la ciudad será el reborde del carné y tendrá un ancho de 2.3 mm. - El texto: " Este carné es personal e intransferible. "(primer renglón). "Válido únicamente como Identidad. " (segundo renglón) se escribirá en la fuente Futura Book a 8.5 puntos, en alta y bajas. El color de este texto será negro o blanco, dependiendo del color del texto de la banda del logosímbolo. La distancia entre el borde superior del carné y el borde superior del texto será de - Una banda en blanco de 61.5 mm de ancho por 8.5 mm de alto, debidamente centrada respecto al ancho y el largo del carné. - El texto del nombre de la persona que autoriza; el uso del carné se ubicará debajo de la banda blanca debidamente centrado a lo ancho del carné. La distancia entre el final del texto y el borde inferior del carné será de 15 mm. Este texto irá escrito en la fuente Futura Sook a 8.5 puntos, en mayúsculas y en color negro o blanco según el color del texto de la banda del logosímbolo. - La distancia entre el centro de los cuadrados y el borde inferior del carné será de 7 mm. La distancia entre el centro de cada cuadrado será de 7.5 mm. y su ubicación se hará centrada con respecto al ancho del carné. ARTICULO 52. MANEJO DE COLOR DEL CARNÉ PERSONAL: El manejo de color del carné será el mismo descrito en el artículo 44 con las siguientes especificaciones: A. Los textos del tiro (frente) del carné, excepto los del logosímbolo, irán en negro. B. El color del retiro (revés) del carné será del mismo color de la banda de logosímbolo. C. La banda que representa la ciudad será una trama en negro al 8%. En el retiro (revés) la trama irá sobre fondo blanco. D. La banda para la firma del retiro (revés) siempre será blanca. E. El color de los textos y los cinco cuadrados del retiro (revés) del carné será del mismo color del texto de la banda del logosímbolo. ARTICULO 53. MARGENES PARA EL TEXTO DE LA HOJA CARTA EN CUATRO TINTAS: Las márgenes del texto para el formato de la hoja carta serán los siguientes: A. -Margen superior de 60 mm. - Margen inferior de 32 mm. - Margen izquierdo de 20 mm de distancia a partir borde derecho de la banda que representa la ciudad. (50 mm a partir del borde izquierdo de la hoja). - Margen derecho de 18 mm. B. El nombre de la dependencia a la que pertenece el comunicado se ubicará en la parte inferior de la hoja, centrada de acuerdo al eje de la misma y sobre el texto de la dirección y el teléfono de la entidad, a 18 mm del borde inferior de la hoja. Estos textos irán escritos en la fuente Bogotá Light a 12 puntos y en color negro. C. La segunda hora (hoja de continuación) del comunicado se trabajará a una tinta (negro sobre fondo blanco). Esta no tendrá la banda que representa la ciudad. El texto de la dependencia y la dilección y el teléfono de la entidad se ubicarán igual que la primera hoja, pero su color será de gris al 50%. Este tipo de formato también se utilizará para comunicados de carácter formal no oficiales. ARTICULO 54. USOS COMPLEMENTARIOS DE LAS HOJAS TAMAÑO CARTA PARA TODAS LAS ENTIDADES: Todas las entidades podrán utilizar el siguiente formato de uso común para comunicados no formales, con las siguientes especificaciones: A. Se utilizarán los mismos criterios de composición descritos. en el artículo 44, pero no se utilizará la banda que representa la ciudad ni el nombre de la dependencia, la dirección y el teléfono de la entidad. B. El logosímbolo que se utilizará será el de la ciudad a una tinta (negro sobre fondo blanco). C. Los cinco cuadrados serán de color negro. D. Se utilizarán las mismas márgenes descritas en el artículo 53. ARTICULO 55. PAPELERIA BASICA PARA EL DESPACHO DEL ALCALDE MAYOR: La papelería básica para el despacho del Alcalde Mayor (Hoja formato carta, sobre carta y de manila) tendrá las siguientes especificaciones: - El logosímbolo de la Alcaldía Mayor se ubicará en parte superior debidamente centrado, con respecto al ancho de la hoja y la distancia entre el borde superior de la hoja y los sobres y el borde superior del escudo del logosímbolo será la misma descrita en los artículos 43,45 y 49. - El logosímbolo de la Alcaldía Mayor se trabajará a una tinta. - No utilizará la banda que representa la ciudad, la dirección y el teléfono de la Alcaldía y los cinco cuadrados. ARTICULO 56. TARJETA DEL ALCALDE MAYOR: La tarjeta personal del Alcalde Mayor tendrá la misma diagramación del artículo 47 con las siguientes especificaciones; - Utilizará el logosímbolo de la Alcaldía Mayor a una tinta - No utilizará los cinco cuadrados de color. - No utilizará la banda que representa la ciudad. CAPITULO V DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 57. La imagen corporativa del distrito tendrá un uso institucional En el caso de que una entidad se presente como producto podrá presentarse así y para los asuntos oficiales usarán la imagen corporativa. ARTICULO 58. Es patrimonio de la ciudad el escudo, la bandera y el himno, así como la identidad corporativa de las instituciones distritales manejada en los logosímbolos, la papelería, las tarjetas de presentación y avisos institucionales externos, y debe perdurar a través de los períodos gubernamentales. El gobierno es la acción de un período de mandato del Alcalde Mayor, el Concejo, los organismos de control y las Juntas Administradoras Locales. Forman parte de la imagen de gobierno los lemas que se diseñan para identificar la acción del gobierno y su imagen visual. La imagen del gobierno podrá utilizarse en avisos de prensa, relativos a la gestión de la administración, tarjetas de invitación a eventos, vallas que anuncian obras públicas o programas de gobierno. La imagen de gobierno no podrá deformar los elementos que explícitamente describe el presente decreto, ni incorporarse en ellos. ARTICULO 59. El presente Manual de Identidad Corporativa, no se aplicará a las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios del Distrito Capital. ARTICULO 60. Forma parte el presente Manual la cartilla de material gráfico. ARTICULO 61. Los gastos con cargo al erario público deberán sujetarse a lo dispuesto en el Decreto 0126 de 1996 y demás normas reglamentarias o complementaria. ARTICULO 62. El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE y CUMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá a los 30 de Diciembre de 1997. PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN Alcalde Mayor NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1567 de diciembre 30 de 1997
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