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Resolución 224 de 2007 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Fecha de Expedición:
31/12/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3903 de diciembre 31 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 000224 DE 2007

(Diciembre 31)

"Por la cual se modifica la Resolución 161 de 2007"

LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el artículo 5 del Decreto 552 de 2006,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. 161 de 2007, se constituyó el Comité de Gestión Documental y Archivo de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico como órgano asesor en materia archivística.

Que en el artículo 5º de la mencionada Resolución se determinó que el Comité de Gestión Documental y Archivo sesionará una vez al mes de manera ordinaria y se reunirá en cualquier fecha de forma extraordinaria, cuando así se requiera.

Que el Comité de Gestión Documental y Archivo de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en sesión realizada el 28 de noviembre del año en curso, aprobó la solicitud de modificación de la cláusula 5ª de la Resolución No. 161 de 2007, tal como se evidencia en el Acta No. 2 del Comité, considerando que la Entidad viene desarrollando las actividades de adopción del SIGA, las cuales conllevan inicialmente un trabajo operativo que no demanda que las sesiones del Comité tengan periodicidad mensual.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 5º de la Resolución 161 de 2007, el cual quedará así:

ARTÍCULO 5º. Sesiones y decisiones: El Comité de Gestión Documental y Archivo sesionará una vez cada tres meses de manera ordinaria, y de forma extraordinaria cuando así se requiera. Sus decisiones serán adoptadas por consenso.

ARTÍCULO 2°. Las demás disposiciones de la Resolución No. 161 de 2007, continuarán vigentes, sin modificación alguna.

ARTÍCULO 3º. Este acto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los 31 días del mes de diciembre de 2007

CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ

Secretaria de Despacho

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3903 de diciembre 31 de 2007