| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 003 DE 2001 (Abril 26) Por la cual se adopta el Manual de Funciones y requisitos de los diferentes cargos de la planta global de personal de la Corporación la Candelaria LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACIÓN LA CANDELARIA, en ejercicio de las facultades conferidas en el Acuerdo 10 de 1980 y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 122 establece: "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente". Que por Resolución No. 002 de 2001 se modificó la estructura orgánica, y se señalan las funciones de las dependencias que conforman La Corporación la Candelaria. Que es función de la Junta Directiva de la Entidad, adoptar el Manual Especifico de Funciones y Requisitos de los diferentes empleos que conforman la Planta de Personal de la Corporación, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 9° del Acuerdo 10 de 1980. Que mediante Resolución No 002 de 2001 se estableció la planta de personal de la Corporación la Candelaria. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO 1°. Adoptar El manual de Funciones y requisitos para los diferentes cargos que conforman la planta de personal de la Corporación la Candelaria, fijada por la resolución No 002 de 2001, las cuales deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro del objeto y funciones que la normatividad le señala a la Corporación la Candelaria, así: ARTICULO 2°. El jefe de personal (o quien haga las veces) entregará a cada funcionario copia de las funciones determinadas para el respectivo empleo por la presente resolución, en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas. ARTICULO 3°. El Gerente mediante resolución, adoptara las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el manual de funciones y requisitos. ARTICULO 4°. Los requisitos de que tratan los diferentes empleos contenidos en la presente resolución, tendrán las equivalencias contendidas en el Decreto Ley 1569 de 1998 de acuerdo con el nivel jerárquico, naturaleza de las funciones y denominaciones de los empleos. ARTICULO 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de abril de 2001 COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Presidente JUNTA DIRECTIVA Secretario JUNTA DIRECTIVA |