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Resolución 1123 de 2008 Ministerio de la Protección Social

Fecha de Expedición:
04/04/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2008
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46956 de abril 10 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 01123 DE 2008

(abril 4)

por la cual se modifica parcialmente la Resolución 660 de 2008.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 2º, numeral 15 del Decreto-ley 205 de 2003 y 13 literal e) de la Ley 1122 de 2007,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modifícase el inciso del numeral 2 del artículo 9° de la Resolución 660 de 2008, el cual quedará así:

"Las entidades que se encuentren relacionadas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, no podrán participar en el proceso de habilitación que realicen los departamentos y el Distrito Capital".

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de abril de 2008.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46.956 de abril 10 de 2008.