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Decreto Local 2 de 2001 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
09/02/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/02/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2339 de febrero 13 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2001

(Febrero 9)

Por medio del cual se conforma e instala El Consejo de Planeación Local de la Localidad Quinta de Usme.

EL ALCALDE LOCAL DE USME

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 13 y 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 7 del Acuerdo Distrital No. 13 de 2000.

CONSIDERANDO

Que el artículo 2° de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA establece dentro de los FINES ESENCIALES DEL ESTADO el «facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación».

Que el artículo 40 numeral 2 de la Carta Magna estatuye el derecho que tiene todo ciudadano a «Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación ciudadana democrática.»

Que el artículo 318 de la Constitución Política de Colombia asegura la participación ciudadana en el manejo de asuntos públicos de carácter local.

Que la Ley 152 de 1994, Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, articulo 3° literal g), consagra la participación ciudadana durante el proceso de discusión de los planes de desarrollo.

Que la Ley 134 de 1994, establece las normas sobre mecanismos de participación ciudadana.

Que el Decreto-Ley 1421 de 1993 ESTATUTO ORGÁNICO DE BOGOTÁ, en su artículo 6° promueve la organización de los habitantes y los comunidades para que sirvan de mecanismos de representación en las distintas instancias de participación concertación y vigilancia de la gestión Distrital y Local.

Y en cumplimiento del Acuerdo 13 de 2000,

Ver el Decreto Local 04 de 2008

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.- Conformar e instalar el CONSEJO DE PLANEACIÓN LOCAL DE USME, de acuerdo con la normatividad vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Una vez cumplidos los requisitos de inscripción, acreditación y elección de los representantes de los diferentes organizaciones contempladas en el Acuerdo 13 de 2000, el Consejo de Planeación Local de Usme queda integrado así:

SECTOR

REPRESENTANTE

C.C. No.

01 Asociación de Juntas de Acción Comunal

José Duberney Aránzazu Correa

4.588.354

02 Asociaciones de Padres de Familia

Leonor González Chaca

51.590.958

03 Organizaciones Juveniles

Claudia Patricia Díaz C.

52.369.311

04 Rectores de Establecimientos Educativos

José Gildardo Peña Valenzuela

79.307.052

05 Organizaciones de Comerciantes

Tulio Carvajal Villaba

79.462.885

06 Organizaciones de Industriales

Luz Miryam Rojas Beltrán

41.623.886

07 Gerentes de Establecimientos de Salud Pública

Gladys Myriam Sierra Pérez

41.712.073

08 Organizaciones No Gubernamentales

Wilmar Díaz Zapata

80.489.742

09 Organizaciones Ambientales

María Cristina Moreno Cruz

51.718.482

10 Organizaciones Campesinas

Dilia Beltrán

20.310.755

11 Organizaciones Étnicas (Afrocolombiana)

Tulio César Cambindo Caycedo

10.385.356

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de febrero del año dos mil uno (2001).

NELSON CRUZ DUARTE

Alcalde Local de Usme

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2339 de febrero 13 de 2001