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ACTA 7* DE 2003 (Noviembre 20) SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD COMITÉ INTERNO DE CONCILIACIÓN SITIO: Sala de Juntas del Despacho de la Secretaria Distrital de SaludFECHA Y HORA: Inicio el 20 de noviembre de 2003 a las 9.00 a.m. y se termino a las 11.30 a.m. ASISTENTES: En calidad de miembros permanentes, asistieron: El Dr. José Fernando Cardona Uribe Secretario Distrital de Salud, la Dra. Laura Teresa Zapata Jiménez Jefe de la Oficina Jurídica y la Dra. Carolina Abusaid Graña Directora Financiera; El Dr. Elkin de Jesús Otalvaro, Subsecretario de Salud y el Dr. Jairo Armando Rojas González, Director Administrativo estuvieron ausentes. En calidad de invitados, asistieron el Dr. Gibson Bossa Profesional del Director Proyecto Póliza de Alto Costo Dra. Luz Dina Ríos Jefe Área de Atención al Vinculado, la Dra. Adriana Gutiérrez profesional del área de atención al vinculado y el Dr Carlos Alberto Cubillos abogado de la Oficina Jurídica. En calidad de Secretario Técnico, asistió: el Dr. Melquisedec Guerra Moreno abogado de la Oficina Jurídica. El Secretario Técnico del comité de conciliaciones, leyó el siguiente orden del día: 1. Verificación del quórum. 2. Continuación análisis conciliación con seguros de vida del estado 3. Varios. Los documentos que soportan este comité, son los remitidos a cada uno de sus integrantes, el día 18 de noviembre de 2003 y oficio radicado bajo el No.197640. DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA 1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM. La Secretaría Técnica del Comité de Conciliación, dio lectura al orden del día y verificó la asistencia de los miembros del Comité, encontrando que en la reunión estaban presentes tres (3) de los cinco (5) miembros permanentes, por lo cual se podía sesionar y tomar decisiones válidas. 2. CASOS A TRATAR 2.1. CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL CON SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO. Se da iniciación a la reunión de conciliación sobre el caso conciliación con Seguros de Vida del Estado, siendo las 9 a.m. El Secretario Técnico del Comité de Conciliación, informa que sé continúo por parte de los técnicos el análisis sobre la viabilidad o no de conciliación con Seguros de Vida del Estado, sobre el caso de las diferencias existentes por el no pago de algunas cuentas de la póliza de alto costo que cubría enfermedades catastróficas o ruinosas, para la población vinculada sin capacidad de pago con cargo al Fondo Financiero Distrital de Salud. Durante el periodo de 1998 a 1999 se suscribió una póliza de seguros de enfermedades de alto costo con la Compañía Central de Seguros que tuvo una duración de 18 meses y con el comportamiento que se incluyó como anexo 9 en los términos de referencia del Concurso 005-2001 de 1999 al 2000 se suscribió otra póliza de seguros de enfermedades de alto costo que duro 13 meses para amparar a la población vinculada al Sistema de Seguridad Social Integral de Salud en el Distrito Capital con la sociedad BBVA SEGUROS DE VIDA S.A. La Dra. Laura, manifiesta que de los informes de siniestralidad obtenidos en el periodo comprendido entre el entre el 1º de Febrero de 1998 y 3 de Diciembre de 2000 (34 meses), arrojaba como valor recobrado la suma de $3.509.195,623.oo y estimado de recobro $2`488.703.722; por CENTRAL DE SEGUROS y BVA GANADERA respectivamente como resultado del concurso anterior, el día 14 de Agosto de 2001 se suscribió la póliza No.005, la cual fue objeto de terminación unilateral por parte de la compañía de seguros, alegando el no pago oportuno de la prima. La vigencia de la póliza fue del 01 de Octubre de 2001 al 01 de Octubre de 2002 para un periodo de doce meses pero se revoco por Seguros del Estado y el contrato quedo hasta el 1 de abril de 2002, el valor de prima de Un Millón Cuatrocientos Dos Mil Setecientos Setenta y Siete Mil Setecientos Setenta y Ocho Pesos ($1.402.777.778) pagados así: mil doscientos cincuenta millones $1.250.000.000 en el mes de Octubre de 2001 y Ciento Cincuenta y Dos Mil Setecientos Setenta y Siete Mil Setecientos Setenta y Ocho Pesos ($152.777.778) en el mes de Abril de 2002. el número de asegurados fue Un Millón Ochenta Y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro Pesos M/cte ($1.086.744) participantes vinculados sin capacidad de pago en niveles 1 y 2 de Sisben sin afiliación al régimen subsidiado y niveles 3 de Sisben. La aseguradora solicitó al FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD, que se estudiara la posibilidad de aceptar la desviación de siniestralidad de la póliza, porque según ellos los datos con los cuales se calculo el riesgo, no estaban ajustados a la realidad. Por lo anterior se realizaron varias reuniones con el intermediario de seguros contratado por el Fondo