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ACUERDO 60 DE 1967 (agosto 30) por el cual se ordena la construcción de sanitarios públicos. El Concejo del Distrito Especial de Bogotá, ACUERDA: Artículo 1º.- El Fondo de Desarrollo Popular Deportivo y de Cultura del Distrito Especial de Bogotá procederá a construir de la ciudad sanitarios públicos. Artículo 2º.- Autorizase a la Empresa Distrital de Servicios Públicos para financiar la construcción de sanitarios en varios sitios de la ciudad y para que fije las tarifas del caso. Artículo 3º.- Este Acuerdo rige desde su sanción. Publíquese y ejecútese. Distrito Especial de Bogotá, a 20 de septiembre de 1967. El Alcalde Mayor, VIRGILIO BARCO. El Secretario de Gobierno, TULIO CÉSAR JIMÉNEZ B. El Secretario de Salud Pública, ALVARO MARTÍNEZ CRUZ.
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