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RESOLUCIÓN 457 DE 2003 (Septiembre 26) Por la cual se delegan funciones del Alcalde Local de Barrios Unidos y se determinan atribuciones propias de la Secretaría General de Inspecciones de Policía de la Localidad LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 61 del Decreto Ley 1421 de 1993; 9, 10,11 y 12 de la Ley 489 de 1998; 3 del Decreto 01 de 1984; 211 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 61 del Decreto Ley 1421 de 1993 le corresponde a los Alcaldes Locales garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios públicos. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que en virtud del artículo 10 de la citada Ley la delegación se hace por escrito, determinándose la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención se transfieren. Que conforme al artículo 11 de dicha Ley no podrá transferirse mediante delegación expedición de reglamentos de carácter general ni funciones recibidas en virtud de delegación. Que en virtud del artículo 12 de la misma Ley, los actos expedidos por las autoridades delegatarias estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad o entidad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ellas. Que de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo. Que de acuerdo a lo normado en el artículo 6º numeral 1º de la Resolución 1578 de 2002 expedida por la Secretaría de Gobierno Distrital, las Secretarías Generales de Inspecciones tienen, entre otras, la función de repartir los asuntos de competencia de las Inspecciones de Policía de la Localidad. Que las inspecciones de Policía forman parte de la estructura administrativa de la Alcaldía Local. Que teniendo en cuenta las funciones y ubicación de la Secretaría General de Inspecciones de la Localidad, es necesaria la delegación del reparto en razón a que ello impide la realización de doble reparto a cargo de dos dependencias, lo cual conllevaría mayor tramitología, desgaste para la administración y pérdida de tiempo y dinero para la ciudadanía. Que en atención a que las actuaciones administrativas se deben adelantar con base en los principios de Economía, Celeridad y Eficacia, entre otros, y con el objeto de racionalizar y simplificar los trámites que se llevan a cabo en la Alcaldía Local de Barrios Unidos, se considera conveniente delegar algunas funciones de las cuales es titular el Alcalde Local. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1º.- Delegar en el Secretario General de Inspecciones de la Localidad de Barrios Unidos la realización del Reparto de las Querellas de Amparo a la Posesión o Mera Tenencia de Inmuebles y Amparo al Domicilio. ARTICULO 2º.- Determinar como sitios de Presentación Personal de las Querellas, por quien las suscribe, la Alcaldía Local y la Secretaría General de Inspecciones de la Localidad de Barrios Unidos, teniendo en cuenta que ésta última forma parte de la primera. ARTICULO 3º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de septiembre del año 2003. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, ELIZABETH GIL NARANJO Alcaldesa Local de Barrios Unidos |