Financiero Distrital de Salud, en las cuales se determino que se presentara solicitud de conciliación para definir el conflicto que se presenta entre las partes, que previas las conversaciones con los representantes de SEGUROS DEL ESTADO S.A. nos cancele la suma faltante de cuentas por pagar de un valor de Dos Mil Doscientos Veintisiete Millones Ochocientos Veinticinco Mil Ciento Sesenta y Cuatro Pesos ($2.227.825.164.oo), menos el treinta y nueve punto cincuenta y ocho por ciento (39.58%) de la desviación de siniestralidad calculada por los técnicos, es decir la suma estimada de Mil Trescientos Cuarenta Y Seis Millones Cincuenta Un Mil Novecientos Sesenta y Cuatro Pesos ($1.346.051.964), ya que dicho valor hace parte de recobros con aval de pago, recobros faltantes por auditoria por parte de la aseguradora y recobros en proceso de liquidación y presentación ante la aseguradora. El Dr. José Fernando Cardona, lee el concepto enviado por el Dr. Oswaldo Cáliz Peña el cual dice: "Con el fin de corregir algunos errores de calculo incluidos en el comunicado con radicado No.197334 del 18/11/03 y a la conversación sostenida el día de hoy, me permito enviarle las correcciones de los numerales 2 y 3 de acuerdo con el acta de reunión sostenida el día 14 de noviembre de 2003. Continuando con la reunión del viernes 14 de Noviembre de 2003, Seguros del Estado presento los cálculos para sustentar el porcentaje reconocimiento de pago por el 43.68% el cual fue ajustado quedando el 53.27% a indemnizar y el porcentaje restante, es decir 46.73% corresponde a la desviación calculada por ellos. La SDS con base en un cálculo que hice basándome en criterios epidemiológicos, reconoce la cifra del 18.12% como exceso de siniestros validos no esperados en la póliza. Para conciliar el porcentaje de desviación se combinaron las dos cifras es decir: 46.73% (S.E.) + 18.12(S.D.S.)= 64.85% que divido entre (2) arroja como resultado 32.42% desviación aceptada finalmente por la SDS después de ajuste. Una vez expuesta la desviación la SDS identifica para reconocimiento de pago por parte de seguros del estado un 67.58%, que con el desarrollo de la reunión se ajusto a un 60.42% así: se saco la diferencia entre lo que inicialmente reconoce seguros del estado 53.27% y el 67.58% reclamado por la SDS, arrojando un valor de 14.31%, en el cual se le saca el punto medio 7.15% y se pide llevar para suma el porcentaje reconocido por seguros del Estado 53.27% +7.15%= 60.42% Esta cifra significa que seguros del estado reconocerá para el pago final 60.42% de la suma estimada en $2.227.825.164 correspondiente a pagos avalados (1.194.769.701) y recobros faltantes por auditoria y radicación (1.033.055.463). Con base en estos cálculos la recuperación final de la póliza quedaría en: $1.133.218.621, ya pagados por seguros del estado, mas $1.346.051.964 (estimados y correspondientes al 60.42% de $2.227.825.164), para una cifra final estimada de $2.479.270.585, frente al valor pagado de prima por la SDS por $1.402.777.778". Por lo anterior el Dr. José Fernando Cardona, pregunta sobre si consideran que debe conciliarse a lo cual responden afirmativamente los miembros con voz y voto en el citado comité. 2.2. CONCLUSIÓN: Los miembros del comité de conciliación aprueban parcialmente la conciliación por valor de SETECIENTOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($721.879.853). Así mismo se concluye que el valor de recuperación final de la póliza es de DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($2.479.270,585), acogiendo el calculo establecido por el Corredor de Seguros. De este valor ya ha sido pagado a la Secretaria de Salud la suma de MIL CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIÚN PESOS ($1.133.218.621), quedando pendiente de reclamación dineros, por la suma de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CERO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($1.346.051.964) de los cuales SETECIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($721.879.853) ya fueron reconocidos por la aseguradora, quedando pendiente por reclamación la suma de SEISCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE PESOS ($624.172.111), corresponden al 60.42% del total de valores pendientes de pago por respuesta de glosas, glosas parciales, siniestros sin pago ni glosa y recobros en proceso de liquidación, estimando en MIL TREINTA Y TRES MILLONES CERO CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS ($1.033.055.463), acogiendo para ese porcentaje el concepto técnico dado por el corredor de seguros. 3. VARIOS. No se trata ningún asunto Se levanta la sesión siendo las terminando a las 11.30 a.m. para constancia firman los que en ella intervinieron
*Nota: El número del acta se asigna para efectos de su ingreso a Régimen Legal de Bogotá |
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