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Decreto 125 de 1990 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/04/1990
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/06/1990
Medio de Publicación:
Registro Distrital 589 del 19 de junio de 1990
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 125 DE 1990

DECRETO 125 DE 1990

(Abril 19)

Derogado por el Decreto 59 DE 1991

Por el cual se asignan una funciones al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.E.

EL ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL

En ejercicio de sus atribuciones legales, en particular de las conferidas por el Decreto Ley 3133 de 1996, el Acuerdo 7 de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 525 del 6 de marzo de 1990, el Gobierno Nacional delegó en el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Especial la inspección y vigilancia de las instituciones de utilidad común con fines educativos, científicos, tecnológicos, culturales, de recreación o deportes que funcionan en Bogotá, D.E., así como su reconocimiento, cancelación y demás funciones inherentes a la Personería Jurídica de dichas entidades sin ánimo de lucro.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá cumplir y hacer que se cumplen en el Distrito Especial los Decretos y órdenes del Gobierno.

Que para los fines anotados, es necesario asignar al Secretario General de la Alcaldía mayor de Bogotá el cumplimiento de las funciones delegadas al Alcalde Mayor mediante Decreto 525 del 6 de marzo de 1990.

Que es conveniente unificar el trámite dado a las solicitudes relacionadas con Personería Jurídicas de entidades sin ánimo de lucro en los términos del Decreto Distrital 525 del 22 de junio de 1988 y demás normas concordantes.

Que corresponde al Alcalde Mayor distribuir los negocios según su naturaleza, entre los Secretarios y Jefes de Departamentos Administrativos.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Las funciones delegadas al Alcalde Mayor de Bogotá por el Decreto nacional No. 525 del 6 de marzo de 1990, serán cumplidas por el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.E. en los términos del Decreto No. 525 del 22 de Junio de 1988.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.E. a los 19 de Abril de 1990

ANDRES PASTRANA ARANGO

ROMULO GONZALEZ TRUJILLO

El Alcalde Mayor de Bogotá,

El secretario General