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Resolución 115 de 2006 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
28/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 115 DE 2006

(Junio 28)

"Por la cual se conforma el Comité Materno Perinatal e Infantil del Hospital Tunjuelito II nivel E.S.E."

EL GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL E. S. E

En uso de sus facultades legales y estatutarias conferidas en el literal c) del Artículo Vigésimo del Acuerdo No. 001 del 23 de agosto de 2000 y en la Resolución No. 056 de 16 de marzo de 2006 y,

CONSIDERANDO

Que el Concejo de Bogotá mediante Acuerdo No. 17 del 10 de diciembre de 1997, transforma los Establecimientos Públicos Distritales de Servicios de Salud en Empresas Sociales del Estado.

Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá según Acuerdo No. 011 de 2000 del 22 de junio de 2000, fusionó las Empresas Sociales del Estado, creando en el Inciso cuarto del Artículo Primero el Hospital Tunjuelito como Empresa Social del Estado.

Que mediante el Acuerdo No. 001 del 23 de agosto de 2000, que adopta el Estatuto del Hospital Tunjuelito II Empresa Social del Estado, en el literal c) del Artículo Vigésimo dentro de las funciones del Gerente está la de articular el trabajo que realizan los diferentes niveles de la organización, dentro de una concepción participativa de la gestión.

Que de conformidad con las recomendaciones del Comité Nacional para el estudio de la Mortalidad Materna Perinatal e infantil y las acciones de coordinación de la Dirección General de Salud Sexual y Reproductiva, se debe crear el Comité Materno Perinatal e Infantil, para el análisis de los casos de mortalidad de este tipo, que se presente en el Hospital Tunjuelito, con el fin de aplicar una metodología uniforme que permita determinar las causas que originan el fallecimiento de los pacientes, mujeres y niños (en particular en el proceso de la gestación), así como proponer planes de mejoramiento que permitan evaluar los procesos al interior del Hospital Tunjuelito.

Que es necesario que el Hospital establezca estrategias que permitan resolver problemas como el subregistro, disminuir la tasa actual de mortalidad del Hospital e identificar causas y adoptar las medidas preventivas correspondientes.

Que es política de la Gerencia acoger por consenso las decisiones que se deban adoptar en la ejecución de las metas propuestas al interior de la entidad, para lo cual se hace imperioso contar con la participación activa de los funcionarios comprometidos en este procesos, acerca de las acciones a desarrollar sobre la realización del objeto social de la institución.

La empresa requiere de este Comité como apoyo a las soluciones que se deben atender en la toma de medidas relacionadas con la los casos de mortalidad de este tipo, que se presenten en el Hospital Tunjuelito.

Atendiendo lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Conformar el Comité Materno Perinatal e Infantil del Hospital Tunjuelito II Nivel E.S.E., con el fin de analizar la causalidad de la mortalidad materna perinatal e infantil en particular y establecer estrategias específicas para su reducción, previsibilidad y evitabilidad

ARTICULO SEGUNDO: Objeto.- El Comité tendrá como fin primordial el de reducir los Índices de Mortalidad General, Materna Perinatal e Infantil del Hospital, determinando los factores causantes o concurrentes en el hecho, que contribuyan a explicar la naturaleza de las muertes, si es posible su previsibilidad y evitabilidad en la forma más objetiva posible, así como contar con estadísticas confiables y comparables de Mortalidad General, Materna Perinatal e Infantil, ocurrida en el área de influencia del Hospital.

ARTICULO TERCERO: Composición.- El Comité estará integrado por los funcionarios que desempeñan los siguientes cargos:

Gerente

Subgerente de Servicios de Salud

Coordinador de Epidemiólogìa

Administración Programa SSR (Secretaria)

Referente Red Social Materno Infantil

Coordinador Clínica Materno Infantil El Carmen.

Coordinador de Ginecología

Coordinador de Salud pública

Coordinador PAB

Coordinadora P y P

Coordinadora de Enfermería.

Coordinador APS

PARÁGRAFO: Cuando la circunstancia lo ameriten se invitarán a otros funcionarios para análisis de mortalidad materna perinatal e infantil.

ARTICULO CUARTO: Funciones del Comité.- Son funciones del Comité:

Fomentar y propiciar la investigación sobre la materia.

Asesorar a la Gerencia y Subgerencia con relación a las estrategias, acciones y proyectos alrededor de la Red Materno Perinatal e Infantil.

Socialización del Sistema de Información Perinatal. (S.I.P).

Integrar y fortalecer la operación en red social en el marco de gestión en Salud Publica en territorios sociales.

En los casos de muerte materna y perinatal, realizar el reporte post mortem, incorporando además el dictamen respectivo, junto con el expediente clínico con los exámenes practicados y copia del certificado de defunción.

Utilizar los datos obtenidos, como elementos estadísticos, técnico-médicos, epidemiológicos y de enseñanza, con manejo confidencial por los miembros del comité.

Establecer recomendaciones para la toma de decisiones y ejecutar acciones inmediatas que mejoren la atención en la unidad hospitalaria, así como en las unidades de atención primaria, la referencia de los pacientes y con ello contribuir a las tasas de mortalidad de la región, particularmente las de mortalidad materna y perinatal e infantil.

Disponer de un archivo en donde se guarde bajo su responsabilidad los expedientes con número progresivo de cada caso de muerte hospitalaria materna perinatal e infantil.

Elaborar un informe trimestral del funcionamiento del comité.

Vigilar permanentemente que la atención que se brinda a los pacientes usuarios sea oportuna, con calidez, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la normatividad, evitando la presencia de factores que inciden en obstaculizar la atención como la falta de medicamentos, fallas en los equipos, contaminaciones, etc.

Mantener una estrecha relación de trabajo con los demás comités (Red Materna Perinatal del Sur, Cove de Unidad de Análisis de Mortalidad Materna Perinatal e Infantil), y apoyarse en la referencia de pacientes, definir sus niveles de previsibilidad con base en acciones de fomento de la salud.

ARTICULO QUINTO: De la Secretaría del Comité.- El Comité tendrá una Secretaría que será ejercida por quien ocupe el cargo de Administración del Programa SSR, y en su defecto él o la referente de la Red Social Materno Infantil.

ARTICULO SEXTO: Funciones de la Secretaria.- Son funciones de la secretaría del comité:

Elaborar las actas de todas las reuniones registrando las decisiones tomadas, tareas asignadas e informes en general, debidamente aprobadas y suscritas por los miembros del Comité, debiéndose procurar el archivo de las mismas.

Citar por escrito a las reuniones ordinarias con mínimo de cinco (5) días de antelación haciendo alusión a los temas a tratar.

Citar para las reuniones extraordinarias, cuando el Gerente lo convoque.

Disponer las actas para revisión y firma de los integrantes del Comité

ARTICULO SEPTIMO: Reuniones.- Dada la naturaleza del Comité, éste debe sesionar el último martes de cada mes, haciendo mención de los asuntos pendientes que continúan con un seguimiento hasta su solución. Mensualmente el comité debe realizar un análisis y evaluación de los resultados y dar a conocer las tasas y causas de defunción, problemática detectada con más frecuencia, analizar el Sistema de Información Perinatal y demás datos que se consideren importantes, así como las alternativas de solución propuestas para disminuir la mortalidad en el Hospital.

ARTICULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones internas que le sean contrarias.

Dada en Bogotá a los veintiocho (28) días del mes de Junio de 2006.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

JOSE RAFAEL DOMÍNGUEZ AYALA

Gerente Hospital Tunjuelito II Nivel E. S. E.