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RESOLUCION 084 DE 2007 (Marzo 6) "Por medio de la cual se Modifica, Actualiza y Subroga la Resolución No. 232 de octubre 12 de 2001, que crea el Comité de Emergencias del Hospital Tunjuelito II nivel empresa social del Estado y se asigna la responsabilidad de la puesta a prueba del plan hospitalario de emergencia" EL GERENTE DEL HOSPITAL TUNJUELlTO NIVEL II EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO El Gerente del Hospital Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y, CONSIDERANDO Que el Ministerio de Salud en uso de las facultades legales conferidas por la ley 9 de 1979 y el Decreto 121 de 1976, emitió la Resolución No. 1802 de 1989, por medio de la cual creó los Comités Hospitalarios de Emergencias. Que conforme a la misma Resolución se asigna la responsabilidad de la elaboración del Plan Hospitalario de Emergencias al Comité de Emergencias del Hospital. Que el Comité Hospitalario de Emergencias tiene la función de la puesta a prueba de los planes hospitalarios de emergencia mediante simulacros. Que en merito de lo anteriormente expuesto RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Conformar el Comité Hospitalario de Emergencias que tiene por objeto cumplir con las funciones que la ley les asigne y en especial las de elaboración, difusión, revisión periódica y actualización del Plan Hospitalario de Emergencias, lo mismo que la capacitación del personal, la coordinación de las actividades de prevención de las situaciones de emergencia, así mismo deberá integrar las brigadas, poner en marcha los planes de contingencia al riesgo y realizar el simulacro de emergencias. ARTICULO SEGUNDO: El Comité Hospitalario de Emergencias del Hospital Tunjuelito estará conformado por: * El Gerente del Hospital de Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado. * La Comisión Operativa la cual será dirigida por el Subgerente de Servicios de Salud quien lo preside y conformada por los Directores y Coordinadores de las diferentes sedes prestadoras de servicios de salud del Hospital Tunjuelito II Nivel E.S.E., integrada además, en las Clínicas de Medicina Interna, Materno Infantil y Quirúrgica, por un médico de urgencia de planta, las enfermeras Jefe y el personal de vigilancia privada; también la conformará el Coordinador del área de Saneamiento Ambiental, quien será el representante del hospital en el Comité Local de Emergencias. * La Comisión de Recursos será dirigida por el Subgerente Administrativo y Financiero * La Comisión Técnica y Educativa será dirigida por el Coordinador de Salud Ocupacional quien será el secretario del comité, y el asesor designado por la ARP en Prevención y Asistencia de Riesgos. ARTÍCULO TERCERO: Serán acciones Generales del Comité de Emergencias: 1. Antes de la Emergencia: * Planear y organizar las diferentes acciones y recursos para la eficaz respuesta frente a una eventual emergencia. * Conocer el funcionamiento del hospital, sus instalaciones, las emergencias tanto a nivel interno como externo que se puedan presentar dentro de las instalaciones del hospital y en la localidad sexta de Tunjuelito las cuales se encuentran incluidas en el Plan Hospitalario de Emergencias. * Promover y Evaluar los simulacros de emergencias para retroalimentar las acciones de planificación. 2. Durante la Emergencia: * Activar la cadena de llamadas de los integrantes del comité de emergencias * Evaluar las condiciones y magnitud de la emergencia. * Distribuir los diferentes recursos para la atención adecuada de la emergencia. * Contactar Grupos de apoyo externo en caso de ser necesario. * Tomar decisiones en cuanto al tiempo de evacuación total o parcial de la Empresa. * Decidir quien hará parte del Puesto de Mando Unificado por parte del hospital, el tiempo en el que este opere, en caso de presentarse una emergencia externa. * Recoger toda la información relacionada con la emergencia, direccionarla a la Subgerencia de Servicios de Salud, para que asimismo ésta se direccione a la Gerencia, quien atenderá los medios de comunicación de ser necesario. 3. Después de la Emergencia * Evaluar el desarrollo de las diferentes actividades contempladas en el plan. * Establecer o determinar los correctivos. ARTÍCULO CUARTO: Serán acciones de la Comisión Operativa: 1. Antes de la Emergencia: * Promover los programas de capacitación para todo el personal de la empresa. * Establecer los puntos de encuentro. * Establecer las áreas de triage. * Establecer las áreas de expansión. * Mantener permanentemente actualizado el Plan Hospitalario de Emergencias (Cadena de llamadas e Inventario de recursos Humanos y Físicos). 2. Durante la Emergencia: * Activar la cadena de llamadas de los funcionarios de las diferentes unidades en caso de ser necesario. * Coordinación de las acciones operativas en la atención de emergencias en las unidades involucradas (distribución de funciones y elementos de atención médica). * Elaborar listado de personas afectadas. * Adecuar las zonas de expansión en caso de ser necesario. * Coordinar el traslado de heridos. 3. Después de la Emergencia * Asegurar la reposición del inventario de recursos. * Evaluar la eficiencia de la cadena de emergencias. * Contacto permanente con las instituciones a donde se remitieron los afectados. * Elaborar un informe de la emergencia para ser presentado en el comité. ARTÍCULO QUINTO: Serán acciones de la Comisión Técnica y Educativa: 1. Antes de la Emergencia: * Promover programas de control y de prevención de riesgos. * Identificar las necesidades educativas. * Planear y Coordinar las actividades formativas. * Evaluar los programas educativos. * Velar por la actualización permanente de los panoramas de riesgos. * Promover la consecución de material técnico. 2. Durante la Emergencia: * Ubicar y analizar el comportamiento del riesgo, la magnitud y consecuencias generadas por la situación. * Determinar las causas técnicas que generaron la emergencia. * Coordinar con la Subgerencia Administrativa y Financiera reuniones para orientar al personal de mantenimiento en la corrección del riesgo. * Determinar los diferentes vacíos en los procesos formativos y preventivos. 3. Después de la Emergencia * Actualizar el panorama de riesgos de la sede donde se presento la emergencia. * Evaluar la eficiencia de los programas educativos y preventivos. * Programar nuevos talleres para corregir o afianzar conocimientos. * Presentar informes técnicos sobre la causa de la emergencia cuando esta fuere causada por amenazas internas. ARTÍCULO SEXTO: Serán acciones de la Comisión de Recursos: 1. Antes de la Emergencia: * Gestionar la actualización de planos, señalización y rutas de evacuación. * Presentar las cotizaciones sustentadas de Recursos Necesarios. * Dotar la brigada de emergencias. * Proveer los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento de cada una de las comisiones. 2. Durante la Emergencia: * Coordinar suministro oportuno y permanente de los recursos para dar respuesta a la emergencia. 3. Después de la Emergencia * Coordinar la recuperación de los suministros usados. * Realizar el inventario de recursos para iniciar la reposición. * Gestionar las necesidades de nuevos recursos. ARTICULO SEPTIMO: El comité Hospitalario de Emergencias sesionará por lo menos seis (6) veces al año y podrá hacerse conjuntamente con las sesiones del Comité de Residuos Hospitalarios. El comité podrá sesionar extraordinariamente por convocatoria de la Gerencia. ARTICULO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogota a los Seis (6) días del mes de Marzo de 2007. JOSE RAFAEL DOMÍNGUEZ AYALA Gerente E.S.E. Hospital de Tunjuelito II Nivel |