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Acuerdo 11 de 2007 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP

Fecha de Expedición:
19/06/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/06/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3785 de junio 22 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA 011 DE 2007

(Junio 19)

Por el cual se modifica la Planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES -FONCEP-

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal f) del artículo 67 del Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 03 del 2 de enero de 2007 se estableció la planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-.

Que se hace necesario modificar la planta de cargos, en el sentido de suprimir y crear un empleo de acuerdo a las conclusiones del estudio técnico y así consolidar las políticas, programas y proyectos del FONCEP.

Que mediante oficio No. 1645 del 8 de junio de 2007, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución del FONCEP 01 de 2007

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Suprimir de la Planta de Personal del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP- el siguiente empleo:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Crear el siguiente empleo para la planta de personal del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-

ARTÍCULO TERCERO.- Las funciones propias del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-, se cumplirán con la siguiente planta de personal :

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente, el Acuerdo de Junta Directiva No. 03 del 2 de enero de 2007.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de junio de dos mil siete (2007).

(Firmas Ilegible)

Presidente

(Firmas Ilegible)

Secretaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3785 de junio 22 de 2007.

Ver las tablas de la planta de personal