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DECRETO 58 DE 1992 (Febrero 3) "Por el cual se legaliza la Junta de Compras del Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias de Santafé de Bogotá, D.C. "FOPAE" EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas por el Acuerdo 6 de 1985. CONSIDERANDO: Que es necesario legalizar la composición de la Junta de Compras del Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias de Santafé de Bogotá, DECRETA: ARTICULO 1. La Junta de Compras estará integrada por: a) El secretario General de la Alcaldía Mayor o su delegado. b) El Secretario de Gobierno, o su delegado. c) El Director Ejecutivo del Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias, quien actuará como Secretario. ARTICULO 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 3 de Febrero de 1992
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 687 de junio 5 de 1992 |