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Decreto 68 de 1989 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/03/1989
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/04/1989
Medio de Publicación:
Registro Distrital 499 del 6 de abril de 1989
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 68 DE 1989

DECRETO 68 DE 1989

(Marzo 3)

Subrogado por el Decreto 741 de 1993

Por el cual se hace una delegación al Tesorero Distrital, para celebrar Contratos para el normal funcionamiento de la Tesorería de Bogotá, D.E.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 3133 de 1968 y el Acuerdo 6 de 1985, y

CONSIDERANDO:

Que al tenor del Artículo 194 del Acuerdo 6 de 1985, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.E., puede delegar la celebración de los Contratos en los Jefes de las respectivas dependencias, para el normal funcionamiento de la Tesorería Distrital.

Ver Art. 60 Decreto 854 de 2001

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Delégase en el Tesorero de Bogotá, Distrito Especial la facultad de celebrar los contratos que requiera para el normal funcionamiento de la Tesorería Distrital.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.E., a los 3 de marzo de 1989.

ANDRES PASTRANA ARANGO

ROMULO GONZALEZ TRUJILLO

El Alcalde Mayor de Bogotá,

El Secretario General,