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Acta de Conciliación 2 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Chapinero I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
25/04/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/04/2003
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 2 DE 2003

ACTA 02 DE 2003

(Abril 25)

COMITÉ DE CONCILIACIÓN HOSPITAL CHAPINERO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En la ciudad de Bogotá D.G. a los 25 días del mes de abril de 2.003, siendo las 3:00 p.m. en el Despacho de la Gerencia se reunieron los miembros del Comité de Conciliación del Hospital Chapinero E.S.E, Integrado por la Doctora María Clemencia Pinzón Iregui en su calidad de Gerente, el Dr. Alvaro Ignacio Guerrero Devia en su calidad de Subgerente Administrativo, La Doctora Ana Rita Peñuela Barbosa en su calidad de Asesora Jurídica, la Dra. Fanny Estela Ramírez en su calidad de Jefe de la Oficina de Gestión Publica y autocontrol, La Dra. Paola Frías en su calidad de Secretaria Técnica del Comité. El Dr. Luis Eduardo Vides, Subgerente de Servicios de Salud se excuso de asistir; La dirección de Defensa Judicial de la nación y la Dirección de centros de conciliación del Ministerio de Justicia y del Derecho aunque fueron invitados no asistieron y no presentaron excusa.

La reunión tuvo como objeto discutir el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA:

Exponer los casos de los siguientes contratistas del Hospital Chapinero ESE, que pueden ser objeto de Conciliación Extrajudicial Administrativa por cuanto presentaron solicitudes de pago como contra prestación al suministro del servicio de Auxiliares de Facturación en la Subgerencia Administrativa y Financiera en el año 2.001 y dicho periodo no fue pagado por el Hospital porque no existe soporte contractual ni presupuesta! a pesar de que el servicio fue suministrado. El Hospital no suscribió ningún tipo de contrato de prestación o suministro de servicios con las señora' en mención, sin embargo existen pruebas de la prestación del servicio.

Doris Inés Carvajal:

Valor De $675.000

Judith Constanza Ávila Montenegro:

Valor De $260.000

Angélica María Velásquez Hernández:

Valor De $21.680

DESARROLLO DEL ORDEN DEL DÍA:

Iniciada la reunión la Dra. Ana Rita Peñuela Asesora Jurídica, tomo el uso de la palabra para exponer a los miembros del Comité las fichas de los casos mencionados en el Orden del día, indicando porque es viable la conciliación extrajudicial y presentando las pruebas que soportan la prestación de servicios de las contratistas. La Jefe de la Oficina de Gestión Publica y Autocontrol manifiesta que se deben verificar los antecedentes de los casos para proceder a la conciliación.

Los integrantes del comité previa discusión de la observación de la Oficina de Gestión Pública y Autogestión, aprobaron suspender esta reunión y se acordó solicitar las explicaciones por escrito a las personas que en su momento tuvieron conocimiento de los hechos en el año 2.001, que son:

LUZ MILA FAJARDO - SUBGERENTE FINANCIERA Y

ADELA LUZ RAMÍREZ CASTAÑO - ASESORA JURÍDICA

MYRIAM CONSUELO AGOSTA - TÉCNICO

De igual manera, se decidió que una vez se reciba esta información se citará nuevamente este comité para continuar el estudio de los casos.

Habiéndose agotado el orden del día se da por terminada la reunión, siendo las 4:00 p.m. Para constancia se firma la presente acta por quienes en ella intervinieron en la reunión.

MARÍA CLEMENCIA PINZÓN

Gerente

ALVARO IGNACIO GUERRERO

Subgerente Financiero y Administrativo

ANA RITA PEÑUELA

Asesora Jurídica

FANNY ESTELLA RAMIREZ

Jefe de Oficina de Gestión Pública y Autocontrol

PAOLA FRIAS AVIAL

Secretaria Técnica