| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 38 DE 1999 (Noviembre 11) Por la cual se institucionaliza la condecoración al Mérito "CACIQUE INGA" EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ En uso de sus facultades legales especialmente las conferidas por el Decreto Ley 1421 y el acuerdo 18 de 1989 y CONSIDERANDO.- ARTÍCULO PRIMERO.- Institucionalice la Condecoración al Mérito " CACIQUE INGA" que conferirá la Alcaldía Local de Engativá, con destino a señalar y recompensar a las personas o instituciones que hayan prestado servicios eminentes a la comunidad, o que se hayan distinguido o que se distingan por servicios especiales, de interés general, ejemplarizantes para la ciudadanía o cualquier otra actividad, encaminada al engrandecimiento, progreso y desarrollo de la Localidad de Engativá. ARTÍCULO SEGUNDO.- La condecoración al Mérito CACIQUE INGA, tendrá cuatro categorías 1. Gran Caballero, 2. Gran Oficial, 3. Especial y 4. Comunitario. ARTÍCULO TERCERO.- Las condecoraciones creadas en el artículo anterior serán otorgadas por la Alcaldía Local de Engativá, por solicitud motiva presentada por Autoridades Civiles, Militares, de policía, Eclesiásticas y personas de reconocido liderazgo en la comunidad. ARTÍCULO CUARTO.- Cada condecoración estará acompañada de un Decreto Local motivado, que acreditará los méritos por los cuales se otorga la condecoración. ARTÍCULO QUINTO.- Los galardonados serán condecorados por el Alcalde Local o en su defecto por su Delegado, en ceremonia solemne y protocolo que se fije para dicho acto. ARTÍCULO SEXTO.- La condecoración al Mérito " CACIQUE INGA", en categoría especial, será otorgada a todos los Alcaldes Locales de Engativá al retirarse de su cargo. Esta imposición estará a cargo del Alcalde Local entrante. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se solicita la autorización respectiva, para el porte permanente de la Venera, en el Uniforme, para el caso de personal de la Fuerzas Militares y de Policía. ARTÍCULO OCTAVO.- Las categorías establecidas anteriormente contaran de las siguientes características: CATEGORÍA GRAN CABALLERO Son doradas, de colores verde, amarillo y rojo, en el centro llevará el Escudo de Santa Fe de Bogotá. CATEGORÍA ESPECIAL GRAN OFICIAL Serán doradas, de colores verde, amarillo y rojo en el centro llevará el Escudo de Santa Fe de Bogotá. CATEGORÍA ESPECIAL Serán doradas, de colores verde, amarillo y rojo, en el centro llevará el Escudo de Santa Fe de Bogotá. CATEGORÍA COMUNITARIO Cinta bicolor de la Bandera de Santa Fe de Bogotá, con una medalla plateada, estrellas de colores verde blancas y plateadas, llevará en el centro el Escudo de Santa Fe de Bogotá. ARTÍCULO NOVENO.- Toda sentencia condenatoria por Tribunal Competente, Civil, Militar o de Policía, contra quien la ostente, implica la perdida del derecho al honor de la condecoración. Dado en Santa Fe de Bogotá a los once (11) días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999). PUBLÍQUESE, COMINÍQUESE Y CÚMPLASE ALIRIO GUTIÉRREZ CAMPOS Alcalde Local de Engativá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2060 de enero 06 de 2000. |