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DECRETO 1483 DE 2008 (mayo 6) por el cual se crea un bono extraordinario para los servidores públicos del orden nacional señalados en el artículo 1° de la Ley 4ª de 1992 y el Decreto-ley 272 de 2000. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, DECRETA: Artículo 1°. Créase para los servidores públicos del orden nacional señalados en el artículo 1° de la Ley 4ª de 1992 y en el Decreto-ley 272 de 2000, por una sola vez y sin carácter salarial ni prestacional para ningún efecto legal, un bono extraordinario equivalente a cien mil pesos ($100.000) moneda corriente, el cual se pagará en el mes de mayo de 2008.Tendrán derecho a este bono extraordinario los servidores públicos señalados en el inciso anterior, que se encontraban vinculados a la administración a 1° de septiembre de 2007 y permanezcan vinculados a la fecha de publicación del presente decreto, con excepción del Presidente de la República, Ministros de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Secretarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y el Vicepresidente de la República. Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2008. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46982 de mayo 07 de 2008. |