Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acta de Conciliación 4 de 2004 Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
28/10/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/2004
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 4

ACTA 04* DE 2004

(Octubre 28)

SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

COMITÉ INTERNO DE CONCILIACIÓN

SITIO: Sala de Juntas del Despacho de la Secretaria Distrital de Salud

FECHA Y HORA: Inicio el 28 de Octubre de 2004 a las 3.00 p.m. y se terminó a las 5.00 p.m.

ASISTENTES: En calidad de miembros permanentes asistieron: el Dr. Román Rafael Vega Romero Secretario Distrital de Salud, Dr. Mario Andrés Urán Martínez Subsecretario de Salud, el Dr. Dagoberto Quiroga Collazos, Jefe de la Oficina Jurídica.

Se excusaron de asistir por tener compromisos previos la Dra. Carolina Abusaid Graña Directora Financiera y el Dr. Alberto Domingo Fadul Mogollón, Director Administrativo.

En calidad de invitados, asistieron; Máx. Hermes Sierra Poveda, Jefe de la Oficina de Gestión y Autocontrol; la Dra. Blanca Myriam Vargas Sunce y Juan Carlos Castro, abogados de la Oficina Jurídica.

En calidad de Secretario Técnico, actuó el Dr. Melquisedec Guerra Moreno, abogado de la Oficina Jurídica.

DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA

El Secretario Técnico del comité de conciliaciones, indicó el siguiente orden del día:

1.- Verificación del quórum.

2.- Conciliación extrajudicial para liquidación de contratos con ARS.

3.-Varios.

Los documentos que soportan los temas de este comité fueron entregados a la mano a cada uno de sus integrantes el día 28 de Octubre de 2004.

1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

Se hizo verificación, determinando que estaban presentes 3 de los 5 miembros permanentes por lo cual existía quórum y por lo tanto las decisiones que se toman serán válidas.

2. CASOS A TRATAR

2.1. OBJETO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PARA LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS CON ARS.

El Secretario Técnico del Comité de Conciliación comenta que el motivo de la reunión del comité de conciliación es analizar la posibilidad de acudir a la procuraduría como un paso previo en esta etapa judicial de liquidación de los contratos de ARS.

Toma la palabra al Dr. Dagoberto Quiroga Collazos, Jefe de la Oficina Jurídica quien da lectura a las cláusulas donde quedo plasmado el compromiso de la administración de acogernos a Ley 80 de 1993 para efectos de liquidación de los contratos de ARS. El fundamento del presente comité es tomar la determinación si se acude o no a la procuraduría en solicitud de liquidación de los contratos de ARS que no pudieron ser liquidados en forma bilateral y unilateral dentro de los términos legales y que hoy se requiere acudir a la instancia judicial, lo cual es viable según concepto que el Dr. Dagoberto Quiroga Collazos presentó al señor Secretario de Salud y que se adjunta a la presenta acta.

El Dr. Dagoberto Quiroga Collazos comenta; que la administración tiene varias oportunidades para liquidar los contratos, si no se liquidaron de acuerdo a lo pactado en los contratos, al fin de cuentas esta administración no podía hacerlo en las primeras oportunidades por cuanto no estaba en la entidad, la Constitución Nacional establece en el artículo 6 que los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes, los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones, en este orden de ideas la Contraloría debe hacer control posterior y no previo, pues el tiempo legal para hacer liquidación aún no ha terminado, de manera que estamos dentro del tiempo para hacer la liquidación judicial de dichos contratos.

El Dr. Román Vega comenta; la Contraloría afirma que la Secretaría Distrital de Salud no cumplió el programa de mejoramiento que libremente se comprometió a cumplir, pero resulta que ese pacto se firmo en la administración anterior, el ultimo aplazamiento solicitado no fue concedido.

El Dr. Dagoberto Quiroga Collazos manifiesta; los organismos de control deben hacer control posterior y selectivo, si la administración tiene dos años para liquidar judicialmente un contrato, nadie puede venir a decir que no se ha cumplido, cuando los términos no se han vencido, hacerlo sería una coadministración.

El Dr. Melquisedec Guerra comenta; aquí hay que demostrar la fuerza mayor, no basta el compromiso y la buena voluntad de liquidar los contratos sino lograr la aclaración y cruce de las voluminosas y complejas bases de datos, pues dese cuenta que la presente administración no solo contrato dicha actividad con la Universidad Nacional sino a varios profesionales para el saneamiento contable que tiene los mismos fines. Es necesario entender que es un proceso que se da por primera vez, que no existan antecedentes históricos por lo cual la experiencia nos demuestra que los términos fijados legalmente e inclusive los pactados son insuficientes.

El Dr. Román Rafael Vega Romero pregunta ¿Hay lugar a investigación disciplinaria por el hecho de no haberse liquidado los contratos dentro del termino legal?. A lo cual responde el Dr. Dagoberto Quiroga Collazos que si, sobre dicho asunto también se ha manifestado la jurisprudencia.

El Dr. Juan Carlos Castro, hace un cuadro donde relaciona la iniciación, la adición, la fecha de terminación y la fecha en que debió haberse liquidado bilateralmente, la fecha límite para liquidar unilateralmente y la fecha límite para liquidación judicial, la cual puede servir de soporte didáctico para visualizar las fechas en que se vencen cada una de las etapas de la liquidación de los contratos en análisis.

El Dr. Mario Andrés Uran Martínez, Subsecretario de Salud, manifiesta estar de acuerdo con recurrir a esta instancia prejudicial con el propósito de lograr un acuerdo para liquidación de dichos contratos

CONCLUSIÓN:

Los miembros del Comité Interno de Conciliación presentes deciden por unanimidad acudir a la procuraduría para convocar a las ARS a llegar a un acuerdo conciliatorio que permita liquidar los contratos de administración de los recursos del régimen subsidiado.

3.-Varios.

No se trata ningún tema adicional.

Se levanta la sesión siendo las 5 p.m. para constancia se levanta la presente acta y firma por los que en ella intervinieron

ROMAN RAFAEL VEGA ROMERO

Secretario Distrital de Salud

MARIO ANDRÉS URAN MARTÍNEZ

Subsecretario Distrital de Salud

DAGOBERTO QUIROGA COLLAZOS

Jefe Oficina Jurídica

Invitados:

MÁX. HERMES SIERRA POVEDA

Jefe Oficina de Gestión Pública y Autocontrol

JUAN CARLOS CASTRO NORMAN

Abogado de la Oficina Jurídica

BLANCA MYRIAM VARGAS SUNCE.

Abogado de la Oficina Jurídica

MELQUISEDEC GUERRA MORENO

Secretario Comité

 

*Nota: El número del acta se asigna para efectos de su ingreso a Régimen Legal de Bogotá