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ACUERDO 006 DE 2007 (Junio 28) "Por el cual se suprimen unos empleos en la Planta de Personal de Trabajadores Oficiales del Hospital Tunjuelito II nivel Empresa Social del Estado" LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DE TUNJUELITO II NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 17 de 1997 y las consagradas en el literal f del articulo Décimo Quinto del Acuerdo 01 de 2000 de la Junta Directiva del Hospital, estatutos de la Empresa Social del Estado, CONSIDERANDO Que Mediante el Acuerdo 11 del 22 de junio de 2000, expedido por el Concejo de Bogotá, Distrito Capital, se fusionaron algunas Empresas Sociales del Estado adscritas a la Secretaria Distrital de Salud. Que mediante el Acuerdo No.004 de 2000 de Junta Directiva, se adecuó la planta de personal del Hospital de Tunjuelito Empresa Social del Estado, adicionada por los Acuerdos No. 011 y No. 006 de 2000. Que en la planta de personal de Trabajadores oficiales actualmente se encuentran vacantes 3 empleos de Conductor Código 5155 IV C, en razón a que el parque de automotor de la entidad, no cuenta con los vehículos necesarios que amerite proveerlos. Asimismo, existe un (1) empleo de Operario Servicios Generales vacante, puesto que el servicio de Aseo y Mantenimiento de las entidad, es contratado directamente con las empresas especializadas en la materia, es así que los servicios o funciones que el eventual operario pueda desarrollar en la materia, lo efectúa con mayor eficiencia y efectividad dicha empresa de aseo, por lo que se estima forzoso suprimirlos. Teniendo en cuenta el factor costo beneficio, la entidad en el proceso de ajuste de la planta de personal de Trabajadores oficiales estima económicamente conveniente suprimir los cargos de conductor y Operario de Servicios Generales que se encuentran vacantes, y de requerirse pueden ser objeto de contratación directa, mecanismo que se ha utilizado representando un ahorro significativo para su escaso presupuesto. Que conforme a los conceptos expedidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil No. 01-02-2005-1801 y EE8548 del 21 de Septiembre de 2005, es que la competencia para la modificación de la planta de personal de cualquier índole de las Empresas Sociales del Estado, previo el estudio técnico respectivo radica en Junta Directiva del Hospital y su adopción corresponde al Gerente. Que los empleos legales pertenecientes a la planta de personal de Trabajadores oficiales del Hospital Tunjuelito deben ser identificados y ordenados jerárquicamente y corresponder al sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de cargos legalmente establecidos Que el Decreto 1876 de 1994, por el cual se reglamente los artículos 96, 97 y 98 del Decreto Ley 1298 de 1994, establece en su artículo 11 como funciones de la Junta Directiva "Aprobar la planta de personal y las modificaciones a la misma para su posterior adopción por la autoridad competente". Que el Decreto 139 de 1996, por el cual se establecen los requisitos y funciones de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado, dispone como funciones entre otras, "16. Presentar a la Junta Directiva el proyecto de planta de personal y las reformas necesarias para su adecuado funcionamiento y someterlo a la aprobación de la autoridad competente". Que en consecuencia, es necesario y conveniente suprimir tres (3) empleos de Conductor Código 5155 IV C y un (1) empleo de Operario Servicios Generales de la planta de personal de Trabajadores oficiales del Hospital de Tunjuelito II nivel E.S.E. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió el concepto técnico favorable de aprobación a la supresión de cuatro (4) empleos de la planta de Trabajadores oficiales del Hospital de Tunjuelito. Que en mérito de lo expuesto, Ver la Resolución 120 de 2007, Ver el Acuerdo 11 de 2005 ACUERDA ARTICULO PRIMERO. Suprimir de la planta de personal de Trabajadores oficiales del Hospital de Tunjuelito, a partir de la fecha de expedición del presente Acto Administrativo, los siguientes empleos: TRABAJADORES OFICIALES
ARTICULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.Dado en Bogotá, D. C. a los Veintiocho (28) días del mes de Junio de 2007. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE CLAUDIA HELENA PRIETO VANEGAS Presidente Junta Directiva Hospital Tunjuelito II Nivel E.S.E. |