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RESOLUCIÓN 065 DE 2008 (Marzo 27) Derogada por el art. 8, Resolución S.D.E. 39 de 2009 "Por la cual se efectúan delegaciones en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico" LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en el artículo 12 de la ley 80 de 1993, el artículo 9 de la ley 489 de 1998, en el artículo 60 del decreto distrital 854 de 2001 y en el artículo 5 del decreto 552 de 2006, CONSIDERANDO Que de conformidad con los decretos distritales 854 de 2001 y 552 de 2006, la competencia para ordenar el gasto con cargo a las apropiaciones incorporadas al presupuesto de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico y para contratar y comprometer a nombre de Bogotá Distrito Capital, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, se encuentra radicada en el (la) Secretario(a) de Despacho.Que el articulo 60 del Decreto Distrital 714 de 1996, indica que la ordenación de gasto conlleva la ordenación de pago, por lo cual esta última constituye una función autónoma del (de la) Secretario(a) de Despacho. Que de conformidad con el articulo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán transferir mediante acto de delegación, el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que de acuerdo con los artículos 12 de la ley 80 de 1993 y el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes. Que de conformidad con el artículo 21 de la ley 1150 de 2007, en ningún caso los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual. Que el articulo 38 del Decreto Distrital 499 del 30 de diciembre de 2003, dispone que "En caso de modificación de los funcionarios que deban suscribir las órdenes de pago o relaciones, la entidad responsable deberá informar inmediatamente y actualizar las firmas correspondientes en la Dirección Distrital de Tesorería." Que de conformidad con el artículo 2º de la ley 1150 de 2007 la menor cuantía de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico para la vigencia 2008 es de 280 salarios mínimos legales, mensuales vigentes, valor equivalente a CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE. ($129.220.000.00). Que en aras de garantizar el fortalecimiento de la gestión administrativa en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, se hace necesario efectuar algunas delegaciones en materia de contratación de la Entidad, Que en mérito de lo expuesto, Ver la Resolución de la Sec. de Desarrollo Económico 062 de 2007 RESUELVE Artículo 1º. Delegar en el/la Director (a) de Gestión Corporativa la competencia para dirigir los procesos contractuales y para celebrar los contratos con cargo al presupuesto de funcionamiento de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, hasta DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL PESOS M/CTE. ($12.922.000), suma equivalente al diez por ciento (10%) de la menor cuantía, para la vigencia del año 2008. Parágrafo primero: La delegación conferida en el presente artículo, comprende la función de suscribir las adiciones, prórrogas, modificaciones, actas de liquidación y solicitudes de registro presupuestal, así como la de expedir todos los actos administrativos relacionados con la ejecución y liquidación de los contratos. Artículo 2º. Delegar en el /la Subsecretario (a) de Despacho, la competencia para dirigir los procesos contractuales y para celebrar los contratos con cargo a los proyectos de inversión de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico¿ hasta CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE. ($129.220.000) para la vigencia del año 2008. Parágrafo primero: La delegación conferida en el presente artículo, comprende la función de suscribir las adiciones, prórrogas, modificaciones, actas de liquidación y solicitudes de registro presupuestal, así como la de expedir todos los actos administrativos relacionados con la ejecución y liquidación de los contratos. Artículo 3º. Delegar en el /la Subsecretario (a) de Despacho la competencia para dirigir los procesos contractuales y para celebrar los contratos con cargo al presupuesto de funcionamiento cuyo valor este comprendido entre DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL UN PESO M/CTE. ($12.922.001) hasta CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE. ($129.220.000) en la vigencia 2008. Parágrafo primero: La delegación conferida en el presente artículo, comprende la función de suscribir las adiciones, prórrogas, modificaciones, actas de liquidación y solicitudes de registro presupuestal, así como expedir todos los actos administrativos relacionados con la ejecución y liquidación de los contratos. Artículo 4º. Estas delegaciones comprenden todos los contratos y convenios que requiera celebrar la Secretaría para el cumplimiento de sus funciones, bien sea que comprometan o no recursos del presupuesto de la entidad. Artículo 5º. Las cuantías se reajustarán anualmente de acuerdo con las variaciones que se presenten en el presupuesto de la entidad y en el salario mínimo mensual legal vigente. Artículo 6º. Estas delegaciones comprenden la facultad de ordenación de los pagos derivados de los contratos celebrados con cargo a los recursos de la Secretaría. Artículo 7º. Comunicar esta resolución, para los efectos pertinentes a la Secretaría General y a la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería. Artículo 8º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008). MÓNICA DE GREIFF Secretaria de Despacho NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3954 de marzo 28 de 2008. |