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DECRETO 42 DE 1994 (Enero 21) "Por el cual se determina la composición de la junta directiva del Fondo de Salud Mental y Asistencia al Anciano Desamparado de Santafé de Bogotá, D.C." EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, En uso de las facultades que le confieren los artículo 56 y 176 del decreto - ley 1421 de 1993, DECRETA: ARTICULO 1º. La Junta directiva del Fondo de Salud Mental y Asistencia al Anciano Desamparado de Santafé de Bogotá, D.C. estará integrada por el alcalde mayor o su delegado, quien la presidirá, y cuatro (4) miembros más designados libremente por el alcalde mayor. El Director Ejecutivo del Fondo asistirá a las sesiones de la junta con voz pero sin voto y actuará como secretario de la misma, el Jefe de la Sección de Salud Mental o quien haga veces. ARTICULO 2º. Las normas de este decreto se presentarán como proyecto de acuerdo al concejo distrital dentro de los tres días siguientes a su expedición. ARTICULO 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Santafe de Bogotá, D.C. a los 21 días del mes de Enero de 1994 JAIME CASTRO Alcalde Mayor ALVARO DAVILA PEÑA Secretario General NOTA: Publicado en el Registro Distrital 830 del 21 de Enero de 1994. |