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DECRETO 68 DE 1989 (Marzo 3) Subrogado por el Decreto 741 de 1993 Por el cual se hace una delegación al Tesorero Distrital, para celebrar Contratos para el normal funcionamiento de la Tesorería de Bogotá, D.E. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 3133 de 1968 y el Acuerdo 6 de 1985, y CONSIDERANDO: Que al tenor del Artículo 194 del Acuerdo 6 de 1985, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.E., puede delegar la celebración de los Contratos en los Jefes de las respectivas dependencias, para el normal funcionamiento de la Tesorería Distrital. Ver Art. 60 Decreto 854 de 2001DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Delégase en el Tesorero de Bogotá, Distrito Especial la facultad de celebrar los contratos que requiera para el normal funcionamiento de la Tesorería Distrital. ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.E., a los 3 de marzo de 1989.
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