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ACUERDO LOCAL 066 DE 2002 (Abril 17) «Por el se crea el Comité Local de Preservacion Cuidado y Vigilancia del Monumento de Banderas» LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD KENNEDY En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y además normas vigentes. (Sic)EXPOSICION DE MOTIVOS Proyecto de Acuerdo Local 03 de 2002, por el cual se crea el COMITÉ LOCAL DE PRESERVACION, CIUDADO Y VIGILANCIA DEL MONUMENTO DE BANDERAS. El monumento de Banderas, fue construido hace 54 años, con ocasión a la novena conferencia de la Organización de los Estados Americanos OEA, pero que desafortunadamente no fue inaugurada en su época por los trágicos hechos de la muerte del Caudillo Liberal JORGE ELIECER GAITAN. Durante todos estos años no ha tenido la importancia que se merece, ya que cada una de las estatuas tiene un significado especial y una connotación para cada una de las banderas que participaron dentro de la novena conferencia panamericana. Sin embargo nuestra localidad ha realizado varias inversiones importantes para que su recuperación sea efectiva, y no hacerle una inversión para que con el paso de los años esta se deteriore. Con este Acuerdo pretendemos que se establezca un comité que sea el apoyo a la administración local en el cuidado, mantenimiento del monumento. Los llamados a colaborar y a participar en este comité son las Juntas de Acción Comunal y los Conjuntos cerrados más cercanos al monumento, ellos pueden con la colaboración del Alcalde Local, buscar mecanismos que le permitan acceder en la búsqueda de recursos locales, Distrital o de inversión privada por medio de proyectos que busquen la sostenibilidad de la inversión en la reconstrucción. Pero a la vez que este sea un Acuerdo Local, el Alcalde es la persona indicada de reglamentarlo y ponerlo en funcionamiento, por medio de un decreto reglamentario. ACUERDA ARTICULO PRIMERO: Crease el Comité Local de preservación, cuidado y vigilancia del monumento de Banderas. ARTICULO SEGUNDO: FUNCIONES 1.- Apoyar a la administración local en el cuidado y vigilancia del monumento de Banderas. 2.- Convocar a la ciudadanía a realizar actividades cívicas y culturales tendientes a fortalecer el sentido de pertenencia y cuidado del monumento. 3.- Ejecutar veeduría y control sobre los recursos públicos que se inviertan en el Monumento de Banderas. 4.- Gestionar ante el sector público y privado la consecución de recursos destinados al cuidado y preservación del monumento. ARTICULO TERCERO: El Comité esta integrado por 17 miembros así: · El Alcalde Local o su representante. · 2 Ediles · El comandante de Policía o su representante. · El comandante de Bomberos o su representante. · 3 Miembros del comercio organizado uno de ellos el Gerente de Corabastos o su representante. · 3 Miembros de la Junta Acción Comunal del entorno: Pío XII, Mandalay y Banderas. · 3 Miembros de Juntas Administradoras de los Apartamentos del entorno. · 2 Representantes de los Personeros de los colegios uno privado y uno público. · 1 Miembro del Consejo Local de Cultura. ARTICULO CUARTO: El comité re reunirá para dar su propio reglamento. ARTICULO QUINTO: DOMICILIO Y JURIDICCION del comité local de preservación y cuidado y vigilancia del Monumento de Banderas de Kennedy estará ubicado en la localidad de Kennedy zona octava, territorio dentro del cual ejerce su jurisdicción. ARTICULO SEXTO: Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil dos (2002) ADOLFO DUARTE TORRES Presidente JAL EDILBERTO JIMENEZ R. Vicepresidente JAL MARIANO CHALARCA SANTA Secretario Ad- Hoc MANUEL ARMANDO DIAZ PALACIOS Alcalde Local. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2627 de Mayo 2 de 2002 